STSJ Comunidad de Madrid 234/2018, 3 de Abril de 2018
Ponente | JOSE DANIEL SANZ HEREDERO |
ECLI | ES:TSJM:2018:3225 |
Número de Recurso | 1193/2016 |
Procedimiento | Procedimiento ordinario |
Número de Resolución | 234/2018 |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2018 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
C/ General Castaños, 1, Planta 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.00.3-2016/0024704
RECURSO 1193/2016
SENTENCIA NÚMERO 234
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
----- Ilustrísimos señores :
Presidente.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez
Magistrados:
D. José Daniel Sanz Heredero
D. José Ramón Chulvi Montaner
Dª. Fátima Blanca de la Cruz Mera
Dª. Natalia de la Iglesia Vicente
------------------- En la Villa de Madrid, a tres de abril de dos mil dieciocho.
Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1193/2016, interpuesto por D. Salvador, representado por la Procuradora Dª. María Teresa Marcos Moreno, contra la resolución dictada el 25 de octubre de 2016 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada el 21 de abril de 2016, por la que se denegaba la inscripción de la marca 3578932 " TABACALERA ESPAÑOLA TE ". Ha sido parte demandada la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, representada por el Abogado del Estado.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito presentado el 21 de febrero de 2017, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 7 de marzo de 2017, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la desestimación de las pretensiones deducidas en la demanda.
Con fecha 22 de marzo de 2018 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Daniel Sanz Heredero .
El recurso contencioso-administrativo origen de las presentes actuaciones se dirige contra la resolución dictada el 25 de octubre de 2016 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada el 21 de abril de 2016, por la que se denegaba la inscripción de la marca 3578932 " TABACALERA ESPAÑOLA TE ", para distinguir productos y servicios de la clase 34ª (" Tabaco; artículos para fumadores; cerillas ").
La precitada resolución estima que concurre la causa de prohibición de registro contenida en el artículo
5.1.g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre, al considerar que la marca solicitada " resulta engañosa respecto a la procedencia de los productos tal como aparecen reivindicados, pudiendo concluirse que el consumidor medio del tipo de producto reivindicado percibirá la marca solicitada no como un signo distintivo de carácter arbitrario o de fantasía sino como una denominación que puede inducir a error sobre la procedencia de los productos protegidos puesto que según...
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