SAP Vizcaya 270/2017, 6 de Abril de 2017

PonenteMARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA
ECLIES:APBI:2017:794
Número de Recurso38/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución270/2017
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA

BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN SEKZIOA

BARROETA ALDAMAR 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001

Tel.: 94-4016665

Fax / Faxa: 94-4016992

NIG PV / IZO EAE: 48.04.2-15/016586

NIG CGPJ / IZO BJKN :48020.47.1-2015/0016586

R.apelac.conc.L2 / E_R.apelac.conc.L2 38/2017 - L

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao / Bilboko 2 zk.ko Merkataritzaarloko Epaitegia

Autos de Inc. concursal de impugnación de inventario/lista acreedores 239/2016 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: FINCAS DEUSTO S.L.U, GESTION Y MATRICES 3D S.A. GESTMAT, Elvira, Alvaro y Erasmo

Procurador/a/ Prokuradorea:ALBERTO ARENAZA ARTABE, LUIS PABLO LOPEZ-ABADIA RODRIGO,

Abogado/a / Abokatua: LUIS MARIA CORDERO MARTINEZ, PEDRO LEARRETA OLARRA, IDOIA LONGA PEÑA

Recurrido/a / Errekurritua: ADMINISTRADOR CONCURSAL MERCANTIL UTILES Y MATRICES SA, NORTEC PUESTA A PUNTO S.L. y UTILES Y MATRICES S.A.

Procurador/a / Prokuradorea: JESUS GORROCHATEGUI ERAUZQUIN y ALBERTO ARENAZA ARTABE

Abogado/a/ Abokatua: CRISTINA GARCIA DEL MOLINO, JOSE RAMON ZABALBEITIA EGUIZABAL

S E N T E N C I A Nº 270/2017

ILMOS. SRES.

ILMA. SRA. PRESIDENTE : D.ª LOURDES ARRANZ FREIJO

MAGISTRADA: D.ª REYES CASTRESANA GARCIA

MAGISTRADO: D. EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI

En BILBAO (BIZKAIA), a seis de abril de dos mil diecisiete.

La Audiencia Provincial de Bizkaia - Sección Cuarta, constituida por los Ilmos. Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Inc. concursal de impugnación de inventario/lista acreedores 239/2016 del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao, a instancia de FINCAS DEUSTO S.L.U. y D. Alvaro, apelantes, representados por el Procurador Sr. ALBERTO ARENAZA ARTABE

y defendidos la primera por el Letrado Sr. LUIS MARIA CORDERO MARTINEZ y el segundo por la letrada Sra. IDOIA CONGA PEÑA; GESTION Y MATRICES 3D S.A. GESTMAT, D.ª Elvira y D. Erasmo, apelantes, representados por el Procurador Sr. LUIS PABLO LOPEZ-ABADIA RODRIGO y defendidos por el Letrado Sr. PEDRO LEARRETA OLARRA, contra UTILES Y MATRICES SA, apelada, representada por el Procurador Sr. ALBERTO ARENAZA ARTABE y defendida por el Letrado Sr. JUAN MARTIN Y URKIOLA, ADMINISTRADOR CONCURSAL de MERCANTIL UTILES Y MATRICES SA, apelada, defendida por la Letrada Sra. CRISTINA GARCIA DEL MOLINO y NORTEC PUESTA A PUNTO S.L., apelada, representada por el Procurador Sr. JESUS GORROCHATEGUI ERAUZQUIN y defendida por el Letrado Sr. JOSE RAMON ZABALBEITIA EGUIZABAL; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 28 de septiembre de 2016 .

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 28 de septiembre de 2016 es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda incidental formulada por del procurador Sr. López-Abadía, en nombre y representación de GESTIÓN Y MATRICES 3D, S.A., D. Erasmo y Dª. Elvira, frente a la concursada ÚTILES Y MATRICES, S.A., y su ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, y ESTIMAR la demanda referida frente a FINCAS DEUSTO, SOCIEDAD LIMITADA y D. Alvaro, así:

  1. . Incluir en el inventario la máquina "Fresadora de puente DYE modelo FPF-4-N/C, ancho entre montantes 3500mm, mesa de 7500x3000 mm., desplazamiento por cremallera, altura útil 1800 mm, con cabezal de trabajo y semiuniversal, 5 ejes, motores de 2x75/50775727 y 20 CV".

    2 º. Excluir de la lista de acreedores el crédito subordinado por importe de 62.920 € a favor de FINCAS DEUSTO

  2. . Excluir de la lista de acreedores el crédito subordinado por importe de 1.000.000 € a favor de D. Alvaro .

  3. Respecto a la demanda formulada frente a UTIMAT, S.A., y su Administración Concursal, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

  4. Respecto a la demanda formulada frente a D. Alvaro y frente a FINCAS DEUSTO, S.L., procede imponer las costas a los demandados."

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 38/17 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada D.ª REYES CASTRESANA GARCIA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento:

  1. La sentencia dictada en la primera instancia resuelve las pretensiones contenidas en la demanda promovida por Gestión y Matrices 3D SA (Gestmat), y D. Erasmo y Dña. Elvira, contra la mercantil concursada Útiles y Matrices SA y su Administrador Concursal, declarada en concurso desde el 21 de octubre de 2015, contra

    D. Alvaro y contra Fincas Deusto SLU, ejercitando la acción prevista en el art. 96 de la Ley Concursal de impugnación de inventario y de la lista de acreedores, interesando: a) La modificación del inventario de la masa activa de la concursada Utimat en el sentido de incluir la máquina fresadora de puente DYE modelo EFE.4-N/ C, y, b) La modificación de la lista de acreedores en el sentido de: 1) Incluir a favor de Gestmat un crédito por importe de 1.566.000 euros por reconocimiento de deuda de Utimat el 23 de julio de 2014, 2) Incluir a favor de Gestmat un crédito por importe de 114.986,30 euros por la factura de 19 de septiembre de 2014, 3) Incluir a favor de Dña. Elvira un crédito por importe de 76.228,25 euros en concepto de retribuciones salariales, 4) Incluir a favor de D. Erasmo un crédito por importe de 75.939,64 euros en concepto de retribuciones salariales,

    5) Excluir el crédito subordinado a favor de Fincas Deusto SLU por importe de 62.920 euros en concepto de alquiler de la anterior maquina fresadora, y, 6) Excluir a favor de D. Alvaro un crédito subordinado por importe de 1.000.000 euros en concepto de préstamo personal de 5 de julio de 2011.

    La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda de impugnación de inventario y lista de acreedores formulada, acordando, únicamente, incluir en el inventario la máquina fresadora y por ende excluir de la lista de acreedores el crédito subordinado por importe de 62.920 euros a favor de Fincas Deusto por el alquiler de dicha fresadora, y excluir de la lista de acreedores el crédito subordinado por importe de 1.000.000 euros a favor de D. Alvaro, rechazando el resto de pretensiones impugnatorias ejercitadas.

  2. Contra la misma han interpuesto recurso de apelación :

    1. - Los demandantes Gestmat y D. Erasmo y Dña. Elvira, solicitando la revocación de la sentencia de instancia, que les ha desestimado tres pretensiones por ellos ejercitadas, en el sentido de que se incluya en la lista de acreedores el crédito de Gestmat de 114.986,30 euros por factura de 19 de septiembre de 2014, así como los créditos a favor de la Sra. Elvira por importe de 76.228,25 euros y a favor del Sr. Erasmo por importe de 75.939,64 euros por retribuciones salariales.

    2. - La demandada Fincas Deusto SLU impugna el pronunciamiento contenido en la sentencia de instancia, que estima la pretensión de inclusión en el inventario de la máquina fresadora DYE FP4/N/C y la exclusión del crédito subordinado a su favor por el alquiler de dicha máquina a la concursada, interesando su revocación para que se confirma la exclusión del inventario de la máquina y la inclusión en la lista de acreedores del crédito subordinado en concepto de alquiler.

    3. - El demandado D. Alvaro interesa la revocación de la sentencia en el sentido de desestimar la pretensión de exclusión de la lista de créditos del crédito subordinado por importe de 1.000.000 euros a su favor.

SEGUNDO

Del crédito a favor de Gestmat por importe de 114.986,30 euros, según factura de 10 de septiembre de 2014, por trabajos subcontratados:

  1. La sentencia de instancia confirma la falta de reconocimiento por la Administración Concursal y rechaza la inclusión de este crédito a favor de Gestmat en la lista de acreedores de la concursada Utimat, porque no está suficientemente probado ni que existiera la subcontratación del trabajo por Utimat a Gestmat, ni que efectivamente tal trabajo fuera ejecutado por Gestmat y no por Utimat, basándose en que: 1) Es inverosímil la subcontratación sin margen comercial alguno, porque Gestmat facturó a Utimat la misma suma que ésta había facturado al cliente final Audi; 2) No consta probada la entrega de los supuestos trabajos de Gestmat a Utimat, al no existir las correspondientes notas de entrega ni hojas transporte de las piezas facturadas; y,

    3) Insuficiente documental contractual de Gestmat, por no estar contabilizada la hoja de pedido en Utimat, las órdenes de trabajo no describen adecuadamente los trabajos al justificar mínimamente las horas de trabajo invertidas, Gestmat no figura en la declaración de operaciones con tercero de la concursada, y no hay reclamaciones previas a la comunicación del crédito a la concursada; sin que tampoco esté contabilizada esta factura en la contabilidad de la concursada Utimat.

  2. Frente a lo resuelto los apelantes Gestmat y el matrimonio Erasmo - Elvira alegan que se ha incurrido en un incorrecta valoración de la prueba documental consistente en pedido, factura y notas de entrega y en la declaración testifical de D. Juan Manuel, de lo que resulta que Utimat concertó con Gestmat la ejecución parcial de los trabajos...

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