SAP A Coruña 187/2017, 29 de Septiembre de 2017

PonenteANGEL MANUEL PANTIN REIGADA
ECLIES:APC:2017:1919
Número de Recurso229/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución187/2017
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 (DESPL)

A CORUÑA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

SECCIÓN SEXTA

SANTIAGO DE COMPOSTELA

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 229/2017

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. ANGEL PANTIN REIGADA -PRESIDENTED. JOSÉ GÓMEZ REY

D. JORGE CID CARBALLO

SENTENCIA

NÚM. 187/17

En SANTIAGO DE COMPOSTELA, a veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de DIVORCIO CONTENCIOSO 1229/2016, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 6 de SANTIAGO DE COMPOSTELA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 229/2017, en los que aparece como parte apelante, D. Amador, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA PEREZ OTERO, asistido por la Abogada Dª MARIA LUISA ISABEL CASTILLO GONZALEZ, y como parte apelada, Dª Angelina, representada por la Procuradora de los tribunales, Sra. SAGRARIO QUEIRO GARCIA, asistida por el Abogado D. JOSE LORENZO VAZQUEZ; siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. ANGEL PANTIN REIGADA, quien expresa el parecer de la Sala en los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 6 de SANTIAGO DE COMPOSTELA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 26/4/17, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando parcialmente la demanda deducida por DON Amador representado por la procuradora Sra. PEREZ OTERO y asistida de la letrada Sra. CASTILLO GONZALEZ sin intervención de la representante del Ministerio Fiscal y como parte demandada la procuradora Sra. QUEIRO GARCIA en nombre y representación de DONA Angelina asistida del letrado Sr LORENZO VAZQUEZ procede decretar la disolución por divorcio contraído por ambos litigantes en fecha 11-7-1992 en Santiago de Compostela inscrito al Tomo 86 Página 580 Sección 2 ° del Registro Civil de dicha localidad y las siguientes medidas definitivas :

1º._ Fijar una pensión de alimentos a favor de ambos hijos a cargo del actor de 300€/mes a abonar de manera anticipada en los 5 primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la parte demandada con actualización anual a fecha lº de enero de cada año conforma ala variación anual precedente del IPC

2°.- Fijar una pensión compensatoria temporal a favor de la parte demandada a cargo del actor durante 4 años de 100€/mes a abonar de manera anticipada en los 5 primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la parte demandada con actualización anual a fecha lº de enero de cada año conforma ala variación anual precedente del IPC

3º. - Atribuir a la parte demandada el uso del domicilio conyugal hasta la efectiva liquidación de sociedad de gananciales

4º. - Homologar el siguiente acuerdo parcial:

El uso de la caravana por períodos semestrales alternos en la forma siguiente : dos períodos alternos, el primero desde el día 10 de Febrero al 31 de Julio de cada año y el segundo desde el 19 de Agosto al 31 de enero también de cada año, correspondiéndole el primero a la esposa en los años pares y al esposo en los años impares y el segundo a la esposa en los años impares y al esposo en los años pares.

El uso del vehículo W. Passat por el esposo asumiendo las responsabilidades económicas dimanantes del citado uso en los términos de la demanda es decir con la obligación de pagar el seguro, el impuesto de circulación, los gastos de ITV y demás del mismo como arreglos y gastos de su utilización.

Abono por mitad de la amortización do préstamo hipotecario, IBI y seguro de hogar.

Firme que sea la presente resolución, expídase testimonio de la misma al Santiago de Compostela a fin de practicar las oportunas anotaciones.

No procede...

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