SAP Pontevedra 280/2017, 8 de Junio de 2017
Ponente | FRANCISCO JAVIER MENENDEZ ESTEBANEZ |
ECLI | ES:APPO:2017:1176 |
Número de Recurso | 321/2017 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 280/2017 |
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00280/2017
N10250
C/ ROSALIA DE CASTRO NUM. 5
- Tfno.: 986805108 Fax: 986803962
MC
N.I.G. 36026 41 1 2012 0000935
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000321 /2017
Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.2 de MARIN
Procedimiento de origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000294 /2016 Recurrente: Arcadio
Procurador: JOSE PORTELA LEIROS
Abogado: MARIA PILAR MOLEDO SANTIAGO
Recurrido: Agustina
Procurador: MARIA ANGELES GERPE ALVAREZ
Abogado: MARIA JESUS VILLANUEVA COVELO
LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, COMPUESTA POR LOS ILMOS MAGISTRADOS
D. FRANCISCO JAVIER MENÉNDEZ ESTEBANEZ
D. MANUEL ALMENAR BELENGUER
D. FRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
HA DICTADO
EN NOMBRE DEL REY
LA SIGUIENTE
SENTENCIA NUM.280
En Pontevedra a ocho de junio de dos mil diecisiete.
Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los autos de procedimiento modificación medidas núm. 294/16, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Marín, a los que ha correspondido el Rollo núm. 321/17, en los que aparece como parte apelante-demandante:
D. Arcadio, representado por el Procurador D. JOSE PORTELA LEIROS, y asistido por el Letrado D. MARIA PILAR MOLEDO SANITAGO, y como parte apelado-demandado: D. Agustina, representado por el Procurador D. MARIA ANGELES GERPE ALVAREZ, y asistido por el Letrado D. MARIA JESUS VILLANUEVA COVELO, y siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER MENÉNDEZ ESTEBANEZ, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Marín, con fecha 10 febrero 2017, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:
"Que DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales, Don José Portela Leirós, en nombre y representación de Don Arcadio, manteniendo la pensión compensatoria fijada en sentencia de fecha 21 de octubre de 2014 por este mismo juzgado.
No procede hacer expresa imposición de las costas procesales."
Notificada dicha resolución a las partes, por D. Arcadio, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala para la resolución de este recurso.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.
La sentencia impugnada desestima la demanda en la que se pretende la extinción o, subsidiariamente, la reducción de la pensión compensatoria acordada en sentencia de 21 de octubre de 2014 que recogía el acuerdo al que habían llegado los litigantes. Considera la sentencia de instancia que no se ha acreditado la existencia de una alteración sustancial de las circunstancias que justifiquen la pretensión de la parte actora.
Contra dicha sentencia se interpone recurso de apelación por la parte actora alegando que se ha producido una variación de las circunstancias que justifique tal extinción, o al menos la reducción de la pensión...
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AAP La Rioja 88/2017, 29 de Septiembre de 2017
...julio ), que no ha de ser necesariamente favorable para la parte ( STS 30-12-2010. Rec. 1232/2007 )". Y la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 8 de junio de 2017 dice: " La excepción de cosa juzgada material requiere para su eficacia, además de la identidad de objeto, en e......