AAP Cádiz 372/2017, 31 de Julio de 2017
Ponente | MANUEL CARLOS GROSSO DE LA HERRAN |
ECLI | ES:APCA:2017:801A |
Número de Recurso | 352/2017 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 372/2017 |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª |
A U T O Nº 372/2017
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ
Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz
ILMOS SRES.
PRESIDENTE:
MANUEL GROSSO DE LA HERRAN
MAGISTRADOS:
INMACULADA MONTESINOS PIDAL
MIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ
JUZGADO MIXTO Nº1 DE BARBATE
APELACIÓN ROLLO Nº 352/2017
DILIGENCIAS PREVIAS Nº 302/2017
En la ciudad de Cádiz a treinta y uno de julio de dos mil diecisiete.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra auto dictado en la diligencias referenciadas, cuyo recurso fue interpuesto por Leoncio que está asistido del Letrado D. JOSE DE LA HERA OCA. Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.
El Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Instrucción del JUZGADO MIXTO Nº1 DE BARBATE, el día, dictó auto cuya parte dispositiva acuerda: "Que debo acordar y acuerdo la prisión provisional comunicada y sin fianza de Victorino y Leoncio, que quedan a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Barbate.".
Contra dicha resolución interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación la representación de Leoncio y seguidos los correspondientes trámites, se elevaron los autos a esta Audiencia donde se formó el rollo y se señaló el día para la votación y decisión del recurso.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL GROSSO DE LA HERRAN, quien expresa el parecer el Tribunal.
UNICO.- Se recurre la prisión provisional acordada por el instructor el pasado 14/06/2017 y resulta evidente que no puede tener acogida; y ello porque insistiendo en los acertados razonamientos del Juez a quo, destacaremos en primer lugar que concurren en el caso cuantos requisitos exige la Ley, artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para ordenar la prisión provisional, toda vez que consta en las actuaciones la existencia de un hecho que reviste caracteres de un delito contra la salud pública, de los artículos 368, 369 y 370 del Código Penal, introducción mediante embarcación de de un alijo de hachís, de un número indeterminado de fardos que fueron posteriormente trasladados en vehículos quads al domicilio donde se encontraba el recurrente en unión de un tercero, fardos que salvo 1 al que luego aludiremos,...
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AAP La Rioja 148/2018, 23 de Abril de 2018
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