SAP Madrid 64/2018, 22 de Febrero de 2018
Ponente | RAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON |
ECLI | ES:APM:2018:1895 |
Número de Recurso | 494/2017 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 64/2018 |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Vigésima
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 7 - 28035
Tfno.: 914933881
37007740
N.I.G.: 28.079.42.2-2013/0080526
Recurso de Apelación 494/2017
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 660/2013
APELANTE: D./Dña. Anselmo
PROCURADOR D./Dña. JORGE DELEITO GARCIA
CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS
Sr. ABOGADO DEL ESTADO
APELADO: BILBAO CIA ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS
PROCURADOR D./Dña. MARIA CONCEPCION VILLAESCUSA SANZ
PROYECTA CONTRATAS Y DESARROLLOS, S.L.
SENTENCIA
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ
D. RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON
D. RAFAEL DE LOS REYES SAINZ DE LA MAZA
En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil dieciocho.
La Sección Vigésima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 660/2013 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid a instancia de CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS como apelante - demandante, representada por el Abogado del Estado; así como D. Anselmo
, apelante - demandado, representado por el Procurador D. JORGE DELEITO GARCIA, contra BILBAO CIA. ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS apelada - demandada, representada por la Procuradora Dña. MARIA
CONCEPCION VILLAESCUSA SANZ; y PROYECTA CONTRATAS Y DESARROLLOS, S.L.; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 12/01/2017 .
VISTO, Siendo Magistrado Ponente D. RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON .
Por Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 12/01/2017, cuyo fallo es el tenor siguiente: "ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra y D./Dña. Anselmo, Proyecta Contratas y Desarrollos S.L., y Bilbao Cia. Seguros Y Reaseguros S.A., en consecuencia
CONDENO a Anselmo a pagar al Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de siete mil quinientos treinta y seis con cincuenta y cinco Euros (7.536,55 euros) más los intereses legales desde interposición de la demanda.
ABSUELVO A Bilbao CIA de Seguros y Reaseguros S.A. y a Proyecta Contratas y Desarrollos S.L. de todos los pedimentos formulados contra ellas en la demanda.
CONDENO a D. Anselmo al pago de las costas causadas en el presente procedimiento al Consorcio de Compensación de Seguros.
No ha lugar a especial pronunciamiento sobre costas respecto de Bilbao CIA de Seguros y Reaseguros S.A. y a Proyecta Contratas y Desarrollos S.L.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación tanto por la entidad demandante, como por el codemandado Sr. Anselmo, exponiendo las alegaciones en que basan su impugnación. Admitidos los recursos en ambos efectos, se dio traslado a la parte apelada, oponiéndose la aseguradora codemandada expresamente a los recursos formulados de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Frente a la sentencia dictada en la primera instancia, - cuya parte dispositiva se ha transcrito en los antecedentes de hecho de esta resolución - se han alzado el Abogado del Estado en representación del CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, y la representación procesal del codemandado DON Anselmo
.
El recurso de apelación interpuesto por DON Anselmo, debe ser desestimado, con imposición al citado recurrente de las costas del recurso y la pérdida del depósito constituido para recurrir, al carecer de legitimación activa para interesar en esta segunda instancia la condena de "BILBAO CIA. SEGUROS Y REASEGUROS S.A.", única pretensión que ejercita, pues resulta incuestionable que el recurrente no ha ejercitado en los presentes autos acción alguna contra la compañía de seguros codemandada cuya condena interesa, siendo doctrina jurisprudencial consolidada, entre otras por la STS de 4 de octubre de 2011 que cita la STS de 15 de junio de 2009 que procede desestimar los...
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