SAP Madrid 5/2018, 12 de Enero de 2018

PonenteADELA VIÑUELAS ORTEGA
ECLIES:APM:2018:281
Número de Recurso562/2017
ProcedimientoPenal. Procedimiento abreviado y sumario
Número de Resolución5/2018
Fecha de Resolución12 de Enero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035

Teléfono: 914934435,914934730/553

Fax: 914934551

VAS2

37051530

N.I.G.: 28.047.00.1-2014/0000975

Procedimiento Abreviado 562/2017

Delito: Abusos sexuales

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 07 de DIRECCION000

Procedimiento Origen: Procedimiento Abreviado 182/2014

SENTENCIA Nº

ILMOS. SRES.

D.ALEJANDRO BENITO LOPEZ

D./Dña. ADELA VIÑUELAS ORTEGA(PONENTE)

DON MANUEL CHACÓN ALONSO

S E N T E N C I A Nº5 /2018

En Madrid, a doce de enero de dos mil dieciocho.

Visto en juicio oral y público ante este tribunal el procedimiento al margen referenciado seguido contra don Enrique, con DNI NUM000, nacido el NUM001 de 1977 en Madrid, hijo de Melchor y Estibaliz, y en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado del 20 al 22 de enero de 2014.

Siendo partes: el Ministerio Fiscal, la Acusación Particular de Doña Tatiana y Don Maximiliano, representados por el Procurador Don Esteban Muñoz Nieto y defendidos por el Letrado Don Fernando Martínez Luis, y el acusado representado por la Procuradora Doña María Jesús Sanz Peña y defendido por el Letrado Don Jorge Hernansanz Ruíz-Gálvez, siendo ponente Doña ADELA VIÑUELAS ORTEGA que expresa el parecer de la Sala en sustitución de Don Alejandro María Benito López, al haber fallecido al tiempo de la firma de la presente sentencia y por aplicación del artículo 154 de la L.E.Cr .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de dos delitos continuados de abusos sexuales del art. 183.1 y 4 d) en relación con el art. 74.1 y 3 del Código Penal (CP ), reputando responsable de los mismos en concepto de autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, solicitando que fuese condenando por cada delito a las penas de 6 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, y las prohibiciones durante 10 años de aproximarse a las menores Fidela y Erica a una distancia no inferior a 500 metros, su domicilio o centro de estudios o cualquier otro lugar que frecuentasen, y comunicarse con ellas por cualquier medio, indemnizase a cada menor en 10.000 euros por daños morales, con el interés del art. 576 LEC, y al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

La Acusación Particular efectuó la misma calificación que el Ministerio Fiscal, salvo en el particular relativo a la indemnización a favor de las menores, solicitando que fuese de 30.000 euros por daños morales, con aplicación del art. 576 LEC y la privación de la patria potestad respecto a la menor Fidela durante el tiempo de la condena.

TERCERO

La defensa del acusado interesó la libre absolución de su defendido.

  1. HECHOS PROBADOS

En fecha no determinada del año 2013, los sábados por la mañana en varias ocasiones, el acusado don Enrique

, mayor de edad y sin antecedentes penales, en el piso de la CALLE000 nº NUM002 de DIRECCION001, en el que convivía con su pareja doña Tatiana, la hija de esta, Erica, de ocho años de edad, y la hija común de ambos Fidela, de tres años de edad, aprovechando que su compañera se encontraba trabajando, con el propósito de satisfacer sus deseos sexuales, en su cama simulando un videojuego en el que el pene hacía las veces de mando y su abdomen la pantalla, consiguió que la menor Erica le masturbara en repetidas ocasiones, sin que conste que llegara a eyacular, simulando ante la niña que disparaba misiles. No consta probado que la menor Fidela interviniera en tales juegos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pruebas practicadas.

Acusado.

Enrique negó la imputación, considerando repugnantes los hechos que se le achacaban; la denuncia le generó estrés, requiriendo tratamiento psiquiátrico con medicación, extremo sobre el que su defensa aportó documental al inicio del juicio.

Convivía con Tatiana desde que Erica tenía 2 años, a la que trataba como un padre, siendo muy buena su relación, aunque también le obligaba a estudiar, sentarse bien, etc. Erica desde el nacimiento de Fidela buscaba ser el centro de atención, y en ocasiones pedía a Tatiana que volviesen a vivir con su padre. Considera que no era consciente de la gravedad de lo que decía. Le molestaba porque la decía lo que debía hacer, deberes etc, mientras que a su padre solo le veía los fines de semana. La niña no presentaba un comportamiento extraño de carácter sexual. No la vio un comportamiento triste sino que lo que veía era que quería llamar la atención. No habló con Erica sobre sexualidad, dormía desnudo o con bóxer alguna vez en verano, y en ocasiones se duchaban los cuatro juntos.

Los sábados se quedaba con las niñas porque Tatiana trabajaba, Fidela se despertaba primero y luego Erica, estaban en el salón viendo dibujos animados, jugaba con ellas a hacerse cosquillas y tirarse en el sofá unos sobre otros, hacían las tareas de la casa y a veces iban a la compra. El juego de las cosquillas era inocente al igual que lanzarse unos sobre otros, sin más. La niña cuando se duchaban juntos veía a todos desnudos. En alguna ocasión, añade, cuando se duchaban todos juntos, Erica hacía ademán de irle a tocar sus partes, ante lo que él se retiraba. El primer sorprendido por la denuncia fue él, porque la propia Tatiana sabía que era incapaz de hacer una cosa así. Tatiana nunca le dio la oportunidad de dar una explicación sobre lo relatado por la menor.

Testigos.

Erica .

Las grabaciones de sus exploraciones se dieron por reproducidas por todas las partes.

En la exploración efectuada el 17 de enero de 2014 por la psicóloga de la Guardia Civil NUM003 indicó que los sábados en la cama de la habitación de su madre y del acusado, cuando no estaba aquella, jugaba con este al que llama " Enrique ", a un juego que ella se inventó, consistente en una especie de video-juego más

parecido a los de la Wii, que a los de la tablet, en el que estando ella en pijama y aquel sin ropa o con ella, pero con los pantalones rotos, se sentaba en sus rodillas enfrente de él, la barriga era la pantalla, cogía con una mano su cola, que llama partes o "la fuente" porque cuando mean parece una fuente, sin que hubiese visto orinar al acusado, pero si a chicos, moviéndola, dando con misiles a los malos para que se muriesen, pero sin que saliese nada de la cola, terminando el juego cuando se aburría y sin que acabase manchada; Enrique que le reñía por muchas cosas por culpa de su hermana, no le decía nada durante el juego, tampoco que no se lo contase a nadie; jugó más de dos veces, sin poder precisar si fueron más de tres; su hermana Fidela estaba con ellos, pero no jugaba a dicho juego; contó el juego a su amiga Carina, y también a Patricia y a Victoriano .

En la exploración de 17 de febrero de 2014 realizada por el psicólogo Arsenio del CIASI, con posibilidad de intervención del Juez de Instrucción el Fiscal y las defensas de la acusación particular y del acusado, manifestó que no quería contar a lo que jugaba con Enrique porque estaba harta; que el juego era un sueño, lo reiteró muchas veces, si bien llegó a decir que no sabía si era un sueño o realidad, dándole vergüenza contarlo; para después señalar que a Enrique no le había visto desnudo; solo jugaba ella, mientras Fidela estaba en el salón enganchada a la tele; se desarrollaba en la cama llevando ella pijama y Enrique camiseta y pantalones bajados o con pantalones con un agujero, cogía con la mano la "pilila" o la "fuente", moviéndola hacia adelante y hacia atrás, a los lados y para arriba y para abajo, como un mando de Wii o Play Station, sin que disparase misiles, inventándose este extremo cuando se lo contó a la maestra; no recordando como acababa; negó que Enrique le sujetase las muñecas, sin recordar que esto último se lo dijese a la maestra; solo jugó una vez, sin que se lo pidiese Enrique, con quien se llevaba mal.

Fidela .

El 17 de febrero de 2014 el psicólogo don Arsenio del CIASI trató de explorarla sin que fuera factible por su corta edad.

Guadalupe

Señaló que era profesora de Erica, en el patio del colegio dos niñas le comentaron que Carina decía que Erica jugaba con el pene de su padre, confirmándoselo aquella y que se lo había dicho antes de vacaciones.

Al terminar el recreo, habló con Erica, quien muy nerviosa, inquieta y sudándole las manos, ratificó el comentario, diciéndole que los sábados el acusado, su hermana y ella estando todos desnudos en la cama, jugaban a hacerse cosquillas, tirase unos encima de otros, y un juego en el que la tripa de padre hacia el ordenador y el pené del mando, incluso algunas veces le tocaba sus partes, a veces le hacía daño porque le agarraba cuando quería irse; no comentándoselo a su madre porque eran cosas de hombre y debía estar presente Enrique .

Se lo contó a la Directora y luego a Enrique, que era el tutor, no recordando que lo hablase con la madre de Erica .

El curso anterior también fue profesora de Erica, que era una niña tranquila, alegre y extrovertida, cambiando en septiembre al principio del curso pasando a ser muy distraída, ausente, muy sensible, echándose a llorar cuando se le decía algo, volvió poco a poco a ser la misma; siendo el cambio de Erica en el siguiente curso (4º) para que se estuviese con otras compañeras diferentes al llevar con las mismas desde 1º.

Roque .

Manifestó que Patricia, refiriéndose a la anterior testigo, le indicó que alumnas le habían dicho que Erica tenía juegos eróticos con su padre, lo que puso en conocimiento de la Directora y de la madre de la menor.

Al día siguiente habló con Erica, quien al principio no quería contárselo, pero al presionarle suavemente le dijo que los sábados por la mañana en la cama de su padrastro, jugó a lo que hacía su...

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