STSJ Cataluña 1079/2018, 16 de Febrero de 2018

PonenteJOSE QUETCUTI MIGUEL
ECLIES:TSJCAT:2018:1615
Número de Recurso6544/2017
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1079/2018
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2018
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08187 - 44 - 4 - 2016 - 8000584

AF

Recurso de Suplicación: 6544/2017

ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMA. SRA. MATILDE ARAGÓ GASSIOT

ILMA. SRA. JUANA VERA MARTINEZ

En Barcelona a 16 de febrero de 2018

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1079/2018

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Hernan frente a la Sentencia del Juzgado Social 3 Sabadell de fecha 23 de junio de 2017 dictada en el procedimiento nº 28/2016 y siendo recurridos Cayfo y Asociados A.I.E., Rotocayfo, S.L., Industria Grafica Cayfosa, S.A., Industria Gráfica Altair, S.A., Fondo de Garantia Salarial y Impresia Ibérica, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de enero de 2016 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 23 de junio de 2017 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Hernan frente a CAYFO Y ASOCIADOS, AIE, ROTOCAYFO, SL, INDUSTRIA GRAFICA CAYFOSA

SA, IMPRESIA IBERICA SA, INDUSTRIA GRAFICA ALTAIR, SA y FONDO DE GARANTIA SALARIAL en reclamación por DESPIDO debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones formuladas frente a ellos."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor cuyos datos y circunstancias personales figuran en el encabezamiento de su demanda, consta formalmente como empleado de CAYFO Y

ASOCIADOS AE con antigüedad reconocida por subrogación de 1.9.1971, categoría

profesional de oficial cualificado administrativo ocupando puesto de trabajo de gestor operaciones/ventas y salario regulador a efectos de despido de 136,85.-€ diarios.

(Doc. nº 2 y 11 ramo de prueba parte demandada).

SEGUNDO

En fecha 3.12.2015 la sociedad titular de la relación laboral CAYFO Y ASOCIADOS AIE le notificó carta de extinción de contrato por causas objetivas, con

efectos del mismo día, al amparo del art. 52 c ) y 51.1 TRLET, en la que se alegaba la existencia de causa organizativa y productiva, que se tiene por reproducida al obrar en autos.

A modo de resumen se señalaba:

Organizativas: Necesidades de proceder con la extinción de su contrato de trabajo y dos más al no ser necesarias las funciones de hasta nueve gestores de ventas para los clientes de producción de rotativas para esta planta, como consecuencia de la concentración de la actividad en un único centro productivo y la disminución de actividad que se ha producido, pues con una estructura de seis gestores de ventas para los clientes de producción de rotativas se pueden cubrir las necesidades de gestión actuales.

Además de no necesitar cubrir ese puesto de trabajo se añade que la integración del proceso productivo global en un solo centro de trabajo ha comportado la necesidad de parar y desmantelar dos máquinas (R32 y R36) provocando con ello que el nivel de producción existente en dicha planta haya sufrido una disminución considerable. En paralelo a ello, se ha producido la cancelación de múltiples pedidos de algunos clientes de relevancia para las compañías del centro, entre los que cabe destacar aquellos que se habían realizado por la empresa "Mango".

Productivas: Disminución de producción. La producción se mide a través de "vueltas equivalentes" que realiza cada una de las máquinas en las que está distribuida la producción de la planta de rotativas, siendo el promedio de 2014 de 284.941,603, promedio de enero a abril 2015 de 266.045,876, facilitando datos que reflejan la disminución constante desde mayo 2015, indicando la existencia de una tendencia

negativa con previsiones de que continúe la disminución.

A efectos de tener una aproximación real a las necesidades de producción la Dirección de las Compañías ha llevado a cabo las previsiones de disminución de actividad a partir de la minoración de los resultados reales obtenidos durante los años 2014 y 2015 por los pedidos "Mango" que suponían una facturación de 2,9 millones en año 2014 y de 2,91 millones en 2015 de enero a octubre, situación que afecta a nivel de producción de la Planta de Santa Perpetua y a la rentabilidad de la misma.

Finalmente procede relacionar las causas productiva y organizativa con la situación económica de la compañía de producción de rotativas que ha sido inferior en 2015 respecto a 2014.

Los factores que se alegan para amortizar el puesto de trabajo son:

-reducción de necesidad de trabajadores en la cobertura de los puestos de trabajo por la centralización productiva de las distintas compañías en un único centro de trabajo.

-la disminución de volumen de trabajo y producción y

-la cancelación de múltiples pedidos efectuada por clientes como Mango.

La empresa puso a disposición del actor la cantidad de 49.953,34.-€ en concepto de

indemnización por extinción de contrato que fue percibida por el trabajador.

(Hecho no controvertido).

TERCERO

El actor presta servicios en el centro de trabajo de Santa Perpetua desde 2011, en concreto en el departamento de operaciones que da servicio a las sociedades integrantes del grupo empresarial Rotocayfo, Cayfosa o Altair. Las funciones que realiza como gestor de operaciones/ventas consisten en la responsabilidad del seguimiento, control y comunicación con el cliente de todo el proceso de producción una vez que un pedido entra en la fábrica

Cada gestor tiene asignados unos clientes regulares así como otros clientes que solicitan trabajos esporádicos (recibe el pedido, abre la Orden de producción, pasa a

planning la información necesaria para asignar máquina, asigna los materiales a utilizar, lleva el control de materiales aportados por el propio cliente, hace el seguimiento junto con planning para que se cumpla la fecha pactada de entrega, pasa el material a preimpresión, recaba la aprobación del cliente a las pruebas entregadas, anota y junto al gestor comercial comunica al cliente los posibles costes extras ocasionados durante la producción, hace el seguimiento de las entregas y confirma las cantidades finales con el cliente, recopila toda la documentación relativa a cada trabajo y pasa la orden de producción al departamento de facturación, atiende al cliente si este visita las instalaciones para ver el tiraje de su producto o por cualquier otro tema.

Según organigrama de dirección de operaciones de grupo Cayfo en el año 2015 había nueve gestores de ventas en área de impresión bobina color -incluido el actor- bajo las órdenes de Tatiana y en el año 2016 constan un total de seis.

(doc. nº11 ramo de prueba parte demandada y testifical)

CUARTO

IMPRESIA IBERICA, SAU se constituyó el 20.6.1996 si bien su denominación social ha variado a lo largo de los años siendo adoptada la actual el 4.9.2008. En la actualidad y desde 2014, su accionista único es Circle Printers Luxemburg, SA.

La sociedad es cabecera de grupo de sociedades en España y mantiene con ellas relaciones comerciales y financieras de diversa índole siendo la encargada de formular las cuentas anuales del grupo Impresia en España (las sociedades dependientes son:

Industria Grafica Altair, SAU, Industria Gráfica Cayfosa, SAU, Rotocayfo, SL, Cayfo y Asociados AIE, Directo Plancha SAU, Impresia Aldebaran SA y Espacio y Punto SAU).

Las sociedades integrantes del Grupo Impresia constituyen grupo de empresas a efectos jurídico laborales.

La actividad principal de la sociedad es la adquisición y tenencia de participaciones en otras sociedades y la prestación de consultoría y asesoría de dichas empresas. La actividad principal de las empresas del grupo consiste en la prestación de servicios en materia de imprenta y heliograbado y en general en materia de artes gráficas, encuadernación y edición por cualquier soporte gráfico, mecánico, electrónico o de cualquier otro género, así como de consultoría y asesoría de empresas.

(Hecho conforme- Doc. nº 12 ramo de prueba parte demandada-)

QUINTO

CAYFO Y ASOCIADOS AIE se constituyó el 25.3.1993 siendo socios de la agrupación INDUSTRIA GRÁFICA CAYFOSA (sociedad unipersonal) titular de 72% de capital y ROTOCAYFO, SL (sociedad unipersonal) titular de 27% de capital,

DEPOSITOS Y ESPACIOS SANTA PERPETUA SA (sociedad unipersonal) titular de un 1% de capital.

Su objeto social es la obtención de los recursos necesarios para dar los servicios de apoyo a la gestión de suministros de energía y mantenimiento del parque industrial e

instalaciones que sean de interés para los que forman esta agrupación.

La agrupación refactura sin beneficios los costes incurridos en el ejercicio a los distintos socios de la misma en función de los servicios solicitados por cada uno.

En marzo de 2012 la sociedad recibió de Rotocayfo, SL el negocio de servicios

generales junto con los empleados adscritos al mismo que en 2012 ésta adquirió de

Printer Industria Gráfica Newco, SLU.

(Doc nº 19 ramo de prueba parte actora -memoria cuentas anuales 2015-)

SEXTO

Rotocayfo, SLU se constituyó el 27.2.2002 siendo titular del capital social

IMPRESIA IBERICA, SAU.

Su objeto social y actividad principal es la prestación de servicios en materia de imprenta y en general en materia de artes gráficas, encuadernación y edición por cualquier soporte gráfico, mecánico, electrónico o de cualquier otro género.

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