STSJ Comunidad Valenciana 1426/2017, 8 de Noviembre de 2017

PonenteEDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
ECLIES:TSJCV:2017:7370
Número de Recurso781/2015
ProcedimientoContencioso
Número de Resolución1426/2017
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

En la Ciudad de Valencia, ocho de noviembre de dos mil diecisiete.

VISTO por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana compuesta por:

Presidente :

Ilmo. Sr. D. Miguel Ángel Olarte Madero.

Magistrados Ilmos. Srs:

  1. Edilberto Narbón Laínez.

  2. Manuel Domingo Zaballos

SENTENCIA NUM: 1426/17

En el recurso núm. 781/2015, interpuesto como demandante DELICIAS DE CALABAZAS S.L., representada por el Procurador D. JORGE RAMÓN CASTELLÓ NAVARRO y dirigida por el Letrado D. EDUARDO GOIG ALIQUE contra "Resolución del TEAR, de 9 de abril de 2015, que desestima reclamación nº 12-00778-2011 en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que tenía por objeto ampliación de capital social con pago de inmueble".

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representado y dirigido por la ABOGACÍA DEL ESTADO y CONSELLERÍA DE HACIENDA (GENERALIDAD VALENCIANA), representada y dirigida por la ABOGACÍA GENERAL DE LA GENERALIDAD VALENCIANA y Magistrado ponente Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Laínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la reso¬lución recurrida.

SEGUNDO

- La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida. Ambas empresas en su actuación como demandadas solicitaron la desestimación de los recursos de la parte contraria y estimación de sus respectivas pretensiones.

TERCERO

- Habiéndose recibido el proceso a prueba, tras su práctica con el resultado que consta en autos, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusio¬nes prevenido por el artícu¬lo 62 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

- Se señaló la votación para el día ocho de noviembre de dos mil diecisiete.

QUINTO

- Que en el proceso se han seguido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- En el presente proceso las partes demandante DELICIAS DE CALABAZAS S.L. interpone recurso contra "Resolución del TEAR, de 9 de abril de 2015, que desestima reclamación nº 12-00778-2011 en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que tenía por objeto ampliación de capital social con pago de inmueble".

SEGUNDO

- Para la resolución del caso examinado debemos partir de los siguientes elementos de hecho:

  1. El demandante, mediante escritura pública de 1 de abril de 2010, elevó a públicos los acuerdos sociales adoptados en la misma fecha por la Asamblea General, por lo que procedía a modificar sus estatutos sociales y a ampliar el capital social en la cantidad de 25.000 € mediante la emisión de 25.000 participaciones.

  2. La ampliación de capital se realizó mediante la aportación de un inmueble que tenía un valor de 148.109,79 € y lo gravaba una hipoteca que tenía pendiente de pago 123.109,79 €, por lo tanto, el valor aportado eran

    25.000 €. Al efectuar la tributación de la ampliación de capital, se liquidó por el 1% del valor neto del inmueble aportado.

  3. La Administración autonómica inició -vía ITP- expediente de comprobación limitada para comprobar si la demandante había tributado en forma debida, tras los oportunos trámites, interpretó que debía pagar 8.885 € por la adjudicación en pago por asunción de deuda.

TERCERO

-Como pone de relieve la sentencia de la Sala Tercera Sección Segunda del Tribunal Supremo, de 20 de julio de 2016 (ROJ: STS 3688/2016 - ECLI:ES: TS:2016:3688), rec. 2328/2015, el planteamiento es el siguiente:

(...) la controversia se centra en si con la transmisión de bienes inmuebles a cambio de...

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