STSJ Andalucía 820/2009, 26 de Junio de 2009
Ponente | GUILLERMO SANCHIS FERNANDEZ MENSAQUE |
ECLI | ES:TSJAND:2009:7228 |
Número de Recurso | 152/2007/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 820/2009 |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
ILMOS. SRES.
D.Heriberto Asencio Cantisán
D.Guillermo Sanchis Fdez Mensaque
D.José Ángel Vázquez García
En Sevilla, a veintiséis de junio de dos mil nueve.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los magistrados que al margen se expresan, ha visto en el nombre del Rey el recurso contencioso administrativo registrado con el número de autos 152/2007, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: don Teofilo , mayor de edad y vecino de Fuenteheridos, representado por la procuradora doña Fátima Arjona Aguado y dirigido por letrado; y DEMANDADA: El Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, representado y dirigido por el Abogado del Estado. Ha sido ponente Guillermo Sanchis Fdez Mensaque.
Por la parte actora se interpuso recurso contencioso administrativo contra acuerdo del TEARA, de fecha 29 de noviembre de 2006, recaído en reclamación económico administrativa 21/323/2005, por el que se desestima reclamación económico administrativo formulada por la actora contra resolución de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. en Huelva, por el que se declara al actor responsable subsidiario de las deudas pendientes de la entidad "Matías Hernández López, La Comercial Andaluza, S.A." por importe total de 49.985'62 euros.
Por la actora se interpuso demanda en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estima aplicables al caso, termina suplicando que se anule la resolución recurrida.
Por la parte demandada se contestó a la demanda en escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estima aplicables al caso, termina suplicando que se desestime el recurso.
Limitándose la prueba al expediente, no se recibió el recurso a prueba; y no solicitada vista ni conclusiones ni estimar la Sala preciso el trámite, se declaró concluso el procedimiento.
La votación y fallo tuvo lugar el día señalado, habiéndose observado las prescripciones legales.
Empieza el actor reclamando la nulidad de pleno derecho de la declaración de responsabilidad por haberse prescindido del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS, 4 de Abril de 2011
...del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección Cuarta ), en el recurso de dicho orden jurisdiccional núm. 152/2007, en el que se impugnaba el Acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de fecha 29 de noviembre de 2006, desestimatorio de la reclamación nº NU......