SAP Albacete 11/2018, 17 de Enero de 2018

PonenteCESAREO MIGUEL MONSALVE ARGANDOÑA
ECLIES:APAB:2018:24
Número de Recurso452/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución11/2018
Fecha de Resolución17 de Enero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Modelo: N26200

C/ SAN AGUSTÍN Nº 1 DE ALBACETE.

Tfno.: 967596558 /967596557 Fax: 967596501 /967596530

Equipo/usuario: MHD

N.I.G. 02069 41 1 2016 0000432

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000452 /2017

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LA RODA

Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000491 /2016

Recurrente: Ángel Jesús, Victor Manuel, Adriano

Procurador: DOMINGO RODRIGUEZ-ROMERA BOTIJA, DOMINGO RODRIGUEZ-ROMERA BOTIJA, DOMINGO RODRIGUEZ-ROMERA BOTIJA

Abogado:,, JOSE LUIS GISBERT DEL CAMPO

Recurrido: Andrés

Procurador: SONIA HERREROS OLIVAS

Abogado: FEDERICO ORTIZ PÉREZ

S E N T E N C I A NUM. 11-18

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos. Sres.

Presidente

D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA

Magistrados

D. JOSÉ GARCÍA BLEDA

D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ

En Albacete a diecisiete de enero de dos mil dieciocho.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 491/16 de Procedimiento Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia de La Roda y promovidos por D. Ángel Jesús, D. Adriano Y D. Victor Manuel contra D. Andrés, cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 26 de Abril de 2017 por la Iltma. Sra. Magistrada-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpusieron los referidos demandantes. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 11 de Enero de 2018.

ANTEC EDENTES DE HECHO

ACEPT ANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

PRIME RO.- Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez-Romera Botija, en nombre y representación de D. Victor Manuel, D. Adriano y D. Ángel Jesús, frente a D. Andrés, y condeno al demandado a que abone a los actores la cantidad de 16.551,86 euros más los intereses legales.- No cabe hacer especial pronunciamiento respecto al pago de las costas procesales.-Notifíquese a las partes.-Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación. DE CONFORMIDAD CON MODIFICACIÓN. DE LA L.O.P.J. POR LA LEY 1/2009 BOE 4-11-09 D.A. 15 ª., ES PRECISO LA CONSIGNACIÓN EN LA CUENTA DE CONSIGNACIONES Y DEPOSITOS DEL JUZGADO DE LA CANTIDAD DE 50 € COMO REQUISITO PARA ADMITIR A TRÁMITE EL RECURSO DE APELACIÓN.-Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.".

SEGUN DO.- Contr a la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por los apelantes D. Ángel Jesús,

D. Adriano Y D. Victor Manuel, representados por medio del Procurador D. Domingo Rodríguez-Romera Botija, bajo la dirección del Letrado D. Miguel Ángel Cuervas-Mons Martínez, en Primera Instancia, y del Letrado D. José Luis Gisbert del Campo en esta Alzada, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazadas las partes, por la apelada, representada por la Procuradora Dª Sonia Herreros Olivas, bajo la dirección del Letrado D. Federico Ortiz Pérez se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de diez días, compareciendo los referidos procuradores en las representaciones ya indicadas.

TERCE RO.- En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales

VISTO siend o Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA.

FUNDA MENTOS DE DERECHO

PRIME RO.- Los Sres. Adriano Victor Manuel Ángel Jesús interpusieron demanda contra D. Andrés solicitando que les indemnizara en la cantidad de 33.576,44 euros, importe adeudado por el citado demandado al padre y causante de los actores - ya fallecido -, quien hubo de responder como fiador de aquél frente al BBVA en el Juicio Ejecutivo 385/1992 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Albacete, en que se embargaron y subastaron distintas fincas del fiador tasadas en 30.822,86 euros así como 2.747,82 euros de una cuenta corriente de su titularidad. La sentencia dictada por el Juzgado estimó parcialmente la demanda, en concreto por la cantidad de 16.551,86 euros, importe que comprendía estos últimos 2.747,82 euros y otros

13.804,04 euros que correspondían al importe obtenido tras la subasta de los bienes embargados y que fue la cantidad que efectivamente pagó el padre de los actores al BBVA a cuenta de la deuda del deudor fiado.

Frent e a esta sentencia interponen recurso de apelación los actores, discrepando de la misma y solicitando su revocación y el dictado de otra en su lugar que, estimando en su integridad la demanda interpuesta, condene al demandado a indemnizarles en la reclamada cantidad de 33.576,44 euros y con imposición de las costas del procedimiento.

Se opuso el Sr. Andrés a dicho recurso de apelación, combatiendo los argumentos del mismo y solicitando la confirmación de la sentencia recurrida con imposición de costas a los apelantes.

SEGUN DO.- El único motivo de recurso invoca la existencia de un error en la valoración de la prueba documental (en concreto los documentos nº 8 y 9 de la demanda) y en la aplicación del derecho, en concreto de los arts. 1.838 y 1.839 del Código Civil . Consideran los recurrentes que la cantidad en que deben ser indemnizados por el demandado no puede ser únicamente la obtenida por la subasta de los bienes de su padre y aplicada al pago parcial de la deuda sino la correspondiente al valor de tasación de los bienes subastados, de suerte que la diferencia entre este valor de tasación y el obtenido por la subasta de los bienes debe ser

satisfecha por el deudor fiado en concepto de indemnización de daños y perjuicios causados, que...

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