ATS, 17 de Enero de 2018

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2018:215A
Número de Recurso3132/2015
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución17 de Enero de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

A U T O

Fecha Auto: 17/01/2018

Recurso: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL 3132/2015

Ponente Excmo. Sr. D.: Francisco Marin Castan

Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Escrito por: DVG/I

RECURRENTE: PROCURADORD.ª Maravillas Briales Rute

RECURRIDO: PROCURADOR

D. Argimiro Vázquez Guillén

CUESTION DE FONDO

Recurso Num.: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL 3132/2015

Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Procurador:

D.ª Maravillas Briales Rute

D. Argimiro Vázquez Guillén

TRIBUNAL SUPREMO.

Sala de lo Civil

A U T O

Excmos. Sres.:

Presidente

Magistrados

D. Francisco Marin Castan

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

Dª. M.ª Angeles Parra Lucan

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Enero de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por la representación procesal de D.ª Florinda se ha interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, en fecha 26 de junio de 2015, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4.ª), en el rollo de apelación núm. 713/2014 dimanante de los autos de juicio ordinario núm. 1373/2014 del Juzgado de Primera Instancia núm. 30 de Barcelona.

SEGUNDO

Por diligencia de ordenación de fecha 16 de octubre de 2015 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la procuradora D.ª Maravillas Briales Rute, en nombre y representación de D.ª Florinda , presentó escrito personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Argimiro Vázquez Guillén en nombre y representación de Catalunya Banc S.A., presentó escrito ante esta Sala personándose en calidad de parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª Florinda , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 de la LEC . Del mismo modo, procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal planteado.

SEGUNDO

De conformidad con los arts. 474 y 485 de la LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación del auto.

PARTE DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto,

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D.ª Florinda contra la sentencia dictada en fecha 26 de junio de 2015, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4.ª), en el rollo de apelación núm. 713/2014 dimanante de los autos de juicio ordinario núm. 1373/2014 del Juzgado de Primera Instancia núm. 30 de Barcelona.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 473.3 y 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR