STSJ Comunidad Valenciana 1117/2017, 27 de Septiembre de 2017

PonenteRAFAEL PEREZ NIETO
ECLIES:TSJCV:2017:6244
Número de Recurso2000/2013
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1117/2017
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

PROCEDIMIENTO ORDINARIO - 002000/2013

N.I.G.: 46250-33-3-2013-0004585

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SENTENCIA Nº 1117/17

En la ciudad de Valencia, a 27 de septiembre de 2017.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Luis Manglano Sada, Presidente, don Rafael Pérez Nieto, don José Ignacio Chirivella Garrido y doña María Belén Castelló Checa, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 2000/13, en el que han sido partes, como recurrente, don Justino

, representado por la Procuradora Sra. Ventura Ungo y defendido por la Letrada Sra. Martínez Cerdá, y como demandadas el TEAR (Tribunal Económico-Administrativo Regional), representado y defendido por la Sra. Abogada del Estado, y la Generalitat Valenciana, representada y defendida por Sr. Letrado de su gabinete jurídico. La cuantía es de 7025,82 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verificó en escrito mediante el que queda ejercitada su pretensión de que se declaren contrarios a Derecho y se anulen el acuerdo del TEAR y la liquidación tributaria.

SEGUNDO

Las representaciones procesales de las partes demandadas, en sus escritos de contestación, solicitaron que se desestime el recurso contencioso-administrativo.

TERCERO

El proceso no se recibió a prueba y los autos quedaron pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 27 de septiembre de 2017.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es resolución del TEAR (Tribunal Económico- Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana), fechada a 26-4-2013, que inadmitió la reclamación núm. NUM000 interpuesta por don Justino . Dicha reclamación se planteó contra la liquidación del ITPO (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) por 7025,82 euros, concluyendo el TEAR

que se hubo interpuesto extemporáneamente, más allá del plazo legal de un mes establecido en el art. 235.1 LGT .

En tal sentido razonó: "el acto administrativo impugnado se notifica el día 24-10-2012, según acuse de recibo de la Oficina de Correos que consta en el expediente administrativo remitido, por lo que el plazo para interponer reclamación contra el mismo comenzaba el siguiente 25-10-2012 y terminaba el día 24-11- 2012, que era día hábil a todos los efectos. Habiendo sido interpuesta la presente reclamación económico-administrativa el día 26-11-2012, debe declararse la extemporaneidad de la misma".

La parte recurrente, don Justino, relata que el día 26-11-2012 era sábado y por ello hábil, siendo que los organismos que pueden recibir el escrito de interposición no están abiertos al público el sábado por la tarde, con lo cual dicho recurrente no puedo disponer de todo el plazo legal. En cuanto a la impugnación de la liquidación tributaria, la parte recurrente se remite a sus alegaciones esgrimidas en la vía administrativa.

SEGUNDO

El presente caso ha de resolverse aplicando la doctrina...

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