SAP Madrid 583/2017, 25 de Septiembre de 2017

PonenteROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO
ECLIES:APM:2017:11677
Número de Recurso1262/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución583/2017
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035

Teléfono: 914934543,914934731

Fax: 914934542

Grupo de Trabajo: MSC

37051540

N.I.G.: 28.131.00.1-2015/0001118

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1262/2017

Origen :Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid

Procedimiento Abreviado 127/2016

SENTENCIA NÚMERO 583/2017

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. JUAN PELAYO GARCÍA LLAMAS

Dª. ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO

D. AGUSTÍN MORALES PÉREZ ROLDÁN

---------------------------------------------------- Madrid a 25 de septiembre de 2017.

Vistos por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº 127/2016 procedente del Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid y seguido por delito contra la flora y la fauna; siendo partes en esta alzada como apelante, el Ministerio Fiscal, y como apelado Feliciano representada por el Procurador Sra. Rodríguez de Castro. Ponente el Magistrado DÑA. ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día cuyo FALLO decretó:

"Que debo absolver y absuelvo libremente a Feliciano y a Landelino del delito contra la flora y la fauna de que ambos venían acusados, declarando de oficio las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada la referida Sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Ministerio Fiscal que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días a las demás partes, presentándose por la representación de Feliciano escrito de impugnación en base a los argumentos que en los mismos se exponen.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial se formó el Rollo de Sala nº 1262/2017; y dado el trámite legal, se señaló conforme al artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal día para deliberación, votación y fallo en Sala, lo que tuvo lugar el 11 de septiembre de 2017, declarándose los autos vistos para sentencia.

II- HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos probados en la sentencia recurrida que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone por el Ministerio Fiscal recurso de apelación contra la sentencia dictada en el presente procedimiento y que absuelve a Feliciano, alegando como motivos del mismo, infracción de normas del Ordenamiento Jurídico por inaplicación indebida del artículo 336 del Código Penal e interpretación errónea

El recurso interpuesto debe ser desestimado.

El artículo 336 del Código Penal, tal como quedó redactado por el apartado 125 del artículo único de la Ley Orgánica número 15/2003, de 25 de noviembre, dispone: >.

La conducta típica es de simple actividad. Se describe como tal el empleo de determinados instrumentos o artes para cazar o pescar. Requiere algo más que su mera tenencia: su utilización concreta en la realización de actos propios de la caza o de la pesca en lugar que, por sus características, entrañe un peligro de captura (por muerte o graves lesiones) de animales de una o varias especies. No se exige la producción de resultado alguno, ni siquiera que alguna pieza haya estado en peligro concreto de sufrir la acción de esos instrumentos.

El tenor literal del precepto transcrito se sirve de una fórmula...

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