AAP Badajoz 80/2017, 18 de Mayo de 2017

PonenteJESUS SOUTO HERREROS
ECLIES:APBA:2017:286A
Número de Recurso159/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución80/2017
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N.3

MERIDA

AUTO: 00080/2017

N10300

AVENIDA DE LAS COMUNIDADES S/N

- Tfno.: 924312470 Fax: 924301046

FAC

N.I.G. 06153 41 1 2012 0201067

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000159 /2017

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de VILLANUEVA DE LA SERENA Procedimiento de origen: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000021 /2014 Recurrente: Augusto

Procurador: VICTOR ALFARO RAMOS

Abogado: GONZALO FERNANDEZ-BRAVO BERNALDO DE QUIROS

Recurrido: Angelina

Procurador: JUAN VICTORIANO LOPEZ PEREZ, JUAN VICTORIANO LOPEZ PEREZ

Abogado: JUAN JOSE FLORES GOMEZ, JUAN JOSE FLORES GOMEZ

AUTO Núm.80/17

ILMOS. SRES......................../

PRESIDENTE:

DON JOAQUÍN GONZÁLEZ CASSO

MAGISTRADOS:

DON LUIS ROMUALDO HERNÁNDEZ DÍAZ AMBRONA

DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN

DON JESÚS SOUTO HERREROS

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Recurso civil núm. 159/2017

Ejecución de títulos judiciales núm. 21/2014

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Villanueva de la Serena ===================================

Mérida, dieciocho de mayo de dos mil diecisiete.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, los presentes autos de ejecución de títulos judiciales, número 21/2014, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Villanueva de la Serena, a los que ha correspondido el rollo de apelación núm. 159/2017, en el que aparecen, como parte demandante (apelante) D. Augusto, representado por el procurador Sr. Alfaro Ramos y con la dirección del letrado Sr. Fernández-Bravo Bernaldo de Quirós, y demandada D. Angelina y D. Hugo, representado por el procurador Sr. López Pérez y con la dirección del letrado Sr. Flores Gómez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Villanueva de la Serena en los autos de ejecución de títulos judiciales se ha dictado providencia de 23-XI-2016 (ratificada por Auto de 4-I-2017, cuya parte dispositiva dice:

"...dejando sin efecto la orden de este Juzgado por la que se autorizaba a D. Augusto, para que con su sola intervención pueda gestionar y obtener todos los permisos necesarios para el correcto desarrollo de la actividad cinegética de la FINCA000 ", coto de caza NUM000 ".

SEGUNDO

Contra la expresada providencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandante.

TERCERO

Previamente, en fecha 29 de enero de 2014, se dictó auto de despacho de ejecución.

CUARTO

Admitido que fue el recurso por el Juzgado de instancia, de conformidad con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

CUARTO

Una vez verificado lo anterior se remitieron los autos a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes, donde se formó el rollo de Sala y se turnó la ponencia, señalándose la deliberación y fallo para el día 17-V-2017.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Don JESÚS SOUTO HERREROS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se desestima. Ha de tenerse en cuenta que lo que aquí se ejecuta es nuestra sentencia de fecha 26-XI-2013 y que sólo han de ser tenidas en cuenta las diferentes resoluciones judiciales dictadas a su amparo y ello al margen de las resoluciones administrativas y sus consecuencias.

A primera vista llama la atención la posible discordancia que pueda suponer que se tramiten en dos juzgados y audiencias diferentes pleitos que se refieren aparentemente al...

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