SAP Alicante 397/2017, 31 de Octubre de 2017

PonenteJAVIER MARTINEZ MARFIL
ECLIES:APA:2017:3339
Número de Recurso29/2017
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución397/2017
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMA

ALICANTE

Plaza DEL AYUNTAMIENTO,

Tfno: 965.16.98.72 / 73 / 74 / 00

Fax..: 965.16.98.76;

email..:alap10_ali@gva.es

NIG: 03093-41-1-2015-0002327

Procedimiento: Procedimiento Abreviado Nº 000029/2017- TRAMITE-F1 - Dimana del Procedimiento Abreviado Nº 000473/2015

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE NOVELDA

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Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente

JAVIER MARTINEZ MARFIL

Magistrados/as

José María Merlos Fernández

D. Jesús Gómez Angulo Rodríguez

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SENTENCIA Nº 000397/2017

En Alicante a treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete.

VISTA en juicio oral y público, el pasado día 26 de octubre de 2017, por la Audiencia Provincial, Sección Décima, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Novelda, por delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA DE SUSTANCIA QUE CAUSA GRAVE DAÑO A LA SALUD, contra los acusados:

Nicolas con DNI NUM000, hijo de Victoriano y de Isabel, nacido el NUM001 /1978, natural de Alicante, y vecino de Novelda, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Mercedes Pérez Madrid y defendido por el Letrado Manuel Lucas Amorós

Abel con DNI NUM002, hijo de Victoriano y de Socorro, nacido el NUM001 /1978, natural de Alicante, y vecino de Novelda, representado por el Procurador Mercedes Pérez Madrid y defendido por el Letrado Vicente Pérez Benito

En cuya causa fue parte acusadora el Ministerio Fiscal representado por el Fiscal Iltmo. Sr. D/Dña. Guillermo Balbín. Actuando como Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER MARTINEZ MARFIL de esta Sección Décima, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 473/2015 el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Novelda instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 000473/2015, en el que fueron acusados Nicolas y Abel por el delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA DE SUSTANCIA QUE CAUSA GRAVE DAÑO A LA SALUD, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 29/2017 de esta Sección Décima.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública, del art. 368, inciso primero (grave daño para la salud) del CP y 374 y 377 del Código Penal, del que serían autores Nicolas y Abel, para los que solicitó la condena a la pena de TRES AÑOS de PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante dicho periodo, multa de 3.987'20 € para Nicolas y 1.233`56 € para Abel, con un mes de arresto sustitutorio en caso de impago para el primero y quince días para el segundo y pago de costas por mitad, así como el comiso de la droga, el dinero, balanzas y demás instrumentos.

TERCERO

Las DEFENSAS, en el mismo trámite, se adhirieron a la petición de condena del Ministerio Fiscal, ante el reconocimiento de los hechos por parte de ambos acusados, circunscribiendo su discusión únicamente respecto de la cantidad intervenida de 75.600 €, para la que el Ministerio Fiscal solicita el decomiso, sosteniendo las defensas que el dinero tiene una procedencia lícita.

I I - HECHOS PROBADOS

Son HECHOS PROBADOS en esta causa y así se declaran los siguientes:

Sobre las 16:30 horas del día 21 de abril de 2015, el acusado Nicolas, -mayor de edad, con D.N.I NUM000 y sin antecedentes penales - se encontraba en el interior de su vehículo marca SEAT modelo IBIZA matrícula

....-LXM, entre las calles Médico Pascual Richard y Avenida Jorge Juan de la localidad Monforte del Cid de Novelda (Alicante), acercándose al mismo Isidro quien le hace entrega de un billete a cambio de algo que no ha podido ser identificado. Ante las sospechas por parte de los agentes de la Guardia Civil con número identificativo NUM003 y NUM004 se procedió a realizar un cacheo al acusado hallándose en el interior del pantalón un monedero de color negro que contenía, cinco pequeñas bolsitas de plástico atadas con cinta verde que portaban en su interior una sustancia polvorienta de color blanco, que tras el preceptivo análisis pericial resultó ser cocaína, con un peso de 2,29 gramos y una pureza del 72%, un envoltorio con una sustancia blanca, que tras análisis pericial resultó ser anfetamina, con un peso de 0,5 gramos y una pureza del 40,7%, cuatro trozos de sustancia vegetal prensada con un peso de 4.2 gramos que tras análisis pericial resultó ser resina de cannabis con una pureza del 8%, tres bolsitas de plástico con una sustancia vegetal que tras análisis pericial resultó ser cannabis con una pureza del 10,6% y un bolso tipo riñonera con una cartera que contenía 332,18 euros distribuidos en billetes de 50€, 20€,10€ y 5€ así como varias monedas.

Como consecuencia de estos hechos se acordó la entrada y registro en fecha, tanto en el domicilio donde reside el acusado Nicolas, sito en la CALLE000 n.º NUM005 - NUM006 NUM007 como en el domicilio también indicado por éste sito en la Partida DIRECCION000 n.º NUM008 - NUM009 de Novelda, al que acude con cierta frecuencia, pero en el que en realidad reside su hermano, el otro acusado Abel,- mayor de edad, con D.N.I n.º NUM002 y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia.

Los efectos hallados en el domicilio de la CALLE000 n.º NUM005 NUM006 - NUM010 de Novelda son los siguientes:

-envoltorio con una sustancia color marrón que tras análisis pericial resultó ser resina de cannabis, con un peso de 0,17 gramos y una pureza del 13,8%.

-dos bolsitas con sustancia en forma de roca, que tras el preceptivo análisis pericial resultó ser resina de cannabis con una pureza del 8%.

-un tarro con cogollos y hojas que tras análisis pericial resultó ser cannabis con una pureza del 10,6%..

-cuatro bolsitas con cogollos y picadura que tras análisis pericial resultó ser cannabis, con una pureza del 10,6%.

-un bote con cogollos que tras análisis pericial resultó ser cannabis con una pureza del 10,6%.

La sustancia analizada como cannabis anteriormente mencionada encontrada en el domicilio indicado y en poder del acusado Nicolas tiene un peso total de 36,24 gramos al haber sido analizada conjuntamente.

-una planta que tras análisis pericial resultó ser cannabis con un peso de 684 gramos y una pureza del 11%.

-un bote con sustancia liquida amarillenta que tras análisis pericial resultó ser anfetamina, con un peso de 15 gramos y una pureza del 14,5%.

-sustancia blanca que tras análisis pericial resultó ser anfetamina, con un peso de 0,0050 gramos.

-una báscula digital marca ORBEGOZO modelo PC2011

-una báscula digital marca EXTRASTAR

-una báscula digital marca BEURER

-un paquete con bolsitas autocierre

-492 euros distribuidos en billetes de 50, 20,10 y 5 euros así como varias monedas.

Los efectos hallados en el domicilio sito en Camino DIRECCION000 NUM008 - NUM009 de Novelda donde reside el acusado Abel son los siguientes:

-dos envoltorios con sustancia en polvo color marrón, que tras el preceptivo análisis pericial resultó ser MDMA con un peso de 11,62 gramos y una pureza del 73,8%.

-envoltorio que contenía una sustancia en forma de roca que tras análisis pericial resultó ser heroína con un peso de 1,26 gramos y una pureza del 33%.

-una bolsa con tres trozos de sustancia vegetal prensada que tras análisis pericial resultó ser resina de cannabis, con un peso de 3 gramos y una pureza del 8%.

-una bolsita con un trozo de sustancia vegetal prensada, que tras análisis pericial resultó ser resina de cannabis, con un peso de 48 gramos y una pureza del 8%.

-una bolsita con un trozo de sustancia vegetal prensada, que tras análisis pericial resultó ser resina de cannabis, con un peso de 39 gramos y una pureza del 8%.

-seis sellitos que tras análisis pericial resultó ser LSD con un peso de 0,13 gramos.

-una libreta con varias anotaciones.

-tres cajas fuertes con un importe total de 75.600 euros distribuidos en billetes de 500, 200,100, 50, 20 y 10 euros, procedentes de su ilícita actividad.

La sustancias intervenidas alcanza en el mercado ilícito un precio aproximado de: 57,68 euros el gramo de cocaína, 56,10 euros el gramo de heroína, 4,72 euros el gramo de cannabis, 12,33 euros la unidad de LSD, 5,91 euros la unidad de anfetaminas y 11,20 euros la unidad de MDMA.

Dichas sustancias las poseían los acusados, indistintamente, con el ánimo de destinarlas al tráfico ilícito.

El valor total de las sustancias incautadas en poder de Nicolas, tanto las que portaba como las halladas en el domicilio, asciende a 3.987'20 €, y el de las intervenidas a Abel, es de 1.233'56 €.

Ambos acusados, en la fecha de los hechos, eran consumidores de sustancias estupefacientes y acudían a los servicios de la UCA.

I I

I - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos que hemos declarado probados son resultado de la prueba valorada en conciencia de acuerdo con lo dispuesto en el art. 741 de la LECrim . De la misma se concluye la comisión de un delito contra la salud pública del artículo 368, apartado 1º del CP del Código Penal (sustancias que causan grave daño a la salud).

Del expresado delito son criminalmente responsables en concepto de...

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