SAP Ciudad Real 240/2017, 19 de Julio de 2017
Ponente | MARIA ALMUDENA BUZON CERVANTES |
ECLI | ES:APCR:2017:760 |
Número de Recurso | 215/2017 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 240/2017 |
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00240/2017
AUDI ENCIA PROVINCIAL SECCIÓN PRIMERA CIUDAD REAL
N102 50
C/ CABALLEROS, 11 PRIMERA PLANTA
Tfno.: 926 29 55 00 Fax: 926 25 32 60
MPR N.I.G. 1307 1 41 1 2013 0011636
ROLLO: R PL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000215 /2017
Juzgado de procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de PUERTOLLANO
Procedimiento de origen: LIQU IDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000012 /2013
Recurrente: Alvaro
Procurador: MARI A PAZ MEDINA CARPINTERO
Abogado: JOSE MANUEL MORALES FERNANDEZ
Recurrido: Luisa
Procurador: M EULALIA COLMENERO TOSINA
Abogado: JOSE ANTONIO PEREZ GOMEZ
SENTENCIA Nº 240
ILTMAS. SRAS.:
PRESIDENTA
Dª MARIA JESUS ALARCON BARCOS
MAGISTRADAS
Dª MONICA CESPEDES CANO
Dª ALMUDENA BUZON CERVANTES
En CIUDAD REAL, a diecinueve de julio de dos mil diecisiete
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 12/2013, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de PUERTOLLANO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000215 /2017,
en los que aparece como parte apelante, Alvaro, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./
-
MARIA PAZ MEDINA CARPINTERO, asistido por el Abogado D. JOSE MANUEL MORALES FERNANDEZ, y como parte apelada, Luisa, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. M EULALIA COLMENERO TOSINA, asistido por el Abogado D. JOSE ANTONIO PEREZ GOMEZ, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª ALMUDENA BUZON CERVANTES.
PRIM ERO: El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 14/10/2015, en el juicio antes dicho, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que el inventario de la disuelta sociedad de gananciales que formaban Alvaro y Luisa debe estar compuesto por:
ACTI VO
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Coch era sita en Almodóvar del Campo C/ DIRECCION000 nº NUM000 inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo al Tomo NUM001, Libro NUM002, Folio NUM003, Finca nº NUM004, Inscripción NUM005 .
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1/3 parte indivisa de las siguientes fincas rústicas:
- Tier ra Secano Cereal en el término Villamayor de Calatrava la sitio denominado TERCERAS de la Dehesa de Tirteafuera, inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo al tomo NUM006, Libro NUM007, Folio NUM008, Finca nº NUM009, Inscripción NUM010 .
- Nuev e acciones o Parcelas de Tierra Secano Cereal, en término Villamayor de Calatrava, al sitio la Dehesa de Tirteafuera (LAS PRIMERAS), inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, al Tomo NUM006, Libro NUM007, Folio NUM011, Finca nº NUM012, Inscripción NUM010 .
- Tier ra Secano Cereal en el término de Almodóvar del Campo, aldea Tirteafuera, al sitio conocido como DIRECCION001 o DIRECCION002, Inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, al Tomo NUM013, Libro NUM014, Folio NUM011, Finca nº NUM015, Inscripción NUM010 .
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Finc as rústicas:
- Oliv ar de Secano Cereal en el término de Villamayor de Calatrava al sitio denominado PRIMERAS de la Dehesa de Tirteafuera, inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del campo, al Tomo NUM016, Libro NUM017, Folio NUM018, Finca nº NUM019, Inscripción NUM005 .
- Tier ra secano-cereal en el término de Villamayor de Calatrava al sitio denominado SEGUNDAS de la Dehesa de Tirteafuera, Inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, al Tomo NUM016, Libro NUM017, Folio NUM020, Finca nº NUM021, Inscripción NUM005 .
- Tier ra Secano-cereal en el término Almodóvar del Campo al sitio LAS MUERTES inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, al Tomo NUM022, Libro NUM023, Folio NUM024, Finca nº NUM025, Inscripción NUM005 .
- Tier ra Secano-Cereal en el término de Almodóvar del Campo, al sitio CAÑADA DEL PRADO, Inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, al Tomo NUM022, Libro NUM023, Folio NUM026, Finca nº NUM027, Inscripción NUM005 .
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Finc a rústica, tierra de secano cereal en el término de Villamayor de Calatrava al sitio denominado LAS PRIMERAS de la Dehesa de Tirteafuera, inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, al Tomo NUM028, Libro NUM029, Folio NUM030, Finca nº NUM031, Inscripción NUM005 .
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Vehí culo Nissan Quasquais, matrícula ....-YFS .
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Vehí culo Peugeot 206, matrícula ....-WNY .
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Cuen ta a plazo fijo, con la entidad Caja Rural de Ciudad Real, con un saldo de 108.000 euros.
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Finc a 21020 inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo.
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Inte reses del plazo fijo NUM032 de la entidad Caja Rural de 2/04/2012 por importe de 530,33 euros, 2/07/2012 por importe de 530,33 euros, 1/10/2012 por importe de 536,17 euros y 31/12/2012 por importe de 536,17 euros, así como aquéllos que se hubieren generado hasta la efectiva liquidación de la sociedad de gananciales.
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Subv enciones recibidas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha por Alvaro por los terrenos rústicos de la sociedad de gananciales desde la interposición de la demanda de divorcio por importe 2.722,12 euros.
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Part icipación que corresponde a Alvaro en la liquidación de la sociedad irregular constituida con sus hermanos Isidoro y Marino, cuyo objeto era la explotación ganadera en Tirteafuera en la finca nº NUM015 inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, en el caso de que una vez culminado el procedimiento judicial correspondiente, aquélla reportase beneficios para don Alvaro .
PASI VO
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Créd ito de D. Alvaro frente a la sociedad de gananciales por el saldo actualizado de la cuenta de Caja Madrid -hoy Bankia- nº NUM033 a fecha de contraer matrimonio por importe de 866.290 pesetas.
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Part icipación que corresponde a Alvaro en la liquidación de la sociedad irregular constituida con sus hermanos Isidoro y Marino, cuyo objeto era la explotación ganadera en Tirteafuera en la finca nº NUM015 inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, en el caso de que una vez culminado el procedimiento judicial correspondiente, aquélla conllevara pérdidas para don Alvaro .
No se imponen las costas."
Inte rpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado...
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