SAP Valencia 518/2017, 5 de Junio de 2017

PonenteGEMA AMPARO SANCHEZ PINA
ECLIES:APV:2017:2076
Número de Recurso195/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución518/2017
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

ROLLO Nº 195/2017

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA nº .518/2017

SECCIÓN DÉCIMA :

Ilustrísimos Sres .:

Presidente:

Dª. María Pilar Manzana Laguarda

Magistrados/as:

D. Carlos Esparza Olcina

Dª. Gema Amparo Sánchez Pina

En Valencia, a cinco de junio de dos mil diecisiete

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Medidas Hijos Extramatrimoniales Contencioso nº 233/2016, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE DIRECCION000, entre partes, de una como parte demandante apelante, D/Dª. Marisol representado por el/la Procurador/a D/Dª. AMPARO LACOMBA BENITO y defendido por el/ la Letrado/a D/Dª. CRISTIAN CALVO PEREZ y de otra como parte demandada apelante, D/Dª. Teodosio, representado por el/la Procuradora D/Dª. JUAN CARLOS MILLAN ZAPATER y defendido por el/la Letrado/a D/ Dª JAIME REMUJO ARAGON. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL 39767/16 .

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Gema Amparo Sánchez Pina.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº

3 DE DIRECCION000, en fecha 12 de septiembre de 2016, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

ESTIMO PARCIALMENTE la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Amparo Lacomba Benito, en nombre y representación de Dª. Marisol contra D. Teodosio, sobre modificación de medidas definitivas establecidas en la Sentencia nº 113/2012, de fecha 26 de noviembre de 2012, y ratificada por la Audiencia Provincial de Valencia, sección 10 ª, mediante Sentencia nº 515/2013, de 15 de julio de 2013, y en consecuencia ACUERDOmodificar el régimen de visitas de que gozará el progenitor no custodio, siendo éste de un fin de semana al mes, a elección del padre, y debiendo avisar a la madre de su elección, al menos con una semana de antelación. Las visitas se llevarán a cabo en Valencia. Los gastos de desplazamiento correrán a cargo de la madre en un 80% y del padre en un 20%. Asimismo, el padre disfrutará de las 2/3 partes de las

vacaciones escolares, y la madre de 1/3 parte, eligiendo el padre en los años pares y la madre en los impares, en caso de desacuerdo.

ESTIMOla demanda reconvencional formulada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Carlos Millán Zapater, en nombre y representación de D. Teodosio frente a Dª. Marisol, y en consecuencia ACUERDO modificar la pensión de alimentos que D. Teodosio venía obligado a satisfacer a su hija menor, fijándola en cien euros (100€) mensuales. Dicha cantidad será pagadera dentro de los 5 primeros días de cada mes en la cuenta de la entidad bancaria que designe la progenitora y se actualizará conforme a las variaciones del IPC.

Asimismo, deberán mantenerse idénticas el resto de medidas fijadas en la referida Sentencia, que no hayan sido objeto de modificación en la presente resolución.

No procede hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de ambas partes se interpusieron sendos recursos de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 2 de mayo de 2017 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación de Dª Marisol ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 3 de DIRECCION000 el pasado día 12 de septiembre de 2016 que estimaba parcialmente la demanda de modificación de medidas definitivas establecida en la sentencia 113/12 de 26 de noviembre, confirmada por la de la Audiencia Provincial el 15 de junio 2013 y modificaba el régimen de visitas reconocido al progenitor no custodio, debiendo llevarse a cabo un fin de semana al mes en la ciudad de Valencia, y a elección del padre, imponiendo a ambos litigantes la obligación de sufragar los gastos de desplazamiento en un porcentaje del 80% la madre y el 20% el padre, quien debía abonar en concepto de pensión de alimentos la suma de 100 euros mensuales a favor de su hija menor de edad, impugnaba dichos pronunciamientos solicitando que con la estimación de su recurso se revocase la sentencia de instancia y se dictase otra que acogiese sus iniciales pedimentos. Dicha sentencia fue objeto de recurso por la representación del Sr. Teodosio, que solicitó que se mantuvieran las medidas adoptadas en la sentencia de divorcio, a excepción de la pensión...

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