Sentencia nº 5/2017 de Tribunal Militar Territorial, Galicia (A Coruña), Sección 4ª, 9 de Febrero de 2017

PonenteFAUSTO MANUEL BLANCO ALVAREZ
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorTribunal Militar Territorial - Galicia (A Coruña), Sección 4ª
ECLIES:TMT:2017:28
Número de Recurso1/2016

SENTENCIA Nº 5/17

AUDITOR PRESIDENTE

Ilmo. Sr. Coronel Auditor

D. José Alfredo Fernández Pérez

VOCAL TOGADO

Sr. Comandante Auditor

D. Fausto Manuel Blanco Alvarez

VOCAL MILITAR

Sr. Comandante del Cuerpo General de las Armas

D. Francisco Rodríguez Vila

En la ciudad de A Coruña a nueve de febrero de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Penal del Tribunal Militar Territorial Cuarto, constituida por los Señores que al margen se expresan, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

Visto en Juicio Oral y Público el procedimiento Diligencias Preparatorias nº 42/01/16, instruido por el Juzgado Togado Militar Territorial núm. 42, con sede en Valladolid, por un posible delito de "abandono de destino", contra el Cabo del Ejército de Tierra D. Basilio, mayor de edad, con instrucción, provisto de DNI nº NUM000, hijo de Emilio y Eloisa, nacido en Valladolid el NUM001 de 1985, sin antecedentes penales, destinado en el momento de los hechos en el RCR "Farnesio" nº 12, Santovenia de Pisuerga (Valladolid). El acusado ha estado en situación de libertad provisional durante toda la tramitación del procedimiento.

Por lo que se refiere a su situación militar el Cabo Basilio perdió la condición de militar por rescisión de compromiso pasando a depender de la Subdelegación de Defensa de Valladolid.

En la vista, realizada en audiencia pública, ha estado presente el acusado, así como la letrada Dña. María de las Nieves Vázquez Madruga; ha sido parte el Ministerio Público, en concreto intervino en el acto de la vista la Teniente Auditor Dña. Eulalia, es Vocal Ponente el Comandante Auditor D. Fausto Manuel Blanco Alvarez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Las presentes actuaciones, se iniciaron por auto de fecha 2 de febrero de 2016, como consecuencia del parte cursado por el mando militar en el que se daba cuenta de la conducta del Cabo D. Basilio .

Incoadas las Diligencias Preparatorias, obra unida a actuaciones a los folios 25 a 28, diversa documentación médica relativa al inculpado; a los folios 33 y 34, declaración ratificación de parte del Teniente D. Benjamín

; a los folios 35 y 36, declaración del inculpado Cabo D. Basilio ; al folio 45, auto de fecha 2 de marzo de 2016, decretando la libertad provisional del inculpado; al folio 61, auto de fecha 30 de marzo de 2016, declarando conclusas las Diligencias Preparatorias; al folio 64, certificado del Registro Central de Penados, en el que no constan antecedentes penales relativos al inculpado; de los folios 65 a 67, escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal Jurídico Militar y a los 77 y 78, idéntico trámite evacuado por la defensa del inculpado.

SEGUNDO

En el acto de la Vista, que se desarrolló en la forma que determina el acta adjunta, inmediatamente iniciado el acto, y después de la lectura del escrito de acusación por la Secretario Relator, el Ministerio Fiscal presentó a Sala propuesta de conformidad a la que había llegado con la defensa, consistente, sobre la base del escrito de conclusiones provisionales emitidas por el Fiscal Jurídico Militar, en modificación de la conclusión quinta en el sentido de rebajar la solicitud de pena a tres meses y un día de prisión, manteniéndose el resto del escrito, habiendo manifestado expresamente su conformidad con dicha propuesta la Sra. Letrada defensor, conformidad que también prestó el inculpado.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO: Como tales expresamente declaramos, en concordancia con el acuerdo de las partes, que el Cabo D. Basilio, destinado en el RCR "Farnesio" 12, con sede en Santovenia de Pisuerga (Valladolid), faltó a lista de ordenanza desde el día 18 de enero de 2016, sin presentar justificación alguna de su ausencia, hasta el día 10 de febrero, fecha en la que se le concede una baja médica.

A la vista de la ausencia del Cabo el día 18, por parte del Sargento 1º Fidel, Jefe Accidental de Sección, se consiguió contactar telefónicamente con aquel, quien manifestó que el viernes día 15 había enviado por correo una continuidad de...

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