SJS nº 1 197/2018, 15 de Marzo de 2018, de Cuenca

PonenteRAMON GONZALEZ DE LA ALEJA GONZALEZ DE LA ALEJA
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2018
ECLIES:JSO:2018:1513
Número de Recurso504/2017

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00197/2018

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ GERARDO DIEGO, S/N CUENCA

Tfno: 969247000

Fax: 969247061

Equipo/usuario: JRL

NIG: 16078 44 4 2017 0000519

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000504 /2017

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Julia

ABOGADO/A: RUBEN BUENDIA CARRASCOSA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: GESTION DE SERVICIOS, AZAFATAS Y TELEFONISTAS GES SL, EULEN SA , AYUNTAMIENTO DE CUENCA

ABOGADO/A: , RAFAEL PEREZ GARIJO ,

PROCURADOR: , , MERCEDES CARRASCO PARRILLA

GRADUADO/A SOCIAL: , ,

En CUENCA, a quince de marzo de dos mil dieciocho.

D. RAMON GONZALEZ DE LA ALEJA GONZALEZ DE LA ALEJA Magistrado Juez del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 tras haber visto el presente DESPIDO/CESES EN GENERAL 504/2017 a instancia de Dª. Julia , contra GESTION DE SERVICIOS, AZAFATAS Y TELEFONISTAS GES SL, EULEN SA , AYUNTAMIENTO DE CUENCA , EN NOMBRE DEL REY , ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA : 00197/2018

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª. Julia presentó demanda en procedimiento de DESPIDO contra GESTION DE SERVICIOS, AZAFATAS Y TELEFONISTAS GES SL, EULEN SA, AYUNTAMIENTO DE CUENCA , en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, haciendo alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y finalizando con la súplica de que se dicte sentencia accediendo a lo solicitado.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se ha/n celebrado los actos de conciliación, y en su caso, juicio con el resultado que obra en las actuaciones .

TERCERO

La cuestión debatida ha sido: Despido de la actora, calificación y efectos.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

La actora, Dª. Julia , con D.N.I. nº NUM000 , ha venido prestando sus servicios profesionales como "Informador turístico" (Personal cualificado), desde el 3 de agosto de 2.010 en la Oficina de Turismo de Cuenca, inicialmente para el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA y, posteriormente, cuando la citada Entidad local decidió externalizar dicho servicio, para las sucesivas empresas que subcontrataba, percibiendo un salario de 1.108,33 € mensuales, con prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

Que la actora ha prestados sus servicios profesionales en las siguientes condiciones y períodos:

- En fecha 3 de agosto de 2.010 fue contratada por el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA mediante la formalización de un contrato de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo, para " atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes en aumento de turistas período estival ".

- En fecha 2 de julio de 2.012, la actora continuó prestando las mismas funciones, a tiempo completo, si bien se formalizó en dicha fecha un contrato nuevo contrato eventual por circunstancias de la producción con la empresa "FUNDACIÓN TURISMO DE CUENCA", siendo su objeto el " atender exigencias circunstanciales del mercado, consistentes en campaña turística de verano, aún tratándose de la actividad normal de la empresa ". Dicho contrato se mantuvo vigente hasta el 30 de septiembre de 2.012.

- En fecha 4 de octubre de 2.012 se formalizó nuevo contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción con la misma empresa "FUNDACIÓN TURISMO DE CUENCA", siendo su objeto el " atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes en como informador turístico para esta temporada que se prevé más afluencia de visitantes en la provincia de Cuenca, aún tratándose de la actividad normal de la empresa ". Dicho contrato se mantuvo vigente hasta el 6 de febrero de 2.013.

- En fecha 7 de febrero de 2.013 la actora formalizó un nuevo contrato de trabajo de trabajo temporal si bien en esta ocasión se eligió la modalidad de contrato de obra o servicio determinado, siendo el objeto del mismo, " la realización de la obra o servicio como informadora turística para esta temporada que se prevé más afluencia de turistas en la provincia de Cuenca ", con la misma empresa "FUNDACIÓN TURISMO DE CUENCA" manteniéndose el mismo en vigor hasta el día 12 de mayo de 2.013.

- Al día siguiente de la finalización del anterior contrato, en fecha 13 de mayo de 2.013 se formalizó nuevo contrato de trabajo con la nueva adjudicataria del servicio, "ADECCO TT., S.A., E.T.T.", de nuevo bajo la modalidad temporal de contratación de "acumulación de tareas", siendo la empresa usuaria el " Excmo. Ayuntamiento de Cuenca ", viniendo el mismo motivado por " la Campaña de información turística del Ayuntamiento de Cuenca " manteniéndose el contrato vigente hasta 31 de julio de 2.013, tras prórroga firmada en fecha 31 de julio de 2.013.

- Al día siguiente de la finalización del anterior contrato de trabajo, el 1 de agosto de 2.013 se formalizó idéntico contrato de trabajo entre las mismas partes, mismas funciones, idéntico salario, lugar de prestación de servicios y resto de condiciones laborales, a excepción del objeto del mismo que se establecía " motivado por el período vacacional del personal interno " manteniéndose el mismo en vigor hasta el 31 de agosto de 2.013.

- El día 1 de septiembre de 2.013 la actora formalizó un nuevo contrato de trabajo con la nueva adjudicataria del servicio, la empresa "GESTIÓN DE SERVICIOS AZAFATAS Y TELEFONISTAS, GES", siendo en esta ocasión la modalidad de trabajo elegida la de obra o servicio determinado, siendo su objeto " la realización de la obra o servicio informador de caseta de turismo durante mes de septiembre ", siendo el mismo objeto de cuatro prórrogas, sin modificar el citado objeto, finalizando la última de las mismas en fecha 8 de junio de 2.014.

- El día 9 de junio de 2.014 se formalizó nuevo contrato de trabajo entre la actora y la empresa "FUNDACIÓN TURISMO DE CUENCA", eligiendo en esta ocasión la modalidad contractual temporal de eventual por circunstancias de la producción, para realizar las mismas funciones, con la misma categoría profesional, siendo el objeto del mismo " atender a las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes como informadora en la oficina de turismo de la Plaza Mayor, para promocionar Cuenca Subterránea, aún tratándose de la actividad normal de la empresa " finalizando el mismo en fecha 13 de Julio de 2.014.

- Con fecha 15 de julio de 2.014, la actora firmó nuevo contrato de trabajo con la misma empresa "FUNDACIÓN TURISMO DE CUENCA" mediante la misma la modalidad contractual temporal anterior de eventual por circunstancias de la producción, para realizar las mismas funciones, con la misma categoría profesional, siendo el objeto del mismo " atender a las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes como informadora en la oficina de turismo de la Plaza Mayor, para promocionar Cuenca Subterránea, aún tratándose de la actividad normal de la empresa " finalizando el mismo en fecha 14 de septiembre de 2.014.

- En fecha 15 de septiembre de 2.014 se formalizó un nuevo contrato de trabajo con la misma empresa "FUNDACIÓN TURISMO DE CUENCA", bajo la modalidad contractual de obra o servicio determinado, para realizar las mismas funciones, con la misma categoría profesional, siendo el objeto del mismo, al igual que el anterior, el de " atender a las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes como informadora en la oficina de turismo de la Plaza Mayor, para promocionar Cuenca Subterránea,.. " finalizando el mismo en fecha 2 de febrero de 2.015.

- Al día siguiente de su finalización (el 3 de febrero de 2.015) se formalizó un nuevo contrato de trabajo con la misma empresa "FUNDACIÓN TURISMO DE CUENCA", con la misma modalidad contractual a la de obra o servicio determinado, para realizar las mismas funciones, con la misma categoría profesional y con idéntico objeto de " atender a las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes como informadora en la oficina de turismo de la Plaza Mayor, para promocionar Cuenca Subterránea,.. " finalizando el mismo en fecha 7 de junio de 2.015.

- En fecha 12 de junio de 2.015, la actora formalizó un nuevo contrato de trabajo con la empresa "ADECCO TT., S.A., E.T.T.", bajo la modalidad de "acumulación de tareas", siendo la empresa usuaria el " Excmo. Ayuntamiento de Cuenca ", viniendo motivado " por el apoyo en el mes de Junio y Julio " manteniendo su vigencia hasta el 13 de Septiembre de 2.015, tras haber sido prorrogado en fecha 17 de julio anterior.

- Tras un período en el que el Ayuntamiento demandado cubrió el servicio al que se encontraba adscrita la actora, con los planes de empleo, la misma fue nuevamente contratada en fecha 6 de noviembre de 2.015, por la nueva empresa, ya anteriormente también adjudicataria del mismo servicio de Oficia de Turismo de Cuenca, "GESTIÓN DE SERVICIOS AZAFATAS Y TELEFONISTAS, GES", mediante la formalización de un contrato de trabajo de obra o servicio determinado, siendo su objeto " la realización de obra o servicio informador de turismo según contrata del Ayuntamiento de Cuenca ", dándose el mismo por finalizado en fecha 2 de mayo de 2.017.

TERCERO

Que en fecha 18 de abril de 2.017 la empresa "GESTIÓN DE SERVICIOS AZAFATAS Y TELEFONISTAS, GES" remitió a la actora un escrito en el que le comunicaba que el día 2 de mayo de 2.017 dejaría de prestar sus servicios para la misma porque en dicha fecha " finaliza el contrato de trabajo suscrito entre ambas partes ", toda vez que el Ayuntamiento de Cuenca había adjudicado el servicio de atención y promoción turística de Cuenca donde se...

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