ATS, 29 de Noviembre de 2017

PonentePEDRO JOSE VELA TORRES
ECLIES:TS:2017:11217A
Número de Recurso1518/2017
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2017
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

A U T O

Fecha Auto: 29/11/2017

Recurso: CASACIÓN 1518/2017

Ponente Excmo. Sr. D.: Pedro Jose Vela Torres

Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

Escrito por: CSM/P

RECURRENTE: PROCURADORD.ª Ana Belen Pérez Martínez

RECURRIDO: PROCURADOR

D. Miguel Torres Álvarez y D. Miguel Ángel Montero Reiter

CUESTION DE FONDO

Recurso Num.: CASACIÓN 1518/2017

Secretaría de Sala: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu

Procurador:

D.ª Ana Belen Pérez Martínez

D. Miguel Torres Álvarez y D. Miguel Ángel Montero Reiter

TRIBUNAL SUPREMO.

Sala de lo Civil

A U T O

Excmos. Sres.:

Presidente

Magistrados

D. Francisco Marin Castan

D. Antonio Salas Carceller

D. Pedro Jose Vela Torres

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Noviembre de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Ruperto presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 17 de febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8/2017 , dimanante del juicio ordinario n.º 113/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Avilés.

SEGUNDO

La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora D.ª Ana Belén Pérez Martínez en nombre y representación de D. Ruperto como parte recurrente, el procurador D. Miguel Torres Álvarez en nombre y representación de Banco de Sabadell S.A., en calidad de recurrida y el procurador D. Miguel Ángel Montero Reiter, en nombre y representación de Caixabank S.A., en calidad de parte recurrida. Esta última representación se ha opuesto a la admisión del recurso.

CUARTO

Por providencia de 11 de octubre de 2017 se acordó dar tramitación preferente al presente recurso.

Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Pedro Jose Vela Torres , a los solos efectos de este trámite.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Ruperto dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso. No procede en este momento hacer pronunciamiento sobre la causa de inadmisión alegada por la recurrida, Caixabank S.A., sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC , las partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto,

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Ruperto contra la sentencia dictada, el día 17 de febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 5.ª), en el rollo de apelación n.º 8/2017 , dimanante del juicio ordinario n.º 113/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Avilés.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que las partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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