STSJ Andalucía 1485/2017, 20 de Julio de 2017

PonenteSANTIAGO MACHO MACHO
ECLIES:TSJAND:2017:14853
Número de Recurso48/2016
ProcedimientoContencioso
Número de Resolución1485/2017
Fecha de Resolución20 de Julio de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1485/2017

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MÁLAGA

RECURSO Nº 48/2016 (acumulado 447/16)

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA

MAGISTRADOS

D. SANTIAGO MACHO MACHO

Dª. BELÉN SÁNCHEZ VALLEJO

Sección Funcional 2ª

_____________________________________

En la Ciudad de Málaga a 20 de julio de 2017.

Esta Sala ha visto el presente el recurso contencioso-administrativo número 48/2016 y el acumulado 447/16, interpuestos en nombre del INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA DEL AYUNATAMIENTO DE MÁLAGA, por el Procurador Sr. González González, asistido por el Letrado Sr. De Herrera Fernández, frente a resolución de la CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DE TERRITORIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, Administración representada y defendida por Letrado de su Gabinete Jurídico.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. SANTIAGO MACHO MACHO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la reseñada en el encabezamiento fue presentado escrito el 29/01/2016 interponiendo recurso frente a la Resolución de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 29 de junio de 2015 por la que, entre otros extremos, se acuerda la minoración de la subvención concedida al Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga.

En auto de 10/11/2016 es acordada la acumulación a los presentes de los autos 447/16.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso con resolución de 17/02/16, una vez subsanados defectos, es acordada su tramitación conforme a lo dispuesto en el capítulo I del título IV de la Ley 29/1.998.

Seguido el curso de los autos, con escrito presentado el 13/07/16, es sustanciada demanda, que se da por reproducido, pidiendo sentencia por la que:

PRIMERO

Declare no ser conforme a derecho el Acto impugnado: la Resolución de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 29 de junio de 2015 por la que, entre otros extremos, se acuerda la minoración de la subvención concedida al Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga para la actuación protegida para fomentar la urbanización de suelos según el Plan concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, denominada "Polígono II, Sector SUP-T.8-Universidad", en el municipio de Málaga (Málaga), por falta de justificación, fijando el importe definitivo de la subvención en

2.453.364,90 euros para la parte estatal de la ayuda (ingresos finalistas) y en 2.835.120,54 euros para la parte autonómica de la subvención (autofinanciada).

SEGUNDO

En consecuencia, que se deje sin efectos la referida Resolución y se fije en la cuantía de seis millones seiscientas cuarenta y siete mil setecientos treinta y nueve euros con sesenta y tres céntimos de euro

(6.647.739'63€) el importe de la subvención para fomentar la urbanización de suelos en el Polígono II, Sector SUP-T.8- Universidad

TERCERO

Que, en consecuencia, se sentencie la obligación de abono por parte de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía al Instituto Municipal de la Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Málaga de la cantidad de un millón trescientos cincuenta y nueve mil euros con diecinueve céntimos de euros (1.359.254,19 €) resultante de restar a la cantidad fijada de importe de la subvención para fomentar la urbanización de suelos en el Polígono II, Sector SUP-T.8- Universidad

(6.647.739'63 €) la cantidad determinada por el Decreto de minoración impugnado (5.288.485,44 €).

En el recurso 447/15 es sustanciada la demanda con escrito presentado el 25/10/16, exponiendo cuanto es tenido por oportuno para pedir sentencia declarando:

" no ser conforme a derecho el Acto impugnado: la resolución del Sr. Director General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de fecha 10 de mayo de 2016 notificada a esta parte con fecha 11 de los mismos por la que se fija "Declarar la procedencia del reintegro de la parte de la subvención autonómica concedida por la Dirección General de Urbanismo, mediante resolución de 21 de septiembre de 2010, al Instituto Municipal de la Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, para fomentar la urbanización de suelos según el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 de la actuación denominada "Polígono II, Sector SUPT-T.8 Universidad", en el municipio de Málaga, dado el incumplimiento de la obligación impuesta al beneficiario que constan en los antecedentes de hecho y de derecho, en la cantidad de 708.780,14 €, correspondiente al 25% del total de la subvención autonómica concedida ."

Dado traslado a la Administración autonómica para contestar la demanda, lo efectuó mediante escrito presentado el 1/09/16, que se da por reproducido, en el que pide sentencia por la que se desestime el recurso y se declare la conformidad a derecho de la resolución impugnada.

Dado traslado a la Administración autonómica para contestar la demanda de los autos 447/16, lo efectuó mediante escrito presentado el 24/01/17, que se da por reproducido, en el que pide sentencia por la que se desestime el recurso y se declare la conformidad a derecho de la resolución impugnada.

TERCERO

La cuantía del procedimiento en los autos originarios es fijada en 1.359.254,19 € en resolución de 15/09/16. En los autos acumulados 447/16 es fijada la cuantía en 708.780,14 € eb resolución de 7/02/17

En auto de 15/09/16 es acordado el recibimiento del pleito a prueba y admitidas las que en el mismo constan, teniéndose por practicadas, son puestas de manifiesto a las partes para conclusiones, presentadas por ambas partes con escritos recibidos los días 21/09/16 y 9/03/17, por la recurrente, separadamente en ambos procedimientos; y el 24/4/17 por la Administración autonómica evacuándolas conjuntamente para ambos procedimiento, quedando los autos pendientes de señalamiento para deliberación, votación y fallo, acto que tuvo lugar el pasado día cinco de julio.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las exigencias legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso presente, al ser interpuesto, es determinar si se ajusta a derecho la Resolución de 29/06/ 2015 de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación de Territorio mediante que acuerda:

" PRIMERO. Acordar la minoración de la subvención concedida al Instituto Municipal de la Vivienda de Málaga para la actuación protegida para fomentar la urbanización de suelos según el Plan concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, denominada "Polígono II, Sector SUP-T.8-Universidad", en el municipio de Málaga (Málaga), por falta de justificación, fijando el importe definitivo de la subvención en 2.453.364,90 euros para la parte estatal de la ayuda (ingresos finalistas) y en 2.835.120,54 euros para la parte autonómica de la subvención (autofinanciada).

SEGUNDO

Barrar los créditos comprometidos y no abonados a la fecha de esta resolución por importe de 923.135,10 euros para la parte estatal de la ayuda (ingresos finalistas) y de 1.066.779,46€ para la parte autonómica de la subvención (autofinanciada).

TERCERO

Fijar en 453.364,90 euros el importe de la parte estatal de la ayuda, a abonar en 2015 y en 1.115.208,37 euros la parte de financiación autonómica de la ayuda pendiente de abonar, y programa para anualidades futuras"

También es objeto de recuso determinar si es ajustada a derecho la resolución del Director General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de fecha 10/05/ 2016 que declara la procedencia del reintegro de la parte de la subvención autonómica concedida por la Dirección General de Urbanismo, mediante resolución de 21/09/2010, al Instituto Municipal de la Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, para fomentar la urbanización de suelos según el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 de la actuación denominada "Polígono II, Sector SUPT-T.8 Universidad", en el municipio de Málaga, dado el incumplimiento de la obligación impuesta al beneficiario, en la cantidad de 708.780,14 €, correspondiente al 25% del total de la subvención autonómica concedida.

SEGUNDO

La parte recurrente expone, en síntesis:

-Con fecha 8 de julio de 2015 fue notificada a esta Administración municipal Resolución de 29 de junio de 2015. Se interpuso con fecha 31 de julio de 2015 recurso de Alzada, no resuelto.

-Antecedentes:

  1. Con fecha 2 de febrero de 2009, se solicitó a la Consejería competente, subvención para el fomento de la urbanización de suelos del "Polígono II, Sector SUP-T.8-Universidad", en el municipio de Málaga.

    En la mencionada actuación de urbanización se previó la edificación de 1006 viviendas protegidas en función de la edificabilidad atribuida al terreno, y para ello, en la memoria explicativa y a los solos efectos de apreciación, se estimaba un coste de 9.148.845'72 €.

  2. Con fecha 25 de octubre de 2011, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, conforme a la aplicación de los criterios de aplicación de la subvención (edificabilidad y cantidad de viviendas) resuelve conceder al IMV una subvención por importe de 7.278.400'00 €, para el cumplimiento de la actuación protegida para fomentar la urbanización de suelos denominada "Polígono II, Sector SUP-T.8-Universidad", en el municipio de Málaga.

    De dicho importe la parte estatal de la subvención asciende a 3.376.500 € y la autonómica a 3.901.900 €.

  3. El plazo para la ejecución de las mencionadas obras de urbanización fue ampliado. Las...

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