Auto Aclaratorio TS, 18 de Diciembre de 2017

PonenteLUCIANO VARELA CASTRO
ECLIES:TS:2017:12098AA
Número de Recurso78/2017
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2017
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

RECURSO CASACION núm.: 78/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Luciano Varela Castro

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Rico Fernández TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres.

D. Manuel Marchena Gomez

D. Francisco Monterde Ferrer

D. Luciano Varela Castro

D. Alberto Jorge Barreiro

D. Andres Palomo Del Arco

En Madrid, a 18 de diciembre de 2017.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Luciano Varela Castro.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 13 de noviembre de 2017, esta Sala dictó sentencia nº 730/2017, en el recurso de casación 78/2017, Interpuesto por D. Rafael Teodoro, D. Sergio Victorino D. Hernan Vicente, D. Jacinto Marcial, D. Fernando Cecilio, D. Victor Bartolome, D. Victorino Norberto y las sociedades «IBERTHERLOS, SA » y «CABO DE BARES, S.L., «SALVAT LOGÍSTICA SAU», antes («JOSE SALVAT SA») y «SPACE CARGO HEADQUARTERS SA» antes («DEPORTRANS»), contra la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, por un delito contra la salud pública.

SEGUNDO

Por escrito de 22 de noviembre de 2017, el procurador D. Eduardo Martínez Pérez, que lo es de

D. Victorino Norberto, solicita aclaración de dicha sentencia, subsanando la omisión padecida en el fallo de la segunda sentencia en el que se ha omitido la absolución de D. Victorino Norberto, D. Jacinto Marcial, D. Hernan Vicente y D. Fernando Cecilio del delito de insolvencia punible por el que venían siendo acusados, así como las responsabilidades que les exigían por razón de aquella acusación y dejando también sin efecto la responsabilidad exigida a la mercantil «CAREXPRESS LOGISTICS 2003, S.A.», tal como dicen el Fundamento de Derecho Tercero y el Fundamento de Derecho Único de la segunda sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El artículo 267.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone la posibilidad de rectificar en cualquier momento los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales.

SEGUNDO

Tal como indica la parte solicitante de la aclaración, en la sentencia de casación dijimos en su parte dispositiva:

«Estimar los recursos de casación formulados por D. Rafael Teodoro, D. Sergio Victorino, D. Victor Bartolome y de las Sociedades «IBERTHERLOS», «CABO DE BARES» y «SPACE CARGO HEADAURTERS SA» (antes «DEPORTRANS»), contra la sentencia dictada por la Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, con fecha 23 de septiembre de 2016, la que anulamos y dejamos sin efecto con declaración de oficio de las costas derivadas de tales recursos.

Asimismo extendemos el contenido de la decisión derivada de tal recurso a los condenados no recurrentes D. Jacinto Marcial, D. Hernan Vicente, D. Victorino Norberto y Fernando Cecilio, así como a «CAREXPRESS LOGISTICS 2003 SA» (antes «SPACE CARGO SA»).

Tal como declararemos en la segunda sentencia a dictar a seguir de ésta de casación.

Desestimar el recurso de casación formulado por la entidad «SALVAT LOGÍSTICA SAU» (antes «JOSE SALVAT, SA»), contra la misma resolución, imponiéndole las costas derivadas de este recurso.»

Y en la segunda sentencia reiteramos que procedía incluir en el contenido absolutorio a los penados no recurrentes.

Por evidente error de transcripción se remitió en el fallo de la segunda sentencia lo que se anunció y justificó en la de casación.

Por ello procede y así resolvemos rectificar el fallo de la segunda sentencia añadiendo a su contenido lo siguiente:

«Asimismo extendemos el contenido de la decisión derivada de tal recurso a los condenados no recurrentes

D. Jacinto Marcial, D. Hernan Vicente, D. Victorino Norberto y Fernando Cecilio, así como a «CAREXPRESS LOGISTICS 2003 SA» (antes «SPACE CARGO SA»).»

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Rectificar la sentencia nº 730/2017, dictada por esta Sala en el recurso de casación nº 78/2017, con fecha 13 de noviembre de 2017, añadiendo al contenido del fallo de la segunda sentencia lo siguiente:

«Asimismo extendemos el contenido de la decisión derivada de tal recurso a los condenados no recurrentes

D. Jacinto Marcial, D. Hernan Vicente, D. Victorino Norberto y Fernando Cecilio, así como a «CAREXPRESS LOGISTICS 2003 SA» (antes «SPACE CARGO SA»).

Así se acuerda y firma.

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