SAP Madrid 272/2017, 9 de Junio de 2017

PonenteCARLOS CEZON GONZALEZ
ECLIES:APM:2017:7726
Número de Recurso904/2016
ProcedimientoRecurso de Apelación
Número de Resolución272/2017
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Decimotercera

C/ Ferraz, 41, Planta 3 - 28008

Tfno.: 914933911

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2015/0085784

Recurso de Apelación 904/2016

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 36 de Madrid

Autos de Juicio Cambiario 477/2015

APELANTE:: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000, Nº NUM000, NUM001 Y NUM002

PROCURADOR D./Dña. MARIA MERCEDES BLANCO FERNANDEZ

APELADO:: VICOR ASESORES SL

SENTENCIA Nº 272/2017

TRIBUNAL QUE LO DICTA

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. CARLOS CEZON GONZÁLEZ

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

Siendo Magistrado Ponente D. CARLOS CEZON GONZÁLEZ

En Madrid, a nueve de junio de dos mil diecisiete. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Cambiario sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 36 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado VICOR ASESORES, S.L., no constando su personación en esta Sala, y de otra, como demandado-apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000, NÚMEROS NUM000, NUM001 Y NUM002 DE MADRID, representado por la Procuradora Dª Mª Mercedes Blanco Fernández y asistido del Letrado D. Fernando Aztarain Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Treinta y Seis de los de Madrid, en el indicado procedimiento de juicio cambiario 477/2015, se dictó, con fecha 29 de junio de 2012, sentencia con Fallo del siguiente tenor:

"Que desestimando la oposición a la demanda de juicio cambiario alegada por VICOR ASESORES SL representada por la Procuradora Dª. Mª Esmeralda González García del Río, contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000, NUM001 Y NUM002, representada por la Procuradora Dª. Mercedes Blanco Fernández, debo condenar y condeno al demandado al demandado a abonar al actor la cantidad de 10.329, 28 euros de principal y 3.098,78 euros que se presupuestan para intereses de demora y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, debiendo seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes del deudor con imposición de costas al ejecutado".

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación la comunidad de propietarios demandada cambiaria y demandante de oposición.

TERCERO

Las actuaciones se registraron en esta Audiencia Provincial el 16 de noviembre de 2016. Correspondió, por reparto, el conocimiento del recurso a esta Sección Decimotercera. Fue incoado el correspondiente rollo y se asignó ponencia, con arreglo a las normas preestablecidas al efecto. Se señaló para la DELIBERACIÓN, VOTACIÓN y FALLO del recurso el día 31 de mayo de este año y dicho día fue examinada y decidida la apelación por este Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Tribunal acepta los Fundamentos de Derecho de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Se presentaron por Vicor Asesores S.L., como tenedora por endoso de los pagarés a los que se hará mención, distintas demandas de juicio cambiario para su cobro contra la Comunidad de propietarios de la DIRECCION000, números NUM000, NUM001 y NUM002, de Madrid, dando lugar a procedimientos que fueron acumulados al más antiguo, que tramitaba el Juzgado de Primera Instancia Treinta y Seis de los de Madrid, siendo los pagarés por los que pasó a seguirse el juicio los siguientes:

-1.- Número NUM003, expedido el 30 de julio de 2014, por 2.456,04 euros, a favor de Escuela Técnica de Instaladores S.L., vencimiento 1 de abril de 2015, firmado por don Fernando, sin antefirma, pagadero en cuenta abierta en La Caixa número ...5010, endosado el 28 de octubre de 2014 a Vicor Asesores S.L., con declaración de denegación de pago (procedimiento 447/2015 del Juzgado de Primera Instancia Treinta y Seis de Madrid, al que fueron acumulados los demás).

-2.- Número NUM004, expedido el 30 de julio de 2014, por 2.456,04 euros, a favor de Escuela Técnica de Instaladores S.L., vencimiento 1 de junio de 2015, firmado por don Fernando, sin antefirma, pagadero en cuenta abierta en La Caixa número ...5010, endosado el 28 de octubre de 2014 a Vicor Asesores S.L., con declaración de denegación de pago (procedimiento 825/2015 del Juzgado de Primera Instancia Catorce de Madrid, acumulado a este).

-3.- Número NUM005, expedido el 30 de julio de 2014, por 2.456,04 euros, a favor de Escuela Técnica de Instaladores S.L., vencimiento 1 de mayo de 2015, firmado por don Fernando, sin antefirma, pagadero en cuenta abierta en La Caixa número ...5010, endosado el 28 de octubre de 2014 a Vicor Asesores S.L., con declaración de denegación de pago (procedimiento 627/2015 del Juzgado de Primera Instancia Ochenta y Nueve de Madrid, acumulado a este).

Y -4.- Número NUM006, expedido el 30 de julio de 2014, por 2.456,04 euros, a favor de Escuela Técnica de Instaladores S.L., vencimiento 1 de julio de 2015, firmado por don Fernando, sin antefirma, pagadero en cuenta abierta en La Caixa número ...5010, endosado el 28 de octubre de 2014 a Vicor Asesores S.L., con declaración de denegación de pago (procedimiento 1072/2015 del Juzgado de Primera

En todos los casos, la comunidad de propietarios demandada formuló demanda de oposición alegando: (-1.-) inexistencia de declaración cambiaria: los pagarés llevan la firma de una persona física sin que figure indicativo alguno de que tal persona estuviese actuando en nombre de la comunidad; (-2.-) falta de poder o autorización para asumir obligaciones cambiarias, al no haber existido apoderamiento alguno ni a favor del actual presidente, ni a favor de los anteriores ni del administrador ni de cualquier otro propietario para poder formular declaraciones cambiarias en nombre de la comunidad; (-3.-) mala fe de Vicor Asesores S.L.; esta sociedad, por su relación profesional con Escuela Técnica de Instaladores S.L., conoce que el pagaré no ha sido librado por la comunidad, que Escuela Técnica de Instaladores no fue la sociedad elegida por la comunidad para llevar a cabo la reforma eléctrica de la finca, que ha sido firmado un contrato por los anteriores presidentes y secretario administrador de la comunidad sin tener facultades para ello y que, en definitiva, la comunidad no adeuda nada a la empresa en cuyo favor se firmaron los pagarés y, en consecuencia, Vicor Asesores S.L. no

puede ser considerada tercero de buena fe, pues ha iniciado los procedimientos cambiarios a sabiendas de todos los defectos, de fondo y de forma, que rodean a los pagarés en cuestión. En justificación de lo anterior, presenta la demandada cambiaria burofax de Vicor Asesores S.L. dirigida a la comunidad de propietarios, de 18 de diciembre de 2014, reclamando, en actuación profesional en defensa de Escuela Técnica de Instaladores S.L., el cumplimiento por parte de la comunidad del contrato de obra de reforma de la instalación eléctrica de la finca y la entrega de los pagarés comprometidos que quedaban por entregar, sosteniendo que los trabajos...

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