AAP Madrid 447/2017, 1 de Junio de 2017
Ponente | JUSTO RODRIGUEZ CASTRO |
ECLI | ES:APM:2017:2543A |
Número de Recurso | 626/2017 |
Procedimiento | Recurso de Apelación |
Número de Resolución | 447/2017 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 29ª |
Sección nº 29 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 12 - 28035
Teléfono: 914934418,914933800
Fax: 914934420
A
37051030
N.I.G.: 28.092.00.1-2016/0020095
Recurso de Apelación 626/2017
Origen :Juzgado de Instrucción nº 04 de Móstoles
Diligencias previas 2139/2016
Apelante: D./Dña. Ismael y D./Dña. Mateo
Procurador D./Dña. DAVID MARTIN IBEAS y Procurador D./Dña. MARIA JOSE BARABINO BALLESTEROS
Letrado D./Dña. ENCARNACION CABALLERO GARCIA y Letrado D./Dña. ALEJANDRO MUÑOZ CASTRO
Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL
AUTO Nº 447/17
Ilmos. Sres. Magistrados
Dª Pilar Rasillo López
Dª Lourdes Casado López
D. Justo Rodríguez Castro (ponente)
En Madrid, a uno de junio de 2017
Por el Letrado D. Alejandro Muñoz Castro, en nombre y representación de D. Mateo y por la Letrada Dª. Encarnación Caballero García, en nombre y representación de D. Ismael se presentaron los anteriores escritos en los que interponían sendos recursos de Apelación contra el Auto de fecha 2 de noviembre de 2016, dictado por el Juzgado de Instrucción nº: 4 de Móstoles (Madrid), en las Diligencias Previas nº: 2139/16, cuya parte dispositiva era del tenor literal siguiente: "Se decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones, sin perjuicio de las acciones civiles que, en su caso, puedan corresponder al perjudicado". En virtud de providencia de fecha 10 de febrero de 2017, se admitieron a trámite ambos recursos, dándose traslado de los mismos al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas, siendo impugnados
por el Ministerio Fiscal mediante escrito de fecha 31 de marzo de 2017, remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial de Madrid, por diligencia de ordenación de fecha 20 de abril de 2017, correspondiendo a esta Sección 29ª, por turno de reparto.
Recibidas las anteriores actuaciones, por diligencia de ordenación de fecha 8 de mayo de 2017, se acordó formar el oportuno rollo de Apelación, señalándose para su deliberación el día 1 de junio de 2017, quedando entonces el precitado recurso de Apelación pendiente de resolución.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Justo Rodríguez Castro
Por el Letrado que representa a D. Mateo se basa su recurso, en síntesis, en que no existe la más mínima prueba o indicio contra su representado de la comisión por su parte del delito por el cual se le detuvo, no encontrándose ni siquiera cerca de la furgoneta supuestamente robada, ni en posesión de ninguno de los objetos supuestamente sustraídos de dicho vehículo, no portando ninguna máscara de "Halloween" y la bicicleta que llevaba era de su propiedad, solicitando se acuerde el Sobreseimiento Libre de su defendido. La Letrada que representa a D. Ismael invoca, asimismo, la infracción de ley, por inaplicación indebida del artículo 637.2 º y 3º de la LECrim, pues tanto su representado como los otros investigados negaron absolutamente haber estado en contacto en ningún momento con la furgoneta donde supuestamente pudo cometerse el robo con fuerza, hallándose su defendido al menos a cien metros del lugar en que pudieron cometerse los hechos en el momento de intervenir la fuerza actuante, interesando se acuerde el Sobreseimiento Libre de las actuaciones.
Del examen de las actuaciones, se observa que las mismas se iniciaron en virtud de comparecencia ante el instructor y secretario de la Comisaría de Móstoles, en fecha de 31-10-2016, de los policías nacionales nº: NUM000, NUM001, NUM002, NUM003, NUM004 y NUM005, presentando en calidad de detenidos a cuatro personas -entre ellas los dos recurrentes- manifestando, en resumen, que, los agentes nº: NUM004 y NUM005, que se encontraban de...
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