ATS, 7 de Marzo de 2018
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2018:2091A |
Número de Recurso | 202/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 07/03/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 202 / 2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8 DE SEVILLA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: LTV/P
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 202/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M. Ángeles Parra Lucán
En Madrid, a 7 de marzo de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de Acciona Inmobiliaria S.L.U. presentó escrito de interposición de recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada con fecha 30 de septiembre de 2015 por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 8.ª), en el rollo de apelación n.º 237/2011 , dimanante de procedimiento ordinario n.º 2144/2009 del Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Sevilla.
Mediante diligencia de ordenación de fecha 17 de noviembre de 2010 se tuvieron por interpuestos los recursos acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
Mediante escrito enviado el 21 de enero de 2016 la procuradora D.ª Gloria Messa Teichman, en nombre y representación de Acciona Inmobiliaria S.L.U. se personaba en concepto de parte recurrente. Mediante escrito enviado el 4 de marzo de 2016 la procuradora D.ª Carmen Pino Copero, en nombre y representación de Inmobiliaria Vegas de Guadaira, S.L. se personaba en concepto de parte recurrida.
La parte recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la LOPJ .
Examinadas las actuaciones procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de Acciona Inmobiliaria S.L.U. no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con los arts. 485 y 474 ambos LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de Acciona Inmobiliaria S.L.U. contra la sentencia dictada con fecha 30 de septiembre de 2015 por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 8.ª), en el rollo de apelación n.º 237/2011 , dimanante de procedimiento ordinario n.º 2144/2009 del Juzgado de Primera Instancia n.º 22 de Sevilla.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos.
Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.