AAP Toledo 7/2018, 18 de Enero de 2018

PonenteEMILIO BUCETA MILLER
ECLIES:APTO:2018:19A
Número de Recurso147/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución7/2018
Fecha de Resolución18 de Enero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

Rollo Núm. ............................... 147/2017.-Juzg. 1ª Inst. Núm...............3 de Illescas.-Diligencias Preliminares Núm... 567/2016.- A U T O Núm. 7

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO SECCI ON PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUAREZ SANCHEZDª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Tole do, a dieciocho de enero de dos mil dieciocho.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NO MBRE DEL REY, la siguiente,

A U T O

Visto el presente recurso de apelación, Rollo de la Sección núm. 147 de 2017, contra el auto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 3 de Illescas, en Diligencias Preliminares Núm. 567/2016, en el que han actuado, como apelante HELVETIA SEGUROS, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. López Blanco, y defendido por el Letrado Sr. López Blanco.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BUCETA MILLER, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

En el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 3 de Illescas, se siguen Diligencias Preliminares Núm. 567/2016, a instancia de HELVETIA SEGUROS, en el que con fecha 1 de febrero de 2017, se dictó auto, en cuya Parte Dispositiva se acordaba "1.- La práctica de la diligencia preliminar solicitada por la Procuradora Sra. MARIA BEATRIZ LOPEZ BLANCO, en nombre y representación de HELVETIA SEGUROS, respecto a D. Hilario, consistente en

Deberá declarar bajo juramento o promesa de decir verdad, y asimismo, ser requerido para:

Concretar su participación en el proceso logístico de envío describiendo sus funciones, en relación con el envío de SEUR que resultó sustraído en fecha 04.07.15, en la Carretera de Seseña (Toledo), así como si poseen seguro de mercancías.

Aportar copia íntegra de la póliza de seguros de mercancías o responsabilidad civil por robo de la carga transportada de que disponga.

Justificar las razones por las que no han atendido las reclamaciones amistosas que se les han efectuado, así como las causas que han motivado la falta de reintegro a Helvetia y su asegurado de todos los perjuicios que se les han irrogado con motivo de los hechos.

Respecto a la solicitud de diligencias preliminares del resto de demandados no ha lugar a su práctica.

  1. - Señalar para la práctica de dicha diligencia el día 27/3/2017 a las 11:00 horas en la sede de la oficina judicial; citando y requiriendo a los interesados.

  2. - Requerir a la parte solicitante para que en el plazo de TRES DÍAS hábiles computados desde el siguiente a la notificación de la presente resolución, preste caución en cuantía de 100 euros, en cualquiera de las formas siguientes: en dinero efectivo, mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o por cualquier otro medio que, a juicio de este tribunal, garantice la inmediata disponibilidad, en su caso, de la cantidad expresada.

  3. -Advertir a la parte solicitante que de no prestar la caución en el plazo referido se procederá al archivo definitivo de las actuaciones.

  4. -Advertir asimismo, al solicitante que si transcurrido UN MES desde la terminación de las diligencias, dejase de interponer la demanda, perderá la caución ( artículo...

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