AAP Cuenca 351/2017, 21 de Noviembre de 2017
Ponente | JOSE EDUARDO MARTINEZ MEDIAVILLA |
ECLI | ES:APCU:2017:442A |
Número de Recurso | 228/2017 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 351/2017 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CUENCA
AUTO: 00351/2017
CALLE PALAFOX S/N
Teléfono: 969224118
Equipo/usuario: SOC
Modelo: 66200
N.I.G.: 16203 41 2 2016 0001419
RT APELACION AUTOS 0000228 /2017
Delito/falta: DELITO SIN ESPECIFICAR
Recurrente: Jaime
Procurador/a: D/Dª SONIA ESPI ROMERO
Abogado/a: D/Dª
Recurrido: Sebastián
Procurador/a: D/Dª ALARILLA DEL GALLEGO SANCHEZ Abogado/a: D/Dª
Auto.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CUENCA.
Recurso Autos Penales nº 228/2017.
P.A. nº 28/2017, (dimanante de Diligencias Previas nº 392/2016). Juzgado de Instrucción número 2 de Tarancón.
A U T O nº 351 /2017
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
SR. José Eduardo Martínez Mediavilla.
MAGISTRADOS:
SR. CASADO DELGADO.
SR. MARTÍN MESONERO.
Ponente: Sr. José Eduardo Martínez Mediavilla.
En la ciudad de Cuenca, a 21 de noviembre de dos mil diecisiete.
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Que el Juzgado de Instrucción nº 2 de Tarancón dictó Auto, el 17.04.2017, acordando continuar las actuaciones por los trámites del Procedimiento Abreviado; y ello por si los hechos atribuidos a D. Jaime fueren constitutivos de un presunto delito de quebrantamiento de medida cautelar y de un presunto delito leve de daños.
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Que la representación procesal de D. Jaime formuló recurso de reforma y subsidiario de apelación frente al citado Auto de 17.04.2017 .
En tal recurso se sostiene, en síntesis, que el Sr. Jaime no tenía intención de incumplir la orden de alejamiento; añadiéndose que no existe indicio alguno que permitan inferir que los daños fueron causados por él.
Con dicho recurso se solicita el sobreseimiento y archivo de la causa.
El MINISTERIO FISCAL impugnó el recurso; interesando su desestimación.
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Que el Juzgado de Instrucción nº 2 de Tarancón dictó Auto, el 23.05.2017, desestimando el recurso de reforma.
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Que la representación procesal de D. Jaime vino a sostener recurso de apelación frente al Auto de
23.05.2017 . En el recurso se ratificaba íntegramente el contenido del previo recurso de reforma en su día formulado.
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Que en esta Audiencia Provincial se registró el correspondiente rollo de apelación, con el nº 228/2017, turnándose ponencia al Ilmo. Sr. D. José Eduardo Martínez Mediavilla. Se señaló deliberación, votación y fallo para el día 21 de noviembre de 2017.
El recurso de apelación planteado debe desestimarse en su integridad; y ello por todo lo siguiente:
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La parte apelante viene a manifestar que no existe el elemento subjetivo típico del delito de quebrantamiento de medida cautelar. Pues bien, tal alegato...
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