SAP Palencia 29/2017, 20 de Abril de 2017

PonenteCARLOS MIGUELEZ DEL RIO
ECLIES:APP:2017:169
Número de Recurso21/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución29/2017
Fecha de Resolución20 de Abril de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PALENCIA

SENTENCIA: 00029/2017

- AVENIDA ANTIGUA FLORIDA 2

Teléfono: 979.167.701

Equipo/usuario: PEN

Modelo: 213100

N.I.G.: 34120 41 2 2017 0005357

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000021 /2017

Delito/falta: CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB.ALCOHÓLICAS/DROGAS

Recurrente: Marcos

Procurador/a: D/Dª ANA MARIA REYES GONZALEZ

Abogado/a: D/Dª JOAQUIN REYES NUÑEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado

EN NO MBRE DE S. M. EL REY

La siguiente:

SENTENCIA Nº 29/2017

SEÑORES DEL TRIBUNAL:

Ilmo. Sr. Presidente

Don Ignacio Javier Ráfols Pérez

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Mauricio Bugidos San José

Don Carlos Miguélez del Río

--------------------------------------------En la ciudad de Palencia, a veinte de abril de dos mil diecisiete.

Visto ante esta Audiencia Provincial el presente Recurso de Apelación nº 21/2017, interpuesto en nombre de Marcos representado por la Procuradora Sra. Reyes González y defendido por el Letrado Sr. Reyes Nuñez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia, de fecha 24 de enero de 2017, en el Procedimiento Juicio Rápido nº 1/2017, procedente del Juzgado de Instrucción nº 7 de Palencia, seguido por un delito contra la seguridad del tráfico, habiendo sido parte apelada el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Carlos Miguélez del Río.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha 24 de enero de 2017, dictó Sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo: "Que debo condenar y condeno a Marcos como autor responsable penalmente de un delito contra la seguridad vial, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de multa con cuota diaria de seis euros, a abonar en el plazo de quince días desde que una vez firme la sentencia sea requerido para su pago, con responsabilidad personal subsidiaria caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y un dia, con imposición al mismo de las costas procesales".

SEGUNDO

En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se recogen las conclusiones definitivas formuladas por las partes, antecedentes que se aceptan de manera expresa por la presente resolución y los siguientes hechos probados "resulta probado y así se declara que el día 6 de enero de 2017, aproximadamente a las 7,55 horas, el acusado Marcos circulaba por la Avenida Manuel Rivera de esta ciudad de Palencia conduciendo el vehículo BMW matrícula ....-QCY y la hacía con tasas de alcohol superiores a las legalmente permitidas de modo que tenía sus facultades psicofísicas disminuidas y alteradas sus capacidades de percepción y reacción, lo que limitaba su aptitud para la realización de esta actividad peligrosa de conducción, y de hecho circulaba a velocidad superior a la permitida y sin luces, por lo que percatándose de ello agentes de la policía local, procedieron a seguirle hasta interceptarle en la Avenida de Cuba nº 1. Que como quiera que presentaba olor a alcohol, los agentes le requirieron para que se sometiera a la prueba de detención alcohólica, a lo que accedió voluntariamente. Que las pruebas se realizaron con el etilómetro Drager Alcotest 7510-ES número ARJA-0033, debidamente verificado y calibrado, y arrojaron resultado positivo de 0,69 miligramos de alcohol por litro de aire espirado la primera prueba practicada a las 8,14 horas, y de 0,66 miligramos de alcohol por litro de aire espirado la segunda prueba practicada a las 8,29 horas".

TERCERO

Contra dicha Sentencia interpuso recurso de Apelación la defensa del condenado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la revocación de la sentencia apelada y la absolución del mismo.

CUARTO

De dicho recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal, habiendo interesado la desestimación del recurso y la confirmación de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación y defensa del acusado y condenado, Marcos, se impugna la sentencia de fecha 24 de enero de 2017, dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia, por la que se le considera autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, previsto y penado en el artículo 379 del Código Penal .

En el recurso se invoca como motivos de impugnación error en la valoración de la prueba, infracción del art. 379.2 del CP y del principio de presunción de inocencia.

La impugnación, aunque se despliega en los indicados motivos, se centra en que en ningún momento del escrito de acusación se recoge anormalidad en la conducción, alegando que el exceso de...

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