SAP Cuenca 70/2018, 16 de Marzo de 2018
Ponente | ERNESTO CASADO DELGADO |
ECLI | ES:APCU:2018:108 |
Número de Recurso | 370/2017 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 70/2018 |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CUENCA
SENTENCIA: 00070/2018
Modelo: N10250
CALLE PALAFOX S/N
- Tfno.: 969224118 Fax: 969228975
Equipo/usuario: SOC
N.I.G. 16134 41 1 2016 0000202
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000370 /2017
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de DIRECCION000
Procedimiento de origen: MHC MODI. MEDIDAS CON RELACION HIJOS EXT. SUP. CO 0000087 /2016
Recurrente: Roque
Procurador: RAQUEL PINOS CALVO
Abogado: DANIEL ANTONIO MATANZA CAVERO
Recurrido: Sandra
Procurador: SUSANA MELERO DE LA OSA
Abogado: ALBERTO LILLO LLORIA
AUDIENCIA PROVINCIAL
CUENCA
Apelación Civil Rollo nº 370/2017
Juicio Verbal (Modificación Medidas) nº 87/2016
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de DIRECCION000 (Cuenca)
SENTENC IA Nº 70/2018
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D. JOSÉ EDUARDO MARTÍNEZ MEDIAVILLA
MAGISTRADOS:
D. ERNESTO CASADO DELGADO (PONENTE)
D. JAVIER MARTÍN MESONERO
En Cuenca, a dieciséis de marzo de dos mil dieciocho.
Vistos ante esta Audiencia Provincial, en trámite de recurso de apelación, los autos de Juicio Verbal (Modificación Medidas) nº 87/2016 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de DIRECCION000 (Cuenca) a instancia de D. Roque, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Pinós Calvo y asistida por el Letrado Sr. Matanza Cavero, contra Dª. Sandra, representada en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. García Martínez y en la presente alzada por la Sra. Melero de la Osa y asistida por el Letrado Sr. Lillo Lloria; siendo parte el MINISTERIO FISCAL ; en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. Roque y de impugnación de la sentencia formulado por el MINISTERIO FISCAL, ambos contra la sentencia de fecha dieciséis de octubre de dos mil diecisiete, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ERNESTO CASADO DELGADO quién expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de los de DIRECCION000 (Cuenca) se dictó sentencia de fecha dieciséis de octubre de dos mil diecisiete cuyo Fallo presenta el siguiente tenor: "DESESTIMAR la demanda presentada por la representación procesal de D. Roque frente a Dña. Sandra . No se realiza expresa imposición de costas".
Por la representación procesal D. Roque se interpuso recurso de apelación por medio de escrito en el que interesó de la Sala el dictado de sentencia por la que, revoque la Resolución recurrida, estimando la demanda por la que se interesaba la modificación de las medidas que se establecieron en la Sentencia de 23 de Septiembre de 2.004, y en su lugar se fijase respecto de la pensión de alimentos para la menor, una cantidad de 100,00 Euros a abonar por DON Roque en concepto de pensión por alimentos para su hija, Micaela, a satisfacer dentro de los cinco primeros días de cada mes y actualizables conforme al IPC cada año.
Admitido a trámite el recurso de apelación, por el MINISTERIO FISCAL se presentó escrito en el que manifestó adherirse al Recurso de Apelación interpuesto por la Procuradora Sra. Dª Raquel Pinós Calvo en nombre y representación de D. Roque frente a la sentencia nº 101/17 de fecha 16 de octubre por la que se acuerda la desestimación de la demanda interpuesta por el ahora recurrente; a tal respecto formulamos las siguientes alegaciones considerando adecuada la fijación de una pensión de alimentos de 200 euros en aras a la disminución patrimonial del recurrente.
Por la representación procesal de D. Roque se mostró conformidad, caso de no ser estimado el recurso de apelación, con la petición del Ministerio Fiscal.
Por la representación procesal de Dª. Sandra se interesó la confirmación de la sentencia dictada en la instancia.
Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, se procedió a formar el correspondiente Rollo de apelación, asignándole el número 370/2017, turnándose Ponencia que recayó en el Magistrado Ilmo. Sr. D. ERNESTO CASADO DELGADO, habiéndose observado las prescripciones legales.
Se interesó en la instancia por la parte actora ( Roque ) la modificación de las medidas acordadas en la sentencia de 23 de septiembre de 2004 en el proceso de Guarda, Custodia y Alimentos seguido con el nº 131/2004, en concreto, se fije como pensión alimenticia la suma de 100 euros en lugar de los 400 euros mensuales establecidos en la resolución reseñada a favor de la hija común Micaela y todo ello sobre la base fáctica representada por una alteración sustancial de las circunstancias, en concreto la capacidad económica del actor.
La Juzgadora de Instancia consideró que no se había acreditado una alteración sustancial de las circunstancias al desconocerse la capacidad económica del actor cuando se dictó la resolución que se pretende modificar y, en todo caso, ro desconocerse si la reducción de ingresos en el año 2016 es estable y/o...
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ATS, 19 de Diciembre de 2018
...contra la sentencia dictada, con fecha 16 de marzo de 2018, por la Audiencia Provincial de Cuenca, Sección 1.ª, en el rollo de apelación 370/2017, dimanante del juicio de modificación de medidas 87/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Motilla del Mediante diligencia de ordenación ......