STSJ Comunidad Valenciana 915/2017, 19 de Julio de 2017
Ponente | RAFAEL PEREZ NIETO |
ECLI | ES:TSJCV:2017:5297 |
Número de Recurso | 2009/2013 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 915/2017 |
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2017 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
PROCEDIMIENTO ORDINARIO - 002009/2013
N.I.G.: 46250-33-3-2013-0004598
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA Nº 915/17
En la ciudad de Valencia, a 19 de julio de 2017.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Luis Manglano Sada, Presidente, don Rafael Pérez Nieto, don José Ignacio Chirivella Garrido y doña María Belén Castelló Checa, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 2009/13, en el que han sido partes, como recurrente, don Teofilo
, representado por la Procuradora Sra. Soler Monforte y defendido por él mismo, y como demandada el Tribunal Económico-Administrativo Regional, que actuó bajo la representación de la Sra. Abogada del Estado. La cuantía es de 915,33 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verifica en escrito mediante el que quedan ejercitadas sus pretensiones de que se anulen la resolución impugnada del TEAR y las liquidaciones tributarias y que se ordene la devolución de las cantidades debidas con sus intereses.
La parte demandada dedujo escrito de contestación en el que solicita que se declare la conformidad a Derecho de la resolución impugnada.
El proceso no se recibió a prueba y los autos quedaron pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 19 de julio de 2017.
El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es el acuerdo del TEAR (Tribunal Económico- Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana), de 24-5-2013, que desestimó la reclamación núm. NUM000 . Esta se planteó por don Teofilo contra las liquidaciones del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) de los ejercicios de 2010 con un importe total de 913,33 euros.
Mediante su regularización, y en lo que ahora interesa, la Administración dispuso que determinadas cuotas del IVA soportado por don Teofilo se dedujeran en el 50% y no en el 100%; en concreto, las cuotas relativas al combustible y reparación de un vehículo automóvil, e igualmente la Administración rechazó la deducción del IVA soportado en telefonía móvil y prensa de fin de semana.
La parte recurrente del proceso, don Teofilo, en esta vía jurisdiccional, relata que desarrolla la actividad profesional de Abogado dentro las ramas mercantil, concursal y administrativa. Postula la deducibilidad del 100% de las cuotas del IVA soportado en sus gastos de uso y mantenimiento del vehículo, así como el IVA de la telefonía móvil y el de la prensa generalista de fin semana, dado que incluye suplementos económicos.
Cabe recordar que, con arreglo al art. 95 Uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, relativo a las limitaciones del derecho a deducir, "losempresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o...
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