SAP Asturias 370/2017, 13 de Julio de 2017
Ponente | RAFAEL MARTIN DEL PESO GARCIA |
ECLI | ES:APO:2017:2298 |
Número de Recurso | 221/2017 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 370/2017 |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7
GIJON
SENTENCIA: 00370/2017
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ASTURIAS
SECCIÓN SÉPTIMA
N10250
PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN
-Tfno.: 985176944-45 Fax: 985176940
MLG
N.I.G. 33024 42 1 2016 0003756
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000221 /2017 Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de GIJON Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000344 /2016 Recurrente: Urbano
Procurador: MARIA JOSE IÑARRITU RODRIGUEZ
Abogado: ANA SONIA NOGUEIRO MON
Recurrido: Flor
Procurador: PEDRO PABLO OTERO FANEGO
Abogado: MARIA JOSE GONZALEZ LOPEZ
SENTENCIA Nº 370/17
Ilmos Magistrados-Jueces Sres/as.:
D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO GARCÍA
D. JOSÉ MANUEL TERÁN LÓPEZ
D. PABLO MARTÍNEZ HOMBRE GUILLÉN
En GIJON, a trece de julio de dos mil diecisiete
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 007, de la Audiencia Provincial de GIJON, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000344 /2016, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de GIJON, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000221 /2017, en los que aparece como parte apelante, DON Urbano, representado por el Procurador de los tribunales, Dª MARIA JOSE IÑARRITU RODRIGUEZ, asistido por el Abogado Dª ANA SONIA NOGUEIRO MON, y como parte apelada, DOÑA Flor, representado por el Procurador de los tribunales, D. PEDRO PABLO OTERO FANEGO, asistido por el Abogado Dª MARIA JOSE GONZALEZ LOPEZ.
El Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Gijón, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 25 de enero de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador D. Pedro Pablo Otero Fanego, en nombre y representación de Dª Flor contra Dª Urbano :
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- Debo de condenar y condeno al demandado a abonar a la actora, la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (64.093,57 €), más los intereses legales desde el 11 de febrero de 2012, que desde sentencia serán los del art. 576 de la LEC .
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- Debo declarar y declaro como perteneciente a la herencia de Dña. María Rosa, la cantidad de CIENTO SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (173.730,43 €), más los intereses legales desde el 11 de febrero de 2012, que desde sentencia serán los del art. 576 de la LEC .
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- Todo ello, con expresa imposición de las costas causadas en la sustanciación de este procedimiento al demandado.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, desde la notificación de esta resolución, ante la Audiencia Provincial. Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, indicando, en el campo "concepto" la indicación "Recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación".
Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio mando y firmo.".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de DON Urbano, se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el día 11 de julio de 2017.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales. Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL...
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