STSJ Murcia 83/2018, 23 de Febrero de 2018

PonenteINDALECIO CASSINELLO GOMEZ PARDO
ECLIES:TSJMU:2018:378
Número de Recurso320/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución83/2018
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00083/2018

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

N56820

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5, 3ª PLANTA -DIR3:J00008050

UP3

N.I.G: 30030 45 3 2016 0002177

Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000320 /2017

Sobre: DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

De D./ña. Cosme

Representación D./Dª. JOSE MARIA SANCHEZ GONZALEZ

Contra D./Dª. JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE MURCIA

Representación D./Dª.

ROLLO DE APELACION núm. 320/2017

SENTENCIA núm. 83/2018

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCION PRIMERA

Compuesta por los Ilmos. Srs.:

Dña. María Consuelo Uris Lloret

Presidenta

D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo

D. José Mª Pérez Crespo Payá

Magistrados

Ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 83/18

En Murcia, a veintitrés de febrero de dos mil dieciocho.

En el rollo de apelación nº 320/2017 seguido por interposición de recurso de apelación contra la Sentencia nº 174/2017, de 10 de julio, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Murcia, dictada en el recurso contencioso administrativo nº 253/2016, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada, en el que figura como apelante Don Cosme, representado por el Procurador de los Tribunales

D. José María Sánchez González y asistido por la Letrada Doña Ariane Santiago Morales y como parte apelada la Delegación del Gobierno en Murcia, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado sobre pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO .- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el día 16/2/2018.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Don Cosme contra la resolución de 16/4/2015 de la Dirección General de Tráfico por la que se desestima el recurso de alzada presentado por el apelante contra la resolución de 4/2/2015 de la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia por la que se declaró la pérdida de vigencia de su autorización para conducir por pérdida de la totalidad de los puntos asignados.

Frente a ella interpone Don Cosme recurso de apelación, interesando de esta Sala que se dicte Sentencia revocando la apelada, alegando como motivos de su impugnación los siguientes:

  1. - La Sentencia infringe lo previsto en del artículo 59 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo a las normas sobre práctica de la notificación y consiguientemente el artículo 24 CE ., al acudirse a la notificación edictal de las resoluciones impugnadas, sin ni siquiera intentar notificarla personalmente en el domicilio de su Letrada pese a que la alzada estaba encabezada asimismo por ella y firmada por ambos, privándoles de su conocimiento lo que le causó indefensión ( art. 24 CE ).

  2. - La Sentencia vulnera la "cosa juzgada" ya que por Sentencia n° 351/2014 del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo n° 2 de Murcia, se estimó el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el ahora apelante contra la resolución de la Dirección General de Tráfico de fecha 22/9/2011 por la que se desestimaba el recurso de alzada formulado por el mismo contra la resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia...

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