SAP Madrid 64/2018, 22 de Febrero de 2018

PonenteRAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON
ECLIES:APM:2018:1895
Número de Recurso494/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución64/2018
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigésima

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 7 - 28035

Tfno.: 914933881

37007740

N.I.G.: 28.079.42.2-2013/0080526

Recurso de Apelación 494/2017

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 660/2013

APELANTE: D./Dña. Anselmo

PROCURADOR D./Dña. JORGE DELEITO GARCIA

CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

APELADO: BILBAO CIA ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS

PROCURADOR D./Dña. MARIA CONCEPCION VILLAESCUSA SANZ

PROYECTA CONTRATAS Y DESARROLLOS, S.L.

SENTENCIA

TRIBUNAL QUE LO DICTA :

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

D. RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

D. RAFAEL DE LOS REYES SAINZ DE LA MAZA

En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil dieciocho.

La Sección Vigésima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 660/2013 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid a instancia de CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS como apelante - demandante, representada por el Abogado del Estado; así como D. Anselmo

, apelante - demandado, representado por el Procurador D. JORGE DELEITO GARCIA, contra BILBAO CIA. ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS apelada - demandada, representada por la Procuradora Dña. MARIA

CONCEPCION VILLAESCUSA SANZ; y PROYECTA CONTRATAS Y DESARROLLOS, S.L.; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 12/01/2017 .

VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 12/01/2017, cuyo fallo es el tenor siguiente: "ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra y D./Dña. Anselmo, Proyecta Contratas y Desarrollos S.L., y Bilbao Cia. Seguros Y Reaseguros S.A., en consecuencia

CONDENO a Anselmo a pagar al Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de siete mil quinientos treinta y seis con cincuenta y cinco Euros (7.536,55 euros) más los intereses legales desde interposición de la demanda.

ABSUELVO A Bilbao CIA de Seguros y Reaseguros S.A. y a Proyecta Contratas y Desarrollos S.L. de todos los pedimentos formulados contra ellas en la demanda.

CONDENO a D. Anselmo al pago de las costas causadas en el presente procedimiento al Consorcio de Compensación de Seguros.

No ha lugar a especial pronunciamiento sobre costas respecto de Bilbao CIA de Seguros y Reaseguros S.A. y a Proyecta Contratas y Desarrollos S.L.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación tanto por la entidad demandante, como por el codemandado Sr. Anselmo, exponiendo las alegaciones en que basan su impugnación. Admitidos los recursos en ambos efectos, se dio traslado a la parte apelada, oponiéndose la aseguradora codemandada expresamente a los recursos formulados de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la primera instancia, - cuya parte dispositiva se ha transcrito en los antecedentes de hecho de esta resolución - se han alzado el Abogado del Estado en representación del CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, y la representación procesal del codemandado DON Anselmo

.

SEGUNDO

El recurso de apelación interpuesto por DON Anselmo, debe ser desestimado, con imposición al citado recurrente de las costas del recurso y la pérdida del depósito constituido para recurrir, al carecer de legitimación activa para interesar en esta segunda instancia la condena de "BILBAO CIA. SEGUROS Y REASEGUROS S.A.", única pretensión que ejercita, pues resulta incuestionable que el recurrente no ha ejercitado en los presentes autos acción alguna contra la compañía de seguros codemandada cuya condena interesa, siendo doctrina jurisprudencial consolidada, entre otras por la STS de 4 de octubre de 2011 que cita la STS de 15 de junio de 2009 que procede desestimar los...

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