STSJ Andalucía 1745/2017, 8 de Junio de 2017

PonenteJOSE JOAQUIN PEREZ-BENEYTO ABAD
ECLIES:TSJAND:2017:5740
Número de Recurso2120/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1745/2017
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2017
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 2120/16-L, sentencia nº 1745/17

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, MELILLA,CEUTA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a ocho de Junio de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1745/17

En los recursos de suplicación interpuestos por SERVICIO DE EMERGENCIAS MÉDICAS Y URGENCIAS. S.L., y por D. Horacio, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Jerez de la Frontera en sus autos núm. 1191/14; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente primero fue demandado por D. Horacio, en demanda de despido, se celebró el juicio y el 1 de junio de 2015 se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión y se califico de improcedente el despido producido, condenando a la Empresa SERVICIO DE EMERGENCIAS MÉDICAS Y URGENCIAS. S.L. a que opte entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o por el abono de una indemnización de 30.148,53€, con abono, en el caso de optar por la readmisión, de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido (30-06-14) hasta la de notificación de la presente Sentencia a razón de 79,13€ diarios; se absolvió a la empresa del resto de lo pretendido.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"Primero.- D. Horacio, con D.N.I. nº. NUM000, ha prestado sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la Empresa demandada, con un contrato indefinido a tiempo completo, en la actividad de "Traslados de

paciente críticos", con antigüedad de 01-08-97, categoría laboral de "Técnico/Conductor", y un salario diario prorrateado de 79,13€, conforme al C.C. de Transporte Sanitario de la Provincia de Cádiz de 2010 y los acuerdos de empresa alcanzados.

Segundo

La empresa demandada "Servicio de Emergencias Médicas y Urgencias", suscribió con la "Empresa Pública de Emergencias Sanitarias 061 "EPES" (Entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Salud de la J.A.), con fecha 21-11-12 un Contrato Administrativo de Servicio para la prestación del "Servicio de Asistencia Médico Sanitaria en los traslados entre los Centros Sanitarios de Pacientes Críticos Adultos, Pediátricos y Neonatales para la Comunidad Autónoma de Andalucía", (Expdte. 2012/12 - Lote 2 Cádiz).

Por Resolución de 30-10-12 del Órgano de Contratación le fueron adjudicados a la empresa "Servicio de Emergencias Médicas y Urgencias,S.L" los lotes 1 (Almería) y 2 (Cádiz).

El plazo de ejecución del Contrato era de dos años (01-12-12- a 30-11-14).

Tercero

El Número de unidades S.V.A. contratadas en el Lote 2 (Cádiz) conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas era de 4:

* 1 Unidad S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Medicalizada 24 horas de presencia física con base en Bahía (365 días)(T1).

* 1 Unidad S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Medicalizada 24 horas de presencia física con base en Campo de Gibraltar 365 días)(T2).

* 1 Unidad S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Medicalizada 12 horas de presencia física con base en Bahía (365 días)(T3).

* 1 Unidad S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Enfermero 12 horas de presencia física con base en Bahía. (de lunes a viernes). Para esta unidad y con el mismo horario se dispondrá de un profesional médico/a en situación de localización con un tiempo máximo de una hora desde que sea requerido para la prestación de un servicio hasta la plena disponibilidad para el inicio de dicha prestación(T4).

* En horario de día. El lote de Cádiz dispondrá de un servicio simultáneo menos, los sábados y domingos.

Cuarto

La empresa venía prestando el "Servicio de Emergencias Médicas y Urgencias" con cuatro Unidades de S.V.A. Urgencias medicalizadas y una plantilla compuesta por entre 29 y 30 trabajadores (documento 0 aportado por la empresa, solicitado por la actora):

Médicos ................ 9

D.U.E. ................. 10

Técnicos/Conductores ... 10

Cada Unidad S.V.A. estaba compuesta por 3 trabajadores:

Médicos ................ 1

D.U.E. ................. 1

Técnicos/Conductores ... 1

Las horas a realizar anualmente por cada categoría eran las siguientes:

Médicos ................ 21.900 horas

D.U.E. ................. 25.032 horas

Técnicos/Conductores ... 25.032 horas

Quinto

Por Resolución del Director Gerente de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias "EPES", de 27-05-14 se procedió a la modificación del Contrato de Asistencia adjudicado a la empresa demandada "Servicio de Emergencias Médicas y Urgencias", con efectos de 01-07-14.

En el caso del Lote 2 (Cádiz) la modificación implicaba la reducción de una Unidad S.V.A. (supresión de la Unidad T3) pasando el servicio de 4 Unidades a 3 Unidades, con el siguiente detalle:

* 1 Unidad S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Medicalizada 24 horas de presencia física con base en Bahía (365 días) (T1).

* 1 Unidad S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Medicalizada 24 horas de presencia física con base en Campo de Gibraltar 365 días) (T2).

* 1 Unidad S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Enfermero 12 horas de presencia física con base en Bahía. (de lunes a viernes). Para esta unidad y con el mismo horario se dispondrá de un profesional médico/a en situación de localización con un tiempo máximo de una hora desde que sea requerido para la prestación de un servicio hasta la plena disponibilidad para el inicio de dicha prestación (T4).

* En horario de día. El lote de Cádiz dispondrá de un servicio simultáneo menos, los sábados y domingos.

Las horas a realizar anualmente por cada categoría, tras la reducción son las siguientes:

Médicos ................ 17.520 horas

D.U.E. ................. 20.508 horas

Técnicos/Conductores ... 20.508 horas

Sexto

El importe del Contrato inicial era de:

  1. Anualidad 2.136.000€ 2ª. Anualidad 2.148.000€ TOTAL 4.284.000€

    Tras la modificación el importe quedó fijado en:

  2. Anualidad 2.136.000 €

  3. Anualidad desde 01/12/13 hasta 31-05-14 1.253.000 €

  4. Anualidad desde 01/06/14 hasta 30-11-14 778.225 €

    TOTAL 4.167.225 €

    La reducción del coste del servicio ha supuesto a la empresa una disminución de ingresos de 116.775€.

Séptimo

La jornada de trabajo máxima de cada uno de los trabajadores era de 1.794 horas anuales de trabajo efectivo y 920 horas de presencia, definidas conforme a lo dispuesto en el art. 8.1 del R.D. 1561/95, de 21 de Septiembre y art. 51 del C.C . Estatal para las empresas y trabajadores de Transporte de Enfermos y Accidentados en ambulancia, en relación con el art. 13 del C.C . de Transporte Sanitario de la Provincia de Cádiz, que fija la jornada semanal en 39 horas.

En el periodo de 01-06-14 a 30-06-14 la plantilla media de trabajadores en alta en S.S. era de 29,03 trabajadores y en el periodo de 01-07-14 a 14-10-14 fue de 24,19 trabajadores.

Octavo

Tras la modificación del Contrato de prestación de Servicios la empresa "Servicio de Emergencias Médicas y Urgencias,S.L", procedió a la supresión de la Unidad (T3) S.V.A. (Soporte Vital Avanzado) Medicalizada 12 horas de presencia física con base en Bahía (365 días), con efectos de 30-06-14 y a la extinción de los Contratos de trabajo del personal que prestaba servicios en dos turnos de dicha Unidad, afectando a 6 trabajadores:

Médicos ................ 2

D.U.E. ................. 2

Técnicos/Conductores ... 2

Noveno

Con fecha 19 de Junio de 2014, la empresa remitió al actor, mediante Burofax, carta de Despido, con el siguiente tenor:

Querido Horacio :

Con fecha 21 de Noviembre de 2012, formalizamos contrato administrativo con la Empresa Publica de Emergencias Sanitarias 061 (EPES 061 en los sucesivo) para el servicio de Asistencia Médico Sanitaria en los Traslados entre Centros Sanitarios de Pacientes Críticos Adultos, Pediátricos y Neonatales para la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el lote 2 (Cádiz), por el que se nos contrataron cuatro uvis móviles. Una de 24 horas en Bahía, que denominamos T1; una de 24 horas en el Campo de Gibraltar, que denominamos T2; una de 12 horas en Bahía que denominamos T3; y una tripulada por técnico y enfermero de 12 horas de lunes a viernes, también en Bahía, que denominamos T4.

Como venimos informando desde el pasado mes de abril, finalmente la decisión de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias 061, de realizar ajustes en el dispositivo contratado, se ha materializado, para el lote de Cádiz, en la supresión de la unidad de Soporte Vital Avanzado (SVA) Medicalizada de 12 de presencia física con base en Bahía, la cual denominamos T3, con efectos a las 00,00 horas del próximo día 1 de julio.

Como Vd. ya sabe, es la primera vez en la trayectoria de Semyu 112 que se suprime alguna de las unidades contratadas por el 061, por lo que ésta es, sin duda, la comunicación más dura que hemos tenido que redactar

hasta ahora. En nuestra mente siempre hemos estado preparados para que el servicio crezca (así como, obviamente, los puestos de trabajo) y en este sentido, Horacio, Vd. siempre ha cumplido sus compromisos con la empresa y no hemos contemplado antes, en ningún, momento, la posibilidad de que dejara de formar parte del equipo.

Tras muchas deliberaciones y reflexiones, hemos tenido ocasión de valorar, en conciencia, teniendo...

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