SAP Barcelona 276/2017, 18 de Abril de 2017
Ponente | MARIA ISABEL MASSIGOGE GALBIS |
ECLI | ES:APB:2017:3193 |
Número de Recurso | 38/2017 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 276/2017 |
Fecha de Resolución | 18 de Abril de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN QUINTA
Rollo de Apelación nº 38/2017
Juicio por Delito Leve nº 119/2016
Juzgado de Instrucción nº 1 de Hospitalet de Llobregat
SENTENCIA
En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de abril de dos mil diecisiete
Visto en grado de apelación, por la Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Quinta de esta Audiencia, constituída en Tribunal Unipersonal, Dª Mª Isabel Massigoge Galbis, el rollo de apelación número 38/2017, dimanante del Juicio por Delito Leve seguido con el número 119/2016 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Hospitalet de Llobregat por un delito leve de coacciones; autos que penden del recurso de apelación formulado por Begoña contra la sentencia dictada en fecha 1 de febrero de 2017 por la Juez del expresado Juzgado.
Por el Juzgado de Instrucción indicado en el encabezamiento en la fecha expresada se dictó Sentencia cuyo Fallo es del siguiente tenor literal:
"ABSUELVO a Begoña de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones.
Se declaran de oficio las costas causadas".
Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por Begoña que admitido a trámite fue contestado por la defensa letrada de Ildefonso en cuyo escrito tras exponer los argumentos en derecho que consideró de aplicación, terminaba interesando la revocación de la sentencia en los términos que dejó explicitados en su escrito.
Evacuado dicho trámite se elevaron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona para su resolución.
Recibidos los autos y registrados en esta Sección y sin celebrarse vista pública al no solicitarse ni estimarse necesaria, quedaron los mismos vistos para Sentencia.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Se aceptan y dan por reproducidos los de la Instancia.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de Instancia por ser plenamente conformes a Derecho.
Con carácter previo se ha de señalar que la sentencia combatida, tras valorar la totalidad del acervo probatorio desplegado en el Plenario, absuelve a la recurrente, considerando probados los hechos denunciados, pero no así el elemento subjetivo del delito objeto de acusación, esto es, la intención, por parte de la acusada, "...de doblegar la voluntad..." del denunciante, tal y como expone la Juzgadora en el primero de los Fundamentos de derecho de la resolución y es en relación a los hechos a lo que, precisamente, se refiere el...
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SAP Barcelona 919/2018, 28 de Noviembre de 2018
...infringiendo lo dispuesto en los artículos 969 y 708 de la LECr, y cita la STC de fecha 26 de abril de 2007 y SAP de Barcelona, sección 5ª, de fecha 18 de abril de 2017. Añade que la declaración del Sr. Victoriano se hizo sin previa información de sus derechos como acusado, y por todo ello ......