ATS, 14 de Marzo de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:2433A |
Número de Recurso | 3600/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 14/03/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3600 / 2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 8 DE ALICANTE
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: AGG/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 3600/2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M. Ángeles Parra Lucán
En Madrid, a 14 de marzo de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de Verdú Cantó Saffron Spain, S.L. interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 16 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 8.ª) en el rollo de apelación n.º 90/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1296/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Novelda.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este tribunal por término de treinta días.
Formado el rollo de sala, el procurador D. Ignacio Melchor de Oruña, en nombre y representación de Verdú Cantó Saffron Spain, S.L., presentó escrito con fecha 2 de diciembre de 2015, personándose en concepto de parte recurrente. El procurador D. José Ignacio de Noriega Arquer, en nombre y representación de Nubeco Alimentación S.L. y Adquiven, S.L., presentó escrito en fecha 4 de diciembre de 2015, personándose como parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley orgánica del Poder Judicial .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Verdú Cantó Saffron Spain, S.L., al concurrir los presupuestos exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC .
De conformidad con el art. 485 LEC la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Verdú Cantó Saffron Spain, S.L. interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 16 de octubre de 2015 por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 8.ª) en el rollo de apelación n.º 90/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1296/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Novelda.
-
) Abrir el plazo de veinte días a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.