STSJ Castilla y León 804/2017, 23 de Junio de 2017
Ponente | ANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA |
ECLI | ES:TSJCL:2017:2536 |
Número de Recurso | 325/2016 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 804/2017 |
Fecha de Resolución | 23 de Junio de 2017 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 00804/2017
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE VALLADOLID
-SECCIÓN PRIMERA- Equipo/usuario: MPCModelo: N11600C/ ANGUSTIAS S/N N.I.G: 47186 33 3 2016 0004681
Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000325 /2016 MPC
Sobre: AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
De D. Horacio
ABOGADO D. FRANCISCO HERNANDEZ SAHAGUN
PROCURADOR D. MARIA ARANZAZU MUÑOZ RODRIGUEZ
Contra CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA -JUNTA DE CASTILLA Y LEON- ABOGADO LETRADO DE LA COMUNIDAD
PROCURADOR D./Dª.
SENTENCIA nº 804
ILMA. SRA. PRESIDENTA:
DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA
ILMOS . SRES. MAGISTRADOS:
DOÑA ENCARNACIÓN LUCAS LUCAS
DON FELIPE FRESNEDA PLAZA
En Valladolid a veintitrés de junio de dos mil diecisiete.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
La resolución de 21 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se desestima la solicitud de indemnización compensatoria correspondiente al año 2013, formulada por don Horacio y se deniega la concesión de dicha ayuda.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: D. Horacio, representado por la procuradora Sra. Muñoz Rodríguez y bajo dirección del letrado Sr. Hernández Sahagún.
Como codemandada: LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por letrada de sus Servicios Jurídicos.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA.
PRIME RO.- Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que con base en los hechos y fundamentos de derecho solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se reconozca y declare que la resolución objeto de recurso no es conforme a derecho, declarando su anulación y se condene al pago de la indemnización compensatoria correspondiente al año 2013, más los intereses legales, con condena en costas a la administración demandada.
Mediante otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.
SEGUN DO.- En el escrito de contestación el letrado de la Comunidad Autónoma, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia íntegramente desestimatoria de la demanda, con expresa imposición de las costas a la parte recurrente. TERCE RO.- El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos. Confe rido traslado a las partes para presentar conclusiones, se evacuó el trámite por todas ellas y se señaló para votación y fallo del presente recurso el día veintiuno de junio del año en curso.
CUART O.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
PRIME RO.- Se plantea en el presente recurso jurisdiccional la impugnación de la resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de 21 de diciembre de 2015, por la que se desestima la solicitud de indemnización compensatoria correspondiente al año 2013, formulada por el antes expresado recurrente y se deniega la concesión de dicha ayuda.
La cuestión que se plantea en el presente recurso a tenor del contenido del acuerdo recurrido y alegaciones de las partes, es si el actor tenía la disponibilidad de las parcelas que fueron objeto de declaración en su solicitud única de ayudas año 2013 al amparo de la Orden AYG/40/2013, de 30 de enero, por la que se convocan pagos directos a la agricultura y...
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