SAP Asturias 41/2018, 26 de Febrero de 2018

PonenteSANTIAGO VEIGA MARTINEZ
ECLIES:APO:2018:608
Número de Recurso243/2017
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución41/2018
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 8ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

GIJON

SENTENCIA: 00041/2018

PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA, NUMERO 1, 2* PLANTA.- GIJON

Teléfono: 985197268/70/71

Equipo/usuario: MCB

Modelo: SE0200

N.I.G.: 33024 43 2 2016 0001411

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000243 /2017

Delito/falta: INTRUSISMO

Recurrente: Carlos Ramón

Procurador/a: D/Dª LORETO GARCIA MATURANA

Abogado/a: D/Dª MARIA ELENA FERNANDEZ GUTIERREZ

Recurrido: Eufrasia, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª Mª EUGENIA CASTAÑEIRA ARIAS,

Abogado/a: D/Dª Mª JOSE MENDEZ BEDIA,

SENTENCIA Nº 41/2018

Presidente: ........ Ilmo. Sr. D. Bernardo Donapetry Camacho

Magistrados: ..... Ilma. Sra. Dª. Alicia Martínez Serrano

......................... Ilmo. Sr. D. SANTIAGO VEIGA MARTÍNEZ

En Gijón, a veintiséis de febrero de dos mil dieciocho.

VISTA, en grado de apelación, por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, compuesta por los Magistrados que constan al margen, la causa Procedimiento Abreviado nº 150/2017 del Juzgado de lo Penal nº uno de Gijón sobre DELITO DE LESIONES IMPRUDENTES E INTRUSISMO PROFESIONAL, que dio lugar al Rollo de Apelación nº 243/2017 de esta Sala, entre partes, como apelante Carlos Ramón, representado por la Procuradora Dª Loreto García Maturana y defendido por la Letrada Dª María Elena Fernández Gutiérrez y como apelados Eufrasia, representada por la Procuradora Dª María Eugenia Castañeira Arias y defendida por la Letrada Dª María José Méndez Bedia así como el MINISTERIO FISCAL, siendo Ponente el IlmO. Sr. D. SANTIAGO VEIGA MARTÍNEZ, y fundados en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº uno de Gijón dictó sentencia en la referida causa en fecha 13 de septiembre de 2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que debo condenar y condeno a Carlos Ramón como autor criminalmente responsable de un delito de intrusismo y un delito de lesiones por imprudencia grave profesional, ya definidos, sin la concurrencia de circunstancias, a la pena de multa de dos mil ochocientos ochenta euros (180 días de arresto caso de impago) resultante de multa de doce meses con cuota día de ocho euros, por el primer delito; a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de odontólogo o de la posibilidad de obtenerla durante el tiempo de un año y seis meses, por el segundo delito, y al pago de las costas incluidas las de la acusación particular. Se reservan expresamente las acciones civiles a la perjudicada Eufrasia ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Carlos Ramón

, con oposición del Ministerio Fiscal que interesa la confirmación de la resolución recurrida, y remitido el asunto a esta Sección Octava, se registró como Rollo de Apelación nº 243/2017, pasando para resolver al Ponente, que expresa el parecer de la Sala.

TERCERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, y con ellos la declaración de hechos probados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada que aquí se dan por reproducidos.

SEGUNDO

El apelante solicita su absolución y revocación de la sentencia por la que resultó condenado por un delito de lesiones imprudentes y otro de intrusismo, alegando infracción, por indebida aplicación, de los artículos 403.1 y 152.1.1º del Código Penal, así como insuficiencia de prueba para conformar una convicción exenta de duda acerca de la autoría criminal.

TERCERO

En un primer motivo alega el recurrente infracción del principio de tipicidad que " se produce ante la falta de la necesaria concreción del tipo penal aplicado, pues el punto primero del artículo 403 del Código Penal tipifica dos supuestos referidos a ejercer actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico... o bien si dicha actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria...y no se estuviere en posesión de dicho título ".

Pues bien, una simple lectura de los hechos probados de la sentencia, donde se dice que el acusado, " protésico dental ", " sin contar con las preceptivas prescripciones e indicaciones de un médico odontólogo o estomatólogo ", quitó (a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 324/2019, 20 de Junio de 2019
    • España
    • 20 Junio 2019
    ...por la representación procesal del Octavio , contra la sentencia dictada por la Sección nº 8 de la Audiencia Provincial de Asturias nº 41/2018, de fecha 26 de febrero de 2018 , en el recurso de Apelación Sentencias P.A. nº 243/2017, que confirmó la Sentencia dictada por el Juez del Juzgado ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR