ATSJ Asturias 464/2017, 19 de Septiembre de 2017
Ponente | JESUS MARIA CHAMORRO GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2017:59A |
Número de Recurso | 1/2017 |
Procedimiento | Recurso de Casación Contencioso-Administrativo ( |
Número de Resolución | 464/2017 |
Fecha de Resolución | 19 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)
OVIEDO
AUTO: 00464/2017
CAT040
C/ SAN JUAN S/N
JMC
N.I.G: 33044 33 3 2017 0300702
Procedimiento: CAT R.CASACION AUTONOMICO 0000001 /2017
Sobre: FUNCION PUBLICA
De D./ña. Bibiana
Representación D./Dª. MARIA MERCEDES MARQUEZ CABAL
Contra D./Dª. MINISTERIO DE DEFENSA
Representación D./Dª.
A U T O
ILMO. SR. PRESIDENTE
JESUS MARIA CHAMORRO GONZALEZ
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
RAFAEL FONSECA GONZÁLEZ
JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ
En OVIEDO, a diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete.
La Sala de Admisión del Recurso de Casación autonómica de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen ha pronunciado el siguiente Auto en el Recurso de Casación autonómico 1/17 interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Mercedes Márquez Cabal, en nombre y representación de Dª Bibiana, con la dirección letrada del Sr. Bocanegra Sierra, contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de esta Sala con fecha 9 de enero de 2017 en el P.O. 921/15, en el que figuraba como demandada la Administración del Estado (Ministerio de Defensa), representada por el Sr. Abogado del Estado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS MARIA CHAMORRO GONZALEZ.
UNICO.- Recibidas las actuaciones en la Sección de Admisión del recurso de casación autonómica de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias se estuvo a la personación de las partes litigantes en la instancia. Personadas las partes en el presente recurso de casación autonómica, se acordó por resolución de 4 de mayo emplazar a la Administración del Principado de Asturias, sin que la misma se hubiera personado.
Que el recurso de casación, en este caso en su modalidad por infracción de normas emanadas de las Comunidades Autónomas, se introdujo en nuestra LJCA a través de la Disposición Final 1ª de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de Julio . Se crea esta nueva modalidad casacional en sustitución de todas las anteriores, como mecanismo para favorecer la seguridad jurídica y la igualdad en la aplicación de la Ley, principios ambos recogidos en el art. 9 de la Constitución, y así se señala en el Auto del Tribunal Supremo, Sala de Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección de Admisión de 1 de Febrero de 2017, RC 2/2016, Fº. Jº. 2.8. cuando se dice que través del recurso de casación los tribunales de casación sirven al principio de seguridad jurídica, y, por su intermediación, al de igualdad en al aplicación de la ley, ( artículos 9.3 y 14 de la Constitución ). Por tanto este recurso no pretende tanto una tutela judicial de los derechos de los recurrentes como generar unidad en la doctrina jurisprudencial que interpreta y aplica normas jurídicas fomentando aquella seguridad jurídica que pretende la búsqueda de criterios jurisprudenciales únicos y unitarios, y capaces de vincular a todos los órganos judiciales, y por extensión, a todos los potenciales operadores jurídicos cuya función pasa por la aplicación de las normas jurídicas que son objeto de pronunciamiento por las sentencias que resuelven recursos de casación.
La LJC-A somete la preparación y admisión del recurso de casación a rigurosos requisitos formales que garanticen lo mas atrás expuesto, limitando el acceso a la casación solo a aquellos problemas de aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico en los que se suscite de manera real y efectiva interés casacional objetivo, es decir, la necesidad de unificar criterios interpretativos, siendo además preciso adverar qué norma concreta y específica es la que genera dudas interpretativas. Por supuesto también es necesario tener certeza de que esa norma ha sido relevante y...
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Restricciones en los recursos de los procesos contencioso-administrativos
...Sección 1, recurso núm. 241/2017, ponente: Juan José Carbonero Redondo). 166Vid., entre otros, el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Asturias núm. 464/2017, de 19 de septiembre de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, recurso núm. 1/2017, ponente: Jesús María Chamor......