STSJ Cataluña 181/2007, 22 de Febrero de 2007

PonenteMARIA JESUS EMILIA FERNANDEZ DE BENITO
ECLIES:TSJCAT:2007:112
Número de Recurso923/2003
Número de Resolución181/2007
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 181 / 2007

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN

MAGISTRADOS

Dª. Mª JESÚS EMILIA FERNÁNDEZ DE BENITO

Dª. PILAR GALINDO MORELL

En la ciudad de Barcelona, a veintidos de febrero de dos mil siete.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 923/2003, interpuesto por TECNO SPUMA INMOBILIARIA, S.L, representado por el Procurador D. JAVIER SEGURA ZARIQUIEY, contra T.E.A.R.C , representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª JESÚS EMILIA FERNÁNDEZ DE BENITO , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. JAVIER SEGURA ZARIQUIEY actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente procedimiento la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña de 17 de octubre de 2002, recaída en la reclamación nº 08/1908/01, formulada en nombre y representación de TECNO SPUMA INMOBILIARIA, S.L. contra el acuerdo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria - Administración de Badalona- por el concepto de IVA, sanción por infracción tributaria grave.

SEGUNDO

Manifiesta expresamente el recurrente en su demanda que la cuestión planteada no consiste en decidir si la conducta de la empresa era acreedora de la sanción tributaria que en su día se le impuso, sino dilucidar si el procedimiento por el que se inició y resolvió la imposición de la sanción era ajustado a derecho. A tal fin invoca el artículo 34.3 de la Ley 1/1998, de Derechos y Garantías del Contribuyente para aducir que se ha producido la caducidad del expediente sancionador por el transcurso injustificado de más de seis meses.

Y en efecto, del examen de las actuaciones que conforman el expediente administrativo de...

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