STSJ Galicia 600/2017, 22 de Noviembre de 2017

PonenteJULIO CESAR CIBEIRA YEBRA-PIMENTEL
ECLIES:TSJGAL:2017:7185
Número de Recurso7363/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución600/2017
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00600/2017

PONENTE: D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7363/2015

RECURRENTE: Argimiro

ADMINISTRACION DEMANDADA:CONSELLERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA

CODEMANDADA:MINERIA DE CORCOESTO S.L.

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

ILMO.SR PRESIDENTE :

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS :

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

CRISTINA MARIA PAZ EIROA

En A CORUÑA, a 22 de noviembre de 2017.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7363/2015 interpuesto por el Procurador Dª SUSANA SORIA PINO y dirigido por el Letrado D. JACOBO NIETO PEÑAMARIA en nombre y representación de Argimiro contra Desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada de 16-5-13 contra resolución del Jefe de Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia de 11-4-13 que desestima la solicitud de copia de documentos formulada con fecha 19-11-12 ampliada a la Resolución expresa de 29-1-15 dictada por el Secretario General Técnico de la Consellería de Economía e Industria, que desestima el recurso de alzada contra la comunicación de 11-4-13 del Jefe del Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de A Coruña. Ha sido parte demandada CONSELLERÍA DE ECONOMIA E INDUSTRIA, representada por ABOGACIA DE LA COMUNIDAD A CORUÑA. Comparece como parte codemandada MINERIA DE CORCOESTO S.L. representado por el Procurador Dª. AMALIA MOSQUERA HERRERO y dirigido por el Letrado D. JULIO CESAR VALLE FEIJOO.

Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo.D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL.

HECHOS
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinente, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

No habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 17 de noviembre de 2017, fecha en la que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo indeterminada.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
Primero

El actor, D. Argimiro, impugna la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada presentado el 16 de mayo de 2013 contra la Resolución del Jefe de Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, de fecha 11 de abril de 2013, que desestimó la solicitud de copia de documentos formulada el 19 de noviembre de 2012, recurso que se amplió después a la Resolución expresa, de 29 de enero de 2015, dictada por el Secretario General Técnico de la misma C onselle rí a, desestimatoria del recurso de alzada contra la comunicación de 11 de abril de 2013 del Jefe de Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de A Coruña.

Segundo

El recurrente alega que es vecino de Cabana de Bergantiños (Y lo demuestra con el certificado de su ins cr i pción en el censo), y explica que en este municipio, y en los limítrofes de Puenteceso y Coristanco se ubican las concesiones de explotación minera Emilita nº 1221, Ciudad de Landró nº 1454,, y Ciudad de Masma nº 1455, que forman el conocido grupo minero Corcoesto, y cuya empresa promotora de dicha explotación, Río N arcea Gold Mines S.A. solicitó a la Xunta de Galicia la declaración de la propuesta de inversión como proyecto industrial estratégico, al amparo de la Ley 13/2011, reguladora de la política industrial de Galicia, lo que conllevaría, entre otros efectos y ventajas para ella - en caso de estimarse su solicitud-, la aprobación del proyecto de implantación de la mina, la no sujeción a licencia urbanística municipal, la declaración de utilidad pública e interés social, así como la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados. Se expresa también que el proyecto contemplaría la utilización de un proceso de extracción muy agresivo con el medio ambiente, con el empleo sobre el terreno de sustancias peligrosas, como el cianuro o arsénico, que podrían resultar altamente contaminantes, razón por la cual el proyecto ha causado desde el principio una importante contestación vecinal y social. Tal es así, que el actor, junto con otros vecinos, formuló alegaciones al proyecto de explotación en el expediente de declaración como proyecto industrial estratégico con presentación de varios informes y especiales alegaciones al estudio de impacto ambiental. Por todas estas razones, el 19 de noviembre de 2012 el actor solicitó, con apoyo en el art. 37 de la ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, copia de los documentos que se citan en el hecho segundo de la demanda, relativas a la resolución por la que se otorgó autorización para la transmisión, a favor de Río Narcea Gold Mines S.L. de las concesiones de explotación ya dichas, el expediente completo de autorización de transmisión a favor de esta última empresa de las expresadas concesiones, a la resolución por la que se aprobó la consolidación de derechos del titular de tales concesiones de explotación, y dos escrituras públicas más que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • El acceso a la información en materia de medio ambiente en España: balance y retos de futuro
    • España
    • Revista Catalana de Dret Ambiental Núm. 1-2018, Enero 2018
    • 1 Enero 2018
    ...62 En este sentido, véase la Resolución de 30 de marzo de 2016 del Defensor del Pueblo de España. Asimismo, la STSJ de Galicia (A Coruña) 600/2017, de 22 de noviembre (recurso contencioso-administrativo núm. 7363/2015), si bien con referencia a la normativa anterior ya derogada (Ley 38/1995......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR