ATSJ Comunidad Valenciana 13/2018, 26 de Febrero de 2018

PonenteCARMEN LLOMBART PEREZ
ECLIES:TSJCV:2018:3A
Número de Recurso7/2018
ProcedimientoCausas penales estatutos de autonomía
Número de Resolución13/2018
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2018
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNITAT VALENCIANA

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

VALENCIA

NIG Nº 46250-31-2-2018-0000010

Causas Penales Estatutos de Autonomía - 000007/2018

A U T O nº 13/2018

Ilmo. Sr. Presidente

D. Antonio Ferrer Gutiérrez

Iltmos. Sres. Magistrados

Dª. CARMEN LLOMBART PEREZ

D. Rafael Pérez Nieto

En Valencia, a veintiseis de febrero de dos mil dieciocho.

HECHOS
PRIMERO

Que por diligencia de ordenación de 31 de enero de 2018 se tuvo por presentada ante la Sala civil y penal del TSJCV querella por la Procuradora de los Tribunales Elena Gil Bayo en nombre y representación de Dña. Luz , turnándose la ponencia a la Ilma. Magistrada Dña. CARMEN LLOMBART PEREZ y dictándose providencia de 6 de febrero de 2018 dando cuenta al Ministerio Fiscal a los efectos de los dispuesto en el art 313 de la LECRIM , quien informo en el sentido de declarar la competencia de la Sala respecto del querellado aforado y a su vez la inadmisión a trámite al no concurrir los elementos integradores de los delitos de impedir el ejercicio de los derechos cívicos del art 542 del C.P . ni del delito de prevaricación administrativa del art 404 del C.P . y declarar la incompetencia funcional de la sala del TSJCV para conocer los hechos imputados a las personas no aforadas.

SEGUNDO

La querella se basó sucintamente en que los querellados D. Luis María , Alcalde del Ayuntamiento del Alfas del Pi y Diputado en Cortes Valencianas , Julián Teniente -Alcalde y Marina , Concejal de Hacienda del mismo Consistorio, denegaron dictando distintas resoluciones arbitrarias, o bien mediante deliberada actitud omisiva para obstaculizar hasta la fecha el acceso a la información municipal necesaria para el ejercicio de los derechos de los Concejales previsto en la Ley de Régimen Local y en la Ley de Régimen Local de la Comunidad Valenciana.

La actuación obstruccionista de los querellados obligaron a la querellante y otros Concejales del su Grupo Municipal a interponer distintos procedimientos judiciales por la vía de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales por inactividad administrativa y/o denegación de acceso a información municipal. Tanto los Juzgados de lo Contencioso Administrativo como la Sala han declarado de forma reiterada y constante la vulneración del Ayuntamiento de Alfas del Pi, y de su máximo representante el Alcalde, del derecho fundamental previsto en el art 23 de la CE , señalando las diferentes resoluciones , a saber:

  1. - Sentencia 505/2014 de 19 de diciembre de 2014 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales 391/2014 sobre denegación de acceso a los expedientes de disciplina urbanística.

    Sentencia estimatoria del recurso, declarada firme al no haber sido recurrida.

  2. - Sentencia 506/2014 de 19 de diciembre de 2014 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales 392/2014, sobre acceso a documentación al contrato de obras de alcantarillado adjudicado a la mercantil AGUAGEST.

    Sentencia estimatoria del recurso por vulneración del art. 23 de la C.E . declarada firme al no ser recurrida.

  3. - Sentencia 211/2015 de 22 de mayo de 2015 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales 67/15 sobre acceso consulta y visualización de los registros de entrada y salida y registro de facturas del Ayuntamiento de Alfaz del Pi.

    Sentencia estimatoria del recurso, recurrida y confirmada, por vulneración del art. 23 de la C.E .

  4. - Sentencia 210/2015 de 22 de mayo de 2015 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales 700/14 sobre la denegación acceso consulta y visualización de los registros de entrada y salida del Ayuntamiento de ALFAZ DEL PI.

    Sentencia estimatoria del recurso, recurrida y confirmada, por vulneración del art. 23 de la C.E .

  5. - Sentencia 318/2015 de 15 de Julio de 2015 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales 628/14 sobre acceso consulta y visualización de los registros de entrada y salida del Ayuntamiento de ALFAZ DEL PI.

    Sentencia estimatoria del recurso, confirmada, por vulneración del art. 23 de la C.E .

  6. - Sentencia de la Sala de lo Contencioso - Administrativo Sección Quinta N.º 861/2015, de 22 de octubre de 2015, revocatoria de la sentencia desestimatoria del recurso, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Alicante, en procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, sobre información de gastos derivados de la organización del V Festival de cine de ALFAZ DEL PI.

  7. - Sentencia 369/2015 de 3 de noviembre de 2015 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales 696/14 impugnando el Decreto de la Alcaldía de 11 de diciembre de 2014. Sentencia estimatoria del recurso, recurrida y confirmada, por vulneración del art. 23 de la C.E .

  8. - Sentencia 950/2015 de 18 de noviembre de 2015 dictada en el Rollo de Apelación 474/2015 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria del recurso, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales.

  9. - Sentencia 1121/2015 de 22 de diciembre de 2015 dictada en el Rollo de Apelación 342/2015 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales.

  10. - Sentencia 113/2016 de 27 de enero de 2016 dictada en el Rollo de Apelación 637/2015 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales.

  11. - Sentencia Nº 45/2016 de 15 de febrero de 2016 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante , procedimiento ordinario 175/15.

    Sentencia estimatoria del recurso, recurrida y confirmada.

  12. - Sentencia estimatoria del recurso 46/2016 de 15 de febrero de 2016 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante , procedimiento ordinario 176/15.

    Sentencia estimatoria del recurso.

  13. - Sentencia 47/2016 de 15 de febrero de 2016 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante, Procedimiento ordinario 174/15.

    Sentencia estimatoria del recurso, recurrida y confirmada.

  14. - Sentencia 143/2016 de 17 de febrero de 2016 dictada en el Rollo de Apelación 287/15 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales N.º 385/14.

  15. - Sentencia 261/2016 de 5 de abril de 2016 dictada en el Rollo de Apelación 422/15 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales N.º 525/14.

  16. - Sentencia 269/2016 de 12 de abril de 2016 dictada en el Rollo de Apelación 313/15 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Alicante, procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales.

  17. - Sentencia 796/2016 de 4 de octubre de 2016 dictada en el Rollo de Apelación 148/16 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales N.º 123/15.

  18. - Sentencia 15/2017 de 4 de octubre de 2016 dictada en el Rollo de Apelación 69/16 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales N.º 67/15.

  19. - Sentencia 263/2016 de 19 de mayo de 2016 dictada en el Rollo de Apelación 617/15 por la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª revocando la Sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Alicante, Procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales N.º 41/15.

    Además, no se facilita el acceso directo a los registros de entrada y salida a los querellados, a los soportes documentales que justifican los gastos de atenciones protocolarias faltando a la verdad y tampoco se han facilitado los informes interesados en la ejecución provisional núm. 174/2015 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 4 de Alicante.

    Estimando por todo ello que los hechos descritos son constitutivos de un delito de impedir el ejercicio de los derechos cívicos del art 542 del C.P y de un delito de prevaricación administrativa del art 404 del C.P . y solicitando la admisión a trámite de la querella a fin de que se investiguen los hechos denunciados.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Cierto es que de conformidad a lo prevenido por el artículo 73.3.a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial , esta Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia tendría...

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