STSJ Andalucía 1234/2017, 5 de Julio de 2017

PonenteRAUL PAEZ ESCAMEZ
ECLIES:TSJAND:2017:9910
Número de Recurso594/2017
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1234/2017
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2017
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Avda. Manuel Agustín Heredia nº 16

N.I.G.: 2906744S20160007755

Negociado: RM

Recurso: Recursos de Suplicación 594/2017

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº13 DE MALAGA

Procedimiento origen: Seguridad Social en materia prestacional 527/2016

Recurrente: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Representante:

Recurrido: Doroteo

Representante:DIEGO CALVO GARCIA

Sentencia Nº 1234/17

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMÓN GÓMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

En la ciudad de Málaga a cinco de julio de dos mil diecisiete

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº13 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Doroteo sobre Seguridad Social en materia prestacional siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 28 de Diciembre de 2016 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. Doroteo, mayor de edad, con DNI NUM000, nacido el NUM001 /1979 en Antequera, contrajo matrimonio el día 11/12/2013 en Mollina, con Pelayo, brasileño, natural de Umuarama, Panamá (Brasil).

    II .- Pelayo es padre de una niña, Olga, nacida el día NUM002 /2013, a las 16:58 horas en New Delhi (India.

    La menor convivía con el actor y su esposo y padre de la menor desde el nacimiento de la misma, teniendo la pareja otro hijo en común, Juan Miguel .

    III .- En virtud de Sentencia dictada por el Juzgado mixto Nº 2 de Antequera (Málaga), de fecha 10/2/2016, se acuerda "la adopción en interés de la menor Olga por Doroteo, la cual llevará en adelante el apellido del nuevo adoptante, además del primero perteneciente a su padre Pelayo, pasando por lo tanto a ser Carolina .

  2. En fecha 10//2016 se presentó la pertinente solicitud de obtención de prestación de maternidad junto con documentación necesaria en las oficinas de Seguridad Social.

    El certificado de empresa con bases de cotización para la solicitud de maternidadpaternidad, indica como datos de la empresa para la que trabaja el actor Café store, SAU, siendo la fecha de alta en la empresa de 12/11/2014, grupo de cotización 3, fecha de inicio del descanso 10/5/2016 y fecha de finalización del descanso 29/8/2016.

    V .- En fecha 11/5/2016 la Dirección provincial del INSS resuelve denegar la solicitud

    por "no encontrase en ninguna de las situaciones protegidas, de acuerdo con lo previsto en los arts 177 y 318, y disposición adicional primera del RDL 8/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la LGSS, y en los arts 2 y 3 RD 295/2009 de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la seguridad social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural".

  3. En fecha 26/5/2016 se interpone reclamación previa contra la resolución de fecha 11/5/2016, la cual desestima la referida reclamación en fecha 2/6/2016.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los...

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