AAP Barcelona 251/2017, 6 de Julio de 2017
Ponente | INMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO |
ECLI | ES:APB:2017:4531A |
Número de Recurso | 201/2017 |
Procedimiento | Recurso de Apelación |
Número de Resolución | 251/2017 |
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
Sección nº 16 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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N.I.G.: 0801942120170011726
Recurso de apelación 201/2017 --D
Materia: Ejecución títulos no judiciales
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 02 de Barcelona
Procedimiento de origen:Ejecución de títulos no judiciales 65/2017
Parte recurrente/Solicitante: D. Herminio
Procurador/a: Virginia Capllonch Bujosa
Abogado/a: Miquel Nadal I Borràs
Parte recurrida: Comunidad de Propietarios c/ DIRECCION000, NUM000 de Barcelona
Procurador/a:
Abogado/a:
AUTO Nº 251/2017
Ilmos. Sres.
DOÑA Inmaculada Zapata Camacho
DOÑA MARTA RALLO AYEZCUREN
DON JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a 6 de julio de 2017.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Ejecución de títulos no judiciales, número 65/2017 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 2 de Barcelona, a instancias de D. Herminio representado por la Procuradora Dª. Virginia Capllonch Bujosa, contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000 DE BARCELONA, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra el Auto dictado el día veinte de enero de dos mil diecisiete por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva del Auto apelado es del tenor literal siguiente: "ACUERDO: DENEGAR el despacho de ejecución solicitado por la Procuradora Virginia Capllonch Bujosa en nombre y representación de Herminio contra COMUNIDAD PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000 DE BARCELONA".
Contra el anterior Auto se interpuso recurso de apelación por D. Herminio mediante su escrito motivado, y admitido el mismo fueron elevados los autos a esta Superioridad, donde se procedió a dar el trámite correspondiente señalándose para votación y fallo el día 4 de julio de 2017.
Vistos siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Inmaculada Zapata Camacho.
Es manifiesta la inviabilidad del recurso de apelación que, frente a la denegación del despacho de ejecución decidida por el Juzgado mediante auto dictado el pasado día 20 de enero, formalizó D. Herminio . Cierto que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 553-29 del Codi Civil de Catalunya (CCCat .), en el régimen de propiedad horizontal "[l]os acuerdos adoptados válidamente por la junta de propietarios, salvo que los estatutos establezcan...
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