ATS, 31 de Enero de 2018
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN |
ECLI | ES:TS:2018:769A |
Número de Recurso | 3227/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
A U T O
Fecha Auto: 31/01/2018
Recurso: CASACIÓN 3227/2015
Ponente Excma. Sra. Dª.: M.ª Angeles Parra Lucan
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
RECURRENTE: PROCURADORD.ª Amalia Delgado Cid
RECURRIDO: PROCURADOR
CUESTION DE FONDO
TRIBUNAL SUPREMO.
Sala de lo Civil
A U T O
Excmos. Sres.:
Presidente
Magistrados
D. Francisco Marin Castan
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Dª. M.ª Angeles Parra Lucan
En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Enero de dos mil dieciocho.
La representación procesal de Dª Susana y D. Camilo presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 28 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8388/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 1486/2013, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla.
La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Dª Amalia Delgado Cid en nombre y representación de Dª Susana y D. Camilo , como parte recurrente. No se ha personado la parte recurrida.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Susana y D. Camilo , dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.
No siendo precisa la apertura del trámite procesal previsto en el art. 485 LEC 2000 , al no haberse personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la para la votación y fallo del recurso
En virtud de lo expuesto,
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Susana y D. Camilo contra la sentencia dictada, el día 28 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8388/2014 , dimanante del juicio ordinario n.º 1486/2013, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla.
-
) Y queden los presentes autos pendientes de señalamiento del día y hora para la votación y fallo del recurso interpuesto
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.