STSJ Comunidad Valenciana 1040/2009, 7 de Julio de 2009

PonenteRAFAEL PEREZ NIETO
ECLIES:TSJCV:2009:5905
Número de Recurso2100/2006/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1040/2009
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1040/09

En la ciudad de Valencia, a 7 de julio de 2009.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Juan Luis Lorente Almiñana, Presidente, don Luis Manglano Sada y don Rafael Pérez Nieto, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 2100/06, en el que han sido partes, como recurrente, don Cesareo , representado por la Procuradora Sra. Caudet Valero y defendido por el Letrado Sr. Salcedo Benavente, y como demandada el Tribunal Económico Administrativo Regional, que actuó bajo la representación del Abogado del Estado. La cuantía es de 17.725,96 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verificó en escrito mediante el que queda ejercitada su pretensión de que se anulen la liquidación y el Acuerdo sancionador impugnados.

SEGUNDO

La parte demandada dedujo escrito de contestación en que solicita que se declare la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada.

TERCERO

El proceso no se recibió a prueba. Evacuados los escritos de conclusiones, los autos quedaron pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 7 de julio de 2009.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo son dos desestimacionespresuntas, por parte del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia (TEAR), de las reclamaciones ( NUM000 y NUM001 ) interpuestas por don Cesareo 1º) contra la liquidación tributaria -Acuerdo de 28-1-2005- dimanante de la Oficina de Gestión Tributaria de Valencia, por

el concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ejercicio 2002, de la que resulta una deuda tributaria de 17.725,96 euros, ello tras una verificación de datos, al considerar la AEAT que se había detectado en la autoliquidación que no se ha declarado correctamente determinados conceptos e importes; y 2º) contra la Resolución sancionadora de 17-5-2005, relacionada con dichas actuaciones, en que se impuso una multa de 8.212,60 euros, por cometer una infracción consistente en dejar de ingresar dentro del plazo establecido en la normativa del tributo la deuda que debiera resultar de la correcta autoliquidación.

Las reclamaciones económicas administrativas del recurrente, con posterioridad, fueron expresamente desestimadas por el TEAR.

La parte recurrente esgrime dos motivos de impugnación; uno contra la liquidación, el otro contra el Acuerdo sancionador. Dichos motivos se van a examinar a continuación.

SEGUNDO

La queja de la parte recurrente contra la liquidación consiste en "falta de motivación de la liquidación como privación o recorte del derecho de defensa", pues -según la parte recurrente- se señalan genéricamente los errores cometidos en la autoliquidación con una mera indicación de cuál es la cifra correcta que debía haberse declarado.

En efecto que el art. 124.1, apartado a), de la LGT de 1963 establece que las liquidaciones tributarias se han de notificar a los sujetos pasivos con expresión de los elementos esenciales. Los "elementos esenciales de la liquidación tributaria" son los antecedentes de la cuantificación de la obligación tributaria principal y con ellos queda justificada la decisión de exigir coactivamente la deuda tributaria. La consignación de dichos elementos es manifestación de las exigencias de motivación propias de toda decisión de los Poderes Públicos que afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, exigencias que, con relación a la...

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