ATS, 31 de Enero de 2018

PonenteMARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
ECLIES:TS:2018:769A
Número de Recurso3227/2015
ProcedimientoCivil
Fecha de Resolución31 de Enero de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

A U T O

Fecha Auto: 31/01/2018

Recurso: CASACIÓN 3227/2015

Ponente Excma. Sra. Dª.: M.ª Angeles Parra Lucan

Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

RECURRENTE: PROCURADORD.ª Amalia Delgado Cid

RECURRIDO: PROCURADOR

CUESTION DE FONDO

TRIBUNAL SUPREMO.

Sala de lo Civil

A U T O

Excmos. Sres.:

Presidente

Magistrados

D. Francisco Marin Castan

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

Dª. M.ª Angeles Parra Lucan

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Enero de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Dª Susana y D. Camilo presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 28 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8388/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 1486/2013, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla.

SEGUNDO

La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Dª Amalia Delgado Cid en nombre y representación de Dª Susana y D. Camilo , como parte recurrente. No se ha personado la parte recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Susana y D. Camilo , dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.

SEGUNDO

No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC 2000 , al no haberse personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la para la votación y fallo del recurso

PARTE DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto,

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Susana y D. Camilo contra la sentencia dictada, el día 28 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8388/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 1486/2013, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla.

  2. ) Y queden los presentes autos pendientes de señalamiento del día y hora para la votación y fallo del recurso interpuesto

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

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