AAP Barcelona 106/2018, 26 de Marzo de 2018

PonenteMIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
ECLIES:APB:2018:925A
Número de Recurso854/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución106/2018
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

Sección nº 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

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FAX: 934867115

EMAIL:aps19.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120170023340

Recurso de apelación 854/2017 -A

Materia: Medidas cautelares

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Barcelona Procedimiento de origen:P.S. Medidas cautelares coet neas 53/2017 Parte recurrente/Solicitante: INMALOAR, SL

Procurador/a: Emma Nel.lo Jover

Abogado/a: Óscar Folchi Riera

Parte recurrida: URNALIA TRADING, SL

Procurador/a: Montserrat Pallas Garcia

Abogado/a:

AUTO Nº 106/2018

Magistrados:

Miguel Julián Collado Nuño

Asunción Claret Castany

Jose Manuel Regadera Sáenz

Barcelona, 26 de marzo de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 24 de octubre de 2017 se han recibido los autos de P.S. Medidas cautelares coetaneas 53/2017 dimanantes del procedimiento ordinario 94/2017 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Barcelona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Emma Nel.lo Jover, en nombre y representación de INMALOAR, SL contra el Auto 321/2017 de 05/07/2017 y en el que consta como parte apelada la Procuradora Montserrat Pallas Garcia, en nombre y representación de URNALIA TRADING, SL.

Segundo

El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: " Desestimo la petición de medidas cautelares formulada por la representación procesal de INMALOAR S.L., con imposición de costas a la parte solicitante.".

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 22/03/2018. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente al Magistrado Miguel Julián Collado Nuño.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto de 5 de julio de 2017, dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Barcelona en el procedimiento de medidas cautelares nº 53/2017 desestimaba la pretensión ejercitada por la representación procesal de INMALOAR SL, que interesaba la anotación preventiva de la demanda y la orden judicial de cese temporal de actividad con prohibición de disposición de la finca propiedad de la demandada URNALIA TRADING SL sita en la Avenida del Tibidabo nº 51 de Barcelona, con imposición de las costas causadas a la solicitante. Consideraba la indicada resolución como no se había acreditado modificación de la situación ya conocida por la solicitante en el momento de interponer la demanda. La representación procesal de INMALOAR SL interpuso recurso de apelación fundado en la errónea valoración efectuada por el auto recurrido en cuanto en el momento de interponerse la demanda no aparecía señalada la celebración del juicio el día 11 de abril de 2018, se constataba las gestiones de la demandada para la venta del inmueble, único activo de la demandada, interesando la condena en costas a la contraria o bien su no especial imposición atendidas las circunstancias expresadas. Evacuado el oportuno traslado, la representación de URNALIA TRADING SL se opuso en...

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