ATS, 16 de Mayo de 2018

PonenteMARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
ECLIES:TS:2018:5262A
Número de Recurso484/2018
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 16/05/2018

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 484 / 2018

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 22 DE MADRID

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Transcrito por: APH/I

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 484/2018

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

En Madrid, a 16 de mayo de 2018.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de don Pablo presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 27 de octubre de 2017 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22.ª), en el rollo de apelación n.º 1015/2017 , dimanante del juicio de modificación de medidas n.º 934/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Parla.

SEGUNDO

Mediante Diligencia de Ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

Por el procurador don Francisco José Agudo Ruiz, en nombre y representación de don Pablo , se presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el procurador don Juan José Cebrián Badenes, en nombre y representación doña Araceli , se presentó escrito personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por don Pablo , al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. Transcurridos los cuales dese traslado al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por don Pablo contra la sentencia dictada con fecha de 27 de octubre de 2017 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22.ª), en el rollo de apelación n.º 1015/2017 , dimanante del juicio de modificación de medidas n.º 934/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Parla.

  2. ) Admitir el recurso de casación interpuesto contra la citada resolución.

  3. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. Transcurridos los cuales dese traslado al Ministerio Fiscal.

Contra esta resolución no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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