AAP Navarra 292/2017, 6 de Septiembre de 2017

PonenteRAQUEL FERNANDINO NOSTI
ECLIES:APNA:2017:252A
Número de Recurso385/2017
ProcedimientoCuestión de Competencia
Número de Resolución292/2017
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 2ª

A U T O nº 000292/17

Presidente

D./Dª. JOSÉ FRANCISCO COBO SÁENZ

Magistrados

D./Dª. RICARDO J. GONZÁLEZ GONZÁLEZ

D./Dª. RAQUEL FERNANDINO NOSTI (Ponente)

En Pamplona/Iruña, a 06 de septiembre del 2017.

Visto por los Ilmos. Magistrados de la Sección Segunda de Navarra/Nafarroa, el Rollo Penal nº 385/2017, en virtud la Cuestión de competencia negativa planteada por la Ilma. Sra. Magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Pamplona/Iruña, habiendo intervenido el MINISTERIO FISCAL.

Siendo Ponente la Ilma. Magistrada DÑA. RAQUEL FERNANDINO NOSTI.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- El día 10 de marzo del corriente 2017, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de esta capital, dictó Auto acordando inhibirse,-a favor del Juzgado de Instrucción que por reparto correspondiera-, del conocimiento de las actuaciones derivadas de la denuncia formulada por Dª Tamara, por un aparente delito de abusos sexuales.

SEGUNDO

- En Auto recaído el día 23 de marzo de 2017, la Ilma. Sra. Magistrada del Juzgado de Instrucción nº 1 de Pamplona/Iruña, rechazó la inhibición, remitiendo de nuevo la causa al Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1.

TERCERO

- Por Auto datado a 28. 06. 2017, la Ilma. Sra. Magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de esta capital, acordó plantear ante esta Audiencia cuestión de competencia negativa.

CUARTO

- Los autos fueron remitidos a la Audiencia Provincial de Navarra el día 29. 06. 2017, para conocimiento de la cuestión de competencia, en donde previo reparto, correspondió a esta Sección Segunda incoándose el Rollo Penal 385/2017, en el que se designó Ponente a la Ilma. Magistrada DÑA. RAQUEL FERNANDINO NOSTI, señalándose día para deliberación, votación y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- Para dilucidar la cuestión de competencia suscitada por la Ilma. Magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Pamplona/Iruña, resulta imprescindible señalar los siguientes datos :

1) El día 7 de marzo de 2017, D.ª Elisa formuló denuncia por un presunto delito de maltrato habitual frente a su esposo, D. Arturo . En la denuncia se refirió, asimismo, a que su hija Tamara, nacida de una anterior

relación, pero quien convivía con el matrimonio, había sido objeto de tocamientos y acoso sexual por parte de D. Arturo .

2) Ese mismo día, pero unas horas más tarde, la menor fué explorada por la fuerza actuante, en presencia de su madre, viniendo a ratificar lo ya denunciado por D.ª Elisa, si bien aportó un relato más detallado y amplio en relación al supuesto delito de abusos sexuales. Y así indicó que desde el inicio de la convivencia, se dio cuenta de que su padrastro tenía un comportamiento incorrecto hacia ella, y como los tocamientos y acoso se iniciaron al poco de comenzar la convivencia con el denunciado, en el año 2012. Hasta 2016, no se decidió a contárselo a su madre, si bien omitió el primer episodio.

SEGUNDO

- La Ilma. Magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, se inhibió del conocimiento de la denuncia relativa a la menor, en favor de los Juzgados de Instrucción de esta capital, por estimar que, si bien los hechos relatados por la menor podrían ser constitutivos de una infracción penal, no concurrían las circunstancias...

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