SJMer nº 1, 20 de Octubre de 2017, de Sevilla

PonenteFRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROS
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2017
ECLIES:JMSE:2017:709
Número de Recurso2402/2015
  1. JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE SEVILLA

    Procedimiento: Concurso 2402.07/2015

    Exclusión del supuesto previsto en el artículo 93.3 LC al no concurrir sus presupuestos. Crédito contingente, fianza.

  2. SENTENCIA

    En Sevilla, a 20 de octubre de 2017.

    El Ilmo. Sr. D. Fco Javier Carretero Espinosa de los Monteros Magistrado de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla , procede, EN NOMBRE DE S.M. EL REY , a dictar la presente resolución:

b) ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora, D. Fernando , presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L . , en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad INVERSIONES ECOLOGICAS S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad ESCUELA DE MUSICA SEVILLANA S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad HERA S.C., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad CORPORACION VENTURA S.L.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad CALVEN CORP. S.L.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad ATLANTICO ENERGIA SOLAR S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad JUAN CARLOS PEREZ PEREA ES S.C., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad MEYFUS MACHINERY S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

D. Lázaro , también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad ADRIATICO ENERGIA SOLAR S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad SERVIBUSINESSS FGV S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad PLANTA SOLAR B S.C., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

La entidad NOISE WORLD S.L., también presentó demanda incidental de impugnación del inventario contra la ADMINISTRACION CONCURSAL de la entidad REVALORIZACION DE ACTIVOS ENERGETICOS S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró aplicables al caso, terminaba con la súplica al Juzgado de que tras los trámites de ley se dictara sentencia por la que se modificara la Lista de Acreedores y el Inventario de Bienes en los términos interesados, con todos los pronunciamientos inherentes, incluida la condena en costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se mandó emplazar a la parte demandada por un plazo de diez días para que contestara a la demandada, manifestando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR