ATS, 29 de Noviembre de 2017
Ponente | PEDRO JOSE VELA TORRES |
ECLI | ES:TS:2017:11217A |
Número de Recurso | 1518/2017 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 29 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
A U T O
Fecha Auto: 29/11/2017
Recurso: CASACIÓN 1518/2017
Ponente Excmo. Sr. D.: Pedro Jose Vela Torres
Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Escrito por: CSM/P
RECURRENTE: PROCURADORD.ª Ana Belen Pérez Martínez
RECURRIDO: PROCURADOR
D. Miguel Torres Álvarez y D. Miguel Ángel Montero Reiter
CUESTION DE FONDO
Recurso Num.: CASACIÓN 1518/2017
Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Procurador:
D.ª Ana Belen Pérez Martínez
D. Miguel Torres Álvarez y D. Miguel Ángel Montero Reiter
TRIBUNAL SUPREMO.
Sala de lo Civil
A U T O
Excmos. Sres.:
Presidente
Magistrados
D. Francisco Marin Castan
D. Antonio Salas Carceller
D. Pedro Jose Vela Torres
En la Villa de Madrid, a veintinueve de Noviembre de dos mil diecisiete.
La representación procesal de D. Ruperto presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 17 de febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8/2017 , dimanante del juicio ordinario n.º 113/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Avilés.
La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora D.ª Ana Belén Pérez Martínez en nombre y representación de D. Ruperto como parte recurrente, el procurador D. Miguel Torres Álvarez en nombre y representación de Banco de Sabadell S.A., en calidad de recurrida y el procurador D. Miguel Ángel Montero Reiter, en nombre y representación de Caixabank S.A., en calidad de parte recurrida. Esta última representación se ha opuesto a la admisión del recurso.
Por providencia de 11 de octubre de 2017 se acordó dar tramitación preferente al presente recurso.
Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Pedro Jose Vela Torres , a los solos efectos de este trámite.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Ruperto dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso. No procede en este momento hacer pronunciamiento sobre la causa de inadmisión alegada por la recurrida, Caixabank S.A., sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.
De conformidad con el art. 485 LEC , las partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
En virtud de lo expuesto,
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Ruperto contra la sentencia dictada, el día 17 de febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8/2017 , dimanante del juicio ordinario n.º 113/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Avilés.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que las partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.