STSJ Comunidad de Madrid 234/2018, 3 de Abril de 2018

PonenteJOSE DANIEL SANZ HEREDERO
ECLIES:TSJM:2018:3225
Número de Recurso1193/2016
ProcedimientoProcedimiento ordinario
Número de Resolución234/2018
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

C/ General Castaños, 1, Planta 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2016/0024704

RECURSO 1193/2016

SENTENCIA NÚMERO 234

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

----- Ilustrísimos señores :

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

D. José Daniel Sanz Heredero

D. José Ramón Chulvi Montaner

Dª. Fátima Blanca de la Cruz Mera

Dª. Natalia de la Iglesia Vicente

------------------- En la Villa de Madrid, a tres de abril de dos mil dieciocho.

Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1193/2016, interpuesto por D. Salvador, representado por la Procuradora Dª. María Teresa Marcos Moreno, contra la resolución dictada el 25 de octubre de 2016 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada el 21 de abril de 2016, por la que se denegaba la inscripción de la marca 3578932 " TABACALERA ESPAÑOLA TE ". Ha sido parte demandada la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito presentado el 21 de febrero de 2017, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 7 de marzo de 2017, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la desestimación de las pretensiones deducidas en la demanda.

TERCERO

Con fecha 22 de marzo de 2018 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Daniel Sanz Heredero .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo origen de las presentes actuaciones se dirige contra la resolución dictada el 25 de octubre de 2016 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada el 21 de abril de 2016, por la que se denegaba la inscripción de la marca 3578932 " TABACALERA ESPAÑOLA TE ", para distinguir productos y servicios de la clase 34ª (" Tabaco; artículos para fumadores; cerillas ").

La precitada resolución estima que concurre la causa de prohibición de registro contenida en el artículo

5.1.g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre, al considerar que la marca solicitada " resulta engañosa respecto a la procedencia de los productos tal como aparecen reivindicados, pudiendo concluirse que el consumidor medio del tipo de producto reivindicado percibirá la marca solicitada no como un signo distintivo de carácter arbitrario o de fantasía sino como una denominación que puede inducir a error sobre la procedencia de los productos protegidos puesto que según...

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